por Top Secre » Jue 27 Mar 2014 8:57 pm
Creo como tú que no cabe cancelar las medidas. De hecho si el Juez al decretar el archivo provisional de la causa no lo ha hecho, están en vigor hasta que prescriba el delito, sean sustituidas por medidas en sentencia definitiva, dejadas sin efecto si la sentencia es absolutoria o sean sustituidas por otras que se adopten como tú dices si vuelve a territorio español.
Es precisamente por eso que estas medidas no se cancelan a pesar de la expulsión. Si esa persona vuelve a territorio español en el registro de medidas cautelares saltará la alarma y si incumple esa medida cautelar se podrán adoptar otras que permitan tener controlada a la persona ( una busca y captura por ejemplo). Por eso no se cancelan a pesar de la expulsión.
Creo como tú que no cabe cancelar las medidas. De hecho si el Juez al decretar el archivo provisional de la causa no lo ha hecho, están en vigor hasta que prescriba el delito, sean sustituidas por medidas en sentencia definitiva, dejadas sin efecto si la sentencia es absolutoria o sean sustituidas por otras que se adopten como tú dices si vuelve a territorio español.
Es precisamente por eso que estas medidas no se cancelan a pesar de la expulsión. Si esa persona vuelve a territorio español en el registro de medidas cautelares saltará la alarma y si incumple esa medida cautelar se podrán adoptar otras que permitan tener controlada a la persona ( una busca y captura por ejemplo). Por eso no se cancelan a pesar de la expulsión.