por JUAN » Jue 03 May 2007 10:46 pm
O sea, si el desahucio es por expiración del plazo contractual, se debe aplicar el e), es decir, multiplicar por tres la renta mensual y luego aplicar la escala del art. 1 ¿ Correcto?
O sea, si el desahucio es por expiración del plazo contractual, se debe aplicar el e), es decir, multiplicar por tres la renta mensual y luego aplicar la escala del art. 1 ¿ Correcto?