Y pasó lo que tenía que pasarnos...por idiotas
Moderadores: Terminatrix, Top Secre
- Magistrado Granollers
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- Registrado: Mié 07 Abr 2004 6:53 pm
Y pasó lo que tenía que pasarnos...por idiotas
Y mira que me lo veía yo venir, y recuerdo que lo comenté hace ya mucho tiempo en este mismo foro....
Cuando se empezó con lo de los módulos para los Jueces y el pago de productividad, se hizo una especie de oferta extraordinaria a la que había que apuntarse voluntariamente. Yo cumplía por entonces mas de un 50% por encima del módulo en el que era mi primer destino, y no me quise apuntar por las entonces 100.000 pesetas mensuales de mas, tres meses (Creo recordar). No necesitaba el dinero, afortunadamente, y me veía venir que tarde o temprano esto se volvería en contra nuestra. Luego vino la ley Orgánica de las retribuciones y vuelta a empezar, pero esta vez apuntados quieras o no al control, y con posibilidad de perder el 5% del sueldo si no llegas al 80% del rendimiento injustificadamente (Si superas el 20% no te pagan un 5% del sueldo...sino de la cantidad consignada por el Ministerio cada año en el presupuesto, que por supuesto es menos de ese 5% por cada Juez).
Y al final, por idiotas y peseteros, llegó lo que tenía que llegar: El PSOE ha presentado una enmienda a una reforma en trámite de la LOPJ para establecer el rendimiento mínimo del Juez, y ese rendimiento ya no es el que era estándar en los módulos hasta ahora (Módulos que ya eran muy altos) sino...adivina, adivina.....pues sí, el tramo superior.
El motivo de todo esto es el susto que se llevó el ministerio cuando vió que con el nuevo estudio de módulos -mas profundo, pero igualmente equivocado que el primero- tenía que crear un montón mas de plazas judiciales para ajustar el rendimiento de la planta judicial a los asuntos que entran. De lo que vino el razonamiento, que era previsible, de "¿Ah, conque podeis hacer este trabajo de mas por dinero? Pues ahora lo vais a hacer por c...ones". Ahora todas las asociaciones, incluso la dócil JD han puesto el grito en el cielo. Pero esto se podía haber visto venir hace tiempo, cuando se dejó con la ley de retribuciones en manos del CGPJ definir los tramos en los que se entendía que había rendimiento normal y los que daban productividad, y era mas que lógico pensar que eso se podía imponer por la fuerza con sólo llevarlo a la LOPJ. Nunca, nunca debieron las asociaciones aceptar para un trabajo como el nuestro pluses de productividad. Pero lo hicieron. Y ahora lo pagaremos todos los demas.
POR IDIOTAS. POR PESETEROS. POR ENGREÍDOS. POR PAYASOS Y POR JUGAR A LA POLÍTICA CON PROFESIONALES DE LA MENTIRA.
NOS ESTÁ BIEN EMPLEADO.
Cuando se empezó con lo de los módulos para los Jueces y el pago de productividad, se hizo una especie de oferta extraordinaria a la que había que apuntarse voluntariamente. Yo cumplía por entonces mas de un 50% por encima del módulo en el que era mi primer destino, y no me quise apuntar por las entonces 100.000 pesetas mensuales de mas, tres meses (Creo recordar). No necesitaba el dinero, afortunadamente, y me veía venir que tarde o temprano esto se volvería en contra nuestra. Luego vino la ley Orgánica de las retribuciones y vuelta a empezar, pero esta vez apuntados quieras o no al control, y con posibilidad de perder el 5% del sueldo si no llegas al 80% del rendimiento injustificadamente (Si superas el 20% no te pagan un 5% del sueldo...sino de la cantidad consignada por el Ministerio cada año en el presupuesto, que por supuesto es menos de ese 5% por cada Juez).
Y al final, por idiotas y peseteros, llegó lo que tenía que llegar: El PSOE ha presentado una enmienda a una reforma en trámite de la LOPJ para establecer el rendimiento mínimo del Juez, y ese rendimiento ya no es el que era estándar en los módulos hasta ahora (Módulos que ya eran muy altos) sino...adivina, adivina.....pues sí, el tramo superior.
