por ASTURLEX » Lun 25 Mar 2013 8:48 pm
Tengo que envíar una reclamación de honorarios a un juzgado de Santander donde se sustanció un procedimiento cambiario, origen de mi reclamación.
Mi duda es si he de enviarlo a la dirección del juzgado en cuestión o al registro general, que es donde se reparten estos asuntos, pese a que vaya a recaer sí o sí en el juzgado que conoció del asunto. Me inclino por enviarlo al registro para evitar devoluciones pero ¿podríais ayudarme?
Gracias por adelantado!
Tengo que envíar una reclamación de honorarios a un juzgado de Santander donde se sustanció un procedimiento cambiario, origen de mi reclamación.
Mi duda es si he de enviarlo a la [b]dirección del juzgado en cuestión o al registro general[/b], que es donde se reparten estos asuntos, pese a que vaya a recaer sí o sí en el juzgado que conoció del asunto. Me inclino por enviarlo al registro para evitar devoluciones pero ¿podríais ayudarme?
Gracias por adelantado!