por conlavenia » Vie 12 Sep 2025 11:44 am
¡Mil gracias!
Aquí se complica un poco más el tema. El cliente es administrador de fincas, y realmente quien presenta la demanda es la comunidad, representada por este.
¿Habría algún inconveniente en que se presentase siempre con el apud-acta del administrador en favor del abogado? Es decir, el abogado actúa en representación del administrador y el administrador a su vez en representación de la comunidad.
Hay casos en los que las comunidades tienen certificado digital, pero aún no en todas.
¡Mil gracias!
Aquí se complica un poco más el tema. El cliente es administrador de fincas, y realmente quien presenta la demanda es la comunidad, representada por este.
¿Habría algún inconveniente en que se presentase siempre con el apud-acta del administrador en favor del abogado? Es decir, el abogado actúa en representación del administrador y el administrador a su vez en representación de la comunidad.
Hay casos en los que las comunidades tienen certificado digital, pero aún no en todas.