El motivo de todo esto es el susto que se llevó el ministerio cuando vió que con el nuevo estudio de módulos -mas profundo, pero igualmente equivocado que el primero- tenía que crear un montón mas de plazas judiciales para ajustar el rendimiento de la planta judicial a los asuntos que entran. De lo que vino el razonamiento, que era previsible, de "¿Ah, conque podeis hacer este trabajo de mas por dinero? Pues ahora lo vais a hacer por c...ones". Ahora todas las asociaciones, incluso la dócil JD han puesto el grito en el cielo. Pero esto se podía haber visto venir hace tiempo, cuando se dejó con la ley de retribuciones en manos del CGPJ definir los tramos en los que se entendía que había rendimiento normal y los que daban productividad, y era mas que lógico pensar que eso se podía imponer por la fuerza con sólo llevarlo a la LOPJ. Nunca, nunca debieron las asociaciones aceptar para un trabajo como el nuestro pluses de productividad. Pero lo hicieron. Y ahora lo pagaremos todos los demas.
POR IDIOTAS. POR PESETEROS. POR ENGREÍDOS. POR PAYASOS Y POR JUGAR A LA POLÍTICA CON PROFESIONALES DE LA MENTIRA.
NOS ESTÁ BIEN EMPLEADO.
Recuerdo la forma de desguazar los Juzgados de Primera Instancia de Madrid, gracias a un acuerdo de la Junta de Jueces de
Madrid.
De verguenza: hasta las solicitudes de tasaciones de costas y las oposiciones a las demanda de ejecución tenían que ser registradas en Decanato como nueva demanda. Todo para qué? Para darles nuevo número y ser resueltas "artificiosamente" por un nuevo Auto con número que ponía fin al procedimiento. Crearon un trabajo superfluo e inútil para los Secretarios Judiciales y para aquellos funcionarios que en más de un 20% de su trabajo real se dedicaban ahora a testimoniar y cambiar los papeles de sitio, y a crear esos autos fictícios que, en ningún caso ponían fin a un procedimiento real. Para dichos funcionarios
fue creada una nueva y prioritaria función: la productividad del Juez o Magistrado. Sinceramente, se tienen muy merecido lo que ahora les ha pasado. Cuánto me alegro...

Madrid.
De verguenza: hasta las solicitudes de tasaciones de costas y las oposiciones a las demanda de ejecución tenían que ser registradas en Decanato como nueva demanda. Todo para qué? Para darles nuevo número y ser resueltas "artificiosamente" por un nuevo Auto con número que ponía fin al procedimiento. Crearon un trabajo superfluo e inútil para los Secretarios Judiciales y para aquellos funcionarios que en más de un 20% de su trabajo real se dedicaban ahora a testimoniar y cambiar los papeles de sitio, y a crear esos autos fictícios que, en ningún caso ponían fin a un procedimiento real. Para dichos funcionarios



LA PELA ES LA PELA.HABLAN LOS JUECES" PROGRESISTAS·.
JpD RECHAZA LA ENMIENDA Nº 631 DEL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA DEL CONGRESO
21 de diciembre 2006
Por si algún compañero de la carrera judicial no lo sabe aún, el grupo parlamentario socialista en el Congreso ha introducido en el proyecto de modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial tres nuevos párrafos en el apartado 4 del artículo 403, que pasa a tener la siguiente redacción (en negrita la modificación propuesta):
«4. Las retribuciones variables por objetivos estarán vinculadas al rendimiento individual acreditado por cada juez o magistrado en el desempeño de sus Funciones jurisdiccionales y profesionales.
Todos los jueces y magistrados estarán obligados a alcanzar un objetivo normalizado, que no podrá ser inferior al rendimiento medio de los órganos unipersonales o, en su caso, colegiados en los que se integre, correspondiente a los cinco años inmediatamente anteriores a la entrada en vigor de la presente ley, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
El Consejo General del Poder Judicial podrá determinar por vía reglamentaria los factores de corrección que puedan incidir individualmente en la consecución del objetivo antedicho, previo informe favorable el Ministerio de Justicia.
Si estas correcciones tuviesen repercusión presupuestaria, se requerirá informe favorable del Ministerio de Economía y Hacienda.»
El examen de este precepto, que no ha sido negociado con nadie y que a nadie se ha comunicado, nos resulta en extremo preocupante por su forma y fondo, por su visión injusta y oportunista de la carrera judicial y por lo que pretende imponer, tan alejado de lo que debiera ser el modelo laboral y retributivo de los jueces.
