A ver si alguien puede echarme un cable porque ne comentaba ayer una compañera que la fiscal contestaba a un traslado de una impugnación de costas que manifestando que no tenía que trasladarle tal impugnación para que informase
Yo creo que eso no es asi, y en base a la supletoria Lec habría que entender subsumido al ministerio fiscal dentro de las partes a las que se ofrece presentar alegaciones. La cuestión también es que resulta chocante que indicase que se trata de un incidente entre ella y los profesionales, siendo ajeno el fiscal.
Qué os sugiere?