por Invitado » Mar 10 Mar 2009 3:29 am
Por exhorto solicitan a un humilde juzgado de paz = Notificación auto despachando ejecución por 60:000 euros + requerimiento de pago + embargo de bienes , y en concreto una finca "X"+ requerimiento manifestación de bienes en caso de que ejecutante no señale bienes cuyo embargo se estime suficiente. ...
Dejando al margen la competencia del juzgado, alguien me podría orientar sobre cómo interpreta el siguiente párrafo sacado literalmente de la parte dispositiva del auto que despacha ejecución y que pongo en negrita: “ Requiérase al deudor para que en el acto pague (...), y si no lo verifica, o no se hallare y así y solicitado por la parte ejecutante, procédase al embargo de sus bienes y derechos en cuantía suficiente a cubrir la cuantidad por la que se despacha ejecución (..), y EN CONCRETO LA SIGUIENTE FINCA:”
La pregunta concreta es si se pueden hacer todos los requerimientos solicitados, incluido embargo, con la persona hallada en el domicilio (familiar..)? que evidentemente dirá que ella no paga ni manifiesta ningún bien, y seguidamente embargar el inmueble X detallado en el Auto, todo ello teniendo en cuenta que no acompaña a la comisión judicial procurador, ante lo cual no va a pedir que se proceda al embargo conforme al artículo 582.1. LEC. (leyendo la demanda, tampoco parece que nadie haya pedido esto).
Otra pregunta, si no es mucha molestia, en caso de hallar al ejecutado y manifiesta bienes susceptibles de embargo pero insuficientes, ¿se embargan éstos y además la finca?.
En fin, agradecería mucho si alguien me pudiera orientar, gracias.
Por exhorto solicitan a un humilde juzgado de paz = Notificación auto despachando ejecución por 60:000 euros + requerimiento de pago + embargo de bienes , y en concreto una finca "X"+ requerimiento manifestación de bienes en caso de que ejecutante no señale bienes cuyo embargo se estime suficiente. ...
Dejando al margen la competencia del juzgado, alguien me podría orientar sobre cómo interpreta el siguiente párrafo sacado literalmente de la parte dispositiva del auto que despacha ejecución y que pongo en negrita: “ Requiérase al deudor para que en el acto pague (...), y si no lo verifica, o no se hallare [b]y así y solicitado por la parte ejecutante, procédase al embargo[/b] de sus bienes y derechos en cuantía suficiente a cubrir la cuantidad por la que se despacha ejecución (..), y EN CONCRETO LA SIGUIENTE FINCA:”
La pregunta concreta es si se pueden hacer todos los requerimientos solicitados, incluido embargo, con la persona hallada en el domicilio (familiar..)? que evidentemente dirá que ella no paga ni manifiesta ningún bien, y seguidamente embargar el inmueble X detallado en el Auto, todo ello teniendo en cuenta que no acompaña a la comisión judicial procurador, ante lo cual no va a pedir que se proceda al embargo conforme al artículo 582.1. LEC. (leyendo la demanda, tampoco parece que nadie haya pedido esto).
Otra pregunta, si no es mucha molestia, en caso de hallar al ejecutado y manifiesta bienes susceptibles de embargo pero insuficientes, ¿se embargan éstos y además la finca?.
En fin, agradecería mucho si alguien me pudiera orientar, gracias.