Llama la atención el uso de una ley orgánica para regular esta materia retributiva, lo que supone una mayor dificultad de modificación y un rango legal que nos apartará de las futuras reformas de la función pública que impliquen una mejora de nuestras condiciones de trabajo.
Curiosamente, esta modificación se incardina en el Capítulo V (De la independencia económica) de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en un artículo (el 403) que regula el régimen retributivo de jueces y magistrados y en un párrafo (el 4) que establecía las retribuciones variables por objetivos, es decir, los incentivos retributivos de quienes alcanzaban más rendimiento, pero ahora este derecho gira hacia el terreno de las obligaciones estrictas (estarán obligados), requiriendo a los jueces y magistrados a que alcancen un denominado objetivo normalizado, lo que implica una presunción de bajo rendimiento judicial.
Este llamado “objetivo normalizado” es una apuesta de mínimos, es decir, pasamos de cobrar más quien más rendimiento alcanza a resultar obligatorio alcanzar un mínimo que, curiosamente, es el equivalente al rendimiento medio de los 5 últimos años, convirtiendo el habitual y mayoritario esfuerzo laboral de los jueces en un mínimo de partida, penalizando la tradicional voluntad judicial por afrontar dignamente la carga de trabajo que se le encomienda.
Es más, así como el cálculo de las retribuciones variables se vinculaba al rendimiento individual, ahora el objetivo normalizado se vincula al rendimiento medio de cada jurisdicción en la que se trabaje, afectándonos, pues, la mayor o menor carga de trabajo o la laboriosidad de los demás órganos judiciales, lo que hace más surrealista y cizañera la propuesta, sin olvidar que, precisamente, en los últimos cinco años ha sido notorio el esfuerzo, retribuido o no, en alcanzar un mayor rendimiento por parte de los jueces y magistrados.
Consideramos que se tergiversa la idea de los módulos como instrumento de racionalización del trabajo judicial, como control objetivo de la carga de trabajo, de la provisión de la planta necesaria, de sus efectos disciplinarios, incluso como incentivación retributiva, para pretender implantar una idea productivista del desempeño judicial, en una cuenta de resultados en la que lo único importante es el número de sentencias al menor coste posible, con desprecio a la calidad, reflexión y ponderación de la labor de juzgar, con desprecio al esfuerzo de los últimos años, que se retribuye considerándolo tan solo un mínimo de partida.
Por otra parte, subyace en el modelo la ignorancia de que en este país desde marzo de 2006 no existen módulos que permitan medir el rendimiento de los jueces, lo que hace más inoperante el propósito de la enmienda.
Por todo ello, rechazamos la totalidad de la enmienda, su contenido y el tramposo e injusto mensaje que se nos lanza: vagos, os vais a enterar.
El Secretariado
JpD RECHAZA LA ENMIENDA Nº 631 DEL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA DEL CONGRESO
21 de diciembre 2006
Por si algún compañero de la carrera judicial no lo sabe aún, el grupo parlamentario socialista en el Congreso ha introducido en el proyecto de modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial tres nuevos párrafos en el apartado 4 del artículo 403, que pasa a tener la siguiente redacción (en negrita la modificación propuesta):
«4. Las retribuciones variables por objetivos estarán vinculadas al rendimiento individual acreditado por cada juez o magistrado en el desempeño de sus Funciones jurisdiccionales y profesionales.
Todos los jueces y magistrados estarán obligados a alcanzar un objetivo normalizado, que no podrá ser inferior al rendimiento medio de los órganos unipersonales o, en su caso, colegiados en los que se integre, correspondiente a los cinco años inmediatamente anteriores a la entrada en vigor de la presente ley, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
El Consejo General del Poder Judicial podrá determinar por vía reglamentaria los factores de corrección que puedan incidir individualmente en la consecución del objetivo antedicho, previo informe favorable el Ministerio de Justicia.
Si estas correcciones tuviesen repercusión presupuestaria, se requerirá informe favorable del Ministerio de Economía y Hacienda.»
El examen de este precepto, que no ha sido negociado con nadie y que a nadie se ha comunicado, nos resulta en extremo preocupante por su forma y fondo, por su visión injusta y oportunista de la carrera judicial y por lo que pretende imponer, tan alejado de lo que debiera ser el modelo laboral y retributivo de los jueces.
Llama la atención el uso de una ley orgánica para regular esta materia retributiva, lo que supone una mayor dificultad de modificación y un rango legal que nos apartará de las futuras reformas de la función pública que impliquen una mejora de nuestras condiciones de trabajo.
