por Invitado » Lun 30 Jul 2007 2:24 pm
En principio, sí, ya que la cantidad por costas es un crédito de la parte y no de su Abogado-Procurador. Otra cosa es que no te vas a ganar la amistad de los profesionales (que en todo caso tienen otros procedimientos para cobrarse lo suyo). Pero me pregunto una cosa, ya que no aclaras si hablas de civil, penal, o qué. ¿Alguien te lo ha pedido?. Si es así, adelante.
En principio, sí, ya que la cantidad por costas es un crédito de la parte y no de su Abogado-Procurador. Otra cosa es que no te vas a ganar la amistad de los profesionales (que en todo caso tienen otros procedimientos para cobrarse lo suyo). Pero me pregunto una cosa, ya que no aclaras si hablas de civil, penal, o qué. ¿Alguien te lo ha pedido?. Si es así, adelante.