Curiosamente, esta modificación se incardina en el Capítulo V (De la independencia económica) de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en un artículo (el 403) que regula el régimen retributivo de jueces y magistrados y en un párrafo (el 4) que establecía las retribuciones variables por objetivos, es decir, los incentivos retributivos de quienes alcanzaban más rendimiento, pero ahora este derecho gira hacia el terreno de las obligaciones estrictas (estarán obligados), requiriendo a los jueces y magistrados a que alcancen un denominado objetivo normalizado, lo que implica una presunción de bajo rendimiento judicial.
Este llamado “objetivo normalizado” es una apuesta de mínimos, es decir, pasamos de cobrar más quien más rendimiento alcanza a resultar obligatorio alcanzar un mínimo que, curiosamente, es el equivalente al rendimiento medio de los 5 últimos años, convirtiendo el habitual y mayoritario esfuerzo laboral de los jueces en un mínimo de partida, penalizando la tradicional voluntad judicial por afrontar dignamente la carga de trabajo que se le encomienda.
Es más, así como el cálculo de las retribuciones variables se vinculaba al rendimiento individual, ahora el objetivo normalizado se vincula al rendimiento medio de cada jurisdicción en la que se trabaje, afectándonos, pues, la mayor o menor carga de trabajo o la laboriosidad de los demás órganos judiciales, lo que hace más surrealista y cizañera la propuesta, sin olvidar que, precisamente, en los últimos cinco años ha sido notorio el esfuerzo, retribuido o no, en alcanzar un mayor rendimiento por parte de los jueces y magistrados.
Consideramos que se tergiversa la idea de los módulos como instrumento de racionalización del trabajo judicial, como control objetivo de la carga de trabajo, de la provisión de la planta necesaria, de sus efectos disciplinarios, incluso como incentivación retributiva, para pretender implantar una idea productivista del desempeño judicial, en una cuenta de resultados en la que lo único importante es el número de sentencias al menor coste posible, con desprecio a la calidad, reflexión y ponderación de la labor de juzgar, con desprecio al esfuerzo de los últimos años, que se retribuye considerándolo tan solo un mínimo de partida.
Por otra parte, subyace en el modelo la ignorancia de que en este país desde marzo de 2006 no existen módulos que permitan medir el rendimiento de los jueces, lo que hace más inoperante el propósito de la enmienda.
Por todo ello, rechazamos la totalidad de la enmienda, su contenido y el tramposo e injusto mensaje que se nos lanza: vagos, os vais a enterar.
El Secretariado
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- Mensajes: 3
- Registrado: Mié 25 Oct 2006 6:19 pm
Yo acabo de entrar hace relativamente poco en la carrera judicial y tengo la sensación de que para alcanzar los módulos hay que dedicar bastantes horas de trabajo. Me resulta un tanto curioso cuando leo comentarios como el del inciso final de Cándido, porque se supone que, tras el estudio pertinente de las cargas de trabajo, el módulo es el standard de cumplimiento, vamos, el nivel normal de trabajo, el equivalente a las 37 horas y media semanales de un funcionario público. Si yo veo que he cumplido el módulo y en el juzgado hay trabajo pendiente, entiendo que, estrictamente hablando, no me corresponde a mi "hacer horas extras", sino al Estado ajustar el número de órganos judiciales a la carga de trabajo real. Si hago horas extras es una decisión voluntaria y me parece justo que se me retribuya por ello, y de eso precisamente (de las "horas extras" que se han realizado en los últimos cinco años, computándolas como nivel normal de trabajo) se quiere aprovechar la enmienda que critica Magistrado Granollers.
Saludos para todos.
Saludos para todos.
Lo que dice el Juez de Pueblo sería cierto en teoría, pero se da la paradoja de que en el año 2005, con los módulo en vigor y con la circunstancia de que en el mismo se crearon 250 juzgados nuevos en toda España (ya sé que no estuvieron en ejercicio durante todo el año, pero parte de él si), curiosamente y según los datos del CGPJ se resolvieron menos asuntos que en 2004, y además aumento la pendencia.
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- Mensajes: 3
- Registrado: Mié 25 Oct 2006 6:19 pm
También deberíamos tener en cuenta dos datos:
Que un número muy significativo de los juzgados creados (creo recordar que eran más de la mitad, pero no estoy seguro) comienzan a funcionar el 31 de diciembre del año en que se crean y que los creados a mitad de año (se suelen crear en verano) entre que comienzan a asumir reparto y señalan tardan unos meses en poder resolver asuntos.
Que el número de asuntos resueltos depende en una medida nada despreciable de los planes de refuerzo que sean aprobados cada año, que, a su vez, dependen de la existencia de consignación presupuestaria para ello. Desconozco si en el año 2005 había un número similar de planes de refuerzo o no de tal modo que se mantuviese la tasa de resolución del año anterior.
Yo extraigo la conclusión de que la independencia de los jueces es personal, en cada resolución, pero la independencia del poder judicial es bastante relativa y para poder actuar su potestad de autoorganización depende en cierta medida del ritmo que le marque el ejecutivo, dependencia que la enmienda presentada y de la que trata este post pretende aumentar.
Un saludo.
Que un número muy significativo de los juzgados creados (creo recordar que eran más de la mitad, pero no estoy seguro) comienzan a funcionar el 31 de diciembre del año en que se crean y que los creados a mitad de año (se suelen crear en verano) entre que comienzan a asumir reparto y señalan tardan unos meses en poder resolver asuntos.
Que el número de asuntos resueltos depende en una medida nada despreciable de los planes de refuerzo que sean aprobados cada año, que, a su vez, dependen de la existencia de consignación presupuestaria para ello. Desconozco si en el año 2005 había un número similar de planes de refuerzo o no de tal modo que se mantuviese la tasa de resolución del año anterior.
Yo extraigo la conclusión de que la independencia de los jueces es personal, en cada resolución, pero la independencia del poder judicial es bastante relativa y para poder actuar su potestad de autoorganización depende en cierta medida del ritmo que le marque el ejecutivo, dependencia que la enmienda presentada y de la que trata este post pretende aumentar.
Un saludo.
Estimado juez de pueblo, cuando yo era un secretario de pueblo me pasaba como a ti, no podía crear que hubiera gente que usara cualquier argucia para quitarse un asunto de encima o para ganar un plusecillo, ahora que he visto un poco de mundo y he visto lo que se hace y me he quedado atónito. Hasta que salgas del pueblo y para que otros no ganen la productividad y tu quedes sin ella te voy a dar algunos consejos.
- El primero es poner a los funcionarios a buscar asuntos facilmente terminables en lugar de tramitar lo que esta vivo, te asombraras del numero de caducidades que se pueden hacer.
- En el caso de que no haya pasado el tiempo suficiente para caducar archivalos provisionalmente y punto.
- Archivalos tambien cuando no cumplan algun requerimiento que se les haya hecho.
- Registra como asunto independiente (vese otros contenciosos o incidnetes) las piezas y las archivas tan pronto las termines, muy extendido como se ha dicho con el tema de las impugnaciones de costas.
- Aunque haya pasado con creces el plazo para resolver no pongas la sentencia si ya has cumplido el modulo.
- Paraliza o abandona los asuntos de dificil y compleja tramitacion y centrate en aquellos que se pueden terminar facil y rapidamente.
- Quita funcionarios de ejecucion y ponlos en tramite.
Bueno y hay muchos mas recursos pero mejor preguntáselos a tus compis que son los que dominan el tema, así podrás trabajar menos y cobrar mas como los de ciudad.
- El primero es poner a los funcionarios a buscar asuntos facilmente terminables en lugar de tramitar lo que esta vivo, te asombraras del numero de caducidades que se pueden hacer.
- En el caso de que no haya pasado el tiempo suficiente para caducar archivalos provisionalmente y punto.
- Archivalos tambien cuando no cumplan algun requerimiento que se les haya hecho.
- Registra como asunto independiente (vese otros contenciosos o incidnetes) las piezas y las archivas tan pronto las termines, muy extendido como se ha dicho con el tema de las impugnaciones de costas.
- Aunque haya pasado con creces el plazo para resolver no pongas la sentencia si ya has cumplido el modulo.
- Paraliza o abandona los asuntos de dificil y compleja tramitacion y centrate en aquellos que se pueden terminar facil y rapidamente.
- Quita funcionarios de ejecucion y ponlos en tramite.
Bueno y hay muchos mas recursos pero mejor preguntáselos a tus compis que son los que dominan el tema, así podrás trabajar menos y cobrar mas como los de ciudad.