por Luis T. » Jue 30 May 2024 2:26 pm
Buenos días,
yo tengo un caso similar y ando con la misma duda. En mi caso, veo que la pesona autorizó para que el Colegio de Abogados pidiera sus declaraciones de IRPF y solo aportaron una de hace tres años. Hubo Impugnación ante el Juzgado y se denegó tomando como base esa misma declaración. El caso es que ahora vuelve a pedir nuevamente Asistencia Jurídica Gratuita y aporta todas las declraciones. Además veo que desde el principio se solicitó el derecho en base a las circunstancias excepcionales del artículo 5 LAJG y nadie se pronuncia sobre él, si no sobre el artículo 3.
No veo en la LAJG ningún precepto que diga que solo se puede presentar una vez. Entiendo que si se cree que es para retrasar el procedimiento sí puede denegarse, porque está ya resuelto. Mi duda es cuando observamos que hay nuevos documentos que ver o que no se ha resuelto conforme a lo pedido. En este caso, considero mejor suspender por petición, pero me gustaría saber vuestra opinión.
Buenos días,
yo tengo un caso similar y ando con la misma duda. En mi caso, veo que la pesona autorizó para que el Colegio de Abogados pidiera sus declaraciones de IRPF y solo aportaron una de hace tres años. Hubo Impugnación ante el Juzgado y se denegó tomando como base esa misma declaración. El caso es que ahora vuelve a pedir nuevamente Asistencia Jurídica Gratuita y aporta todas las declraciones. Además veo que desde el principio se solicitó el derecho en base a las circunstancias excepcionales del artículo 5 LAJG y nadie se pronuncia sobre él, si no sobre el artículo 3.
No veo en la LAJG ningún precepto que diga que solo se puede presentar una vez. Entiendo que si se cree que es para retrasar el procedimiento sí puede denegarse, porque está ya resuelto. Mi duda es cuando observamos que hay nuevos documentos que ver o que no se ha resuelto conforme a lo pedido. En este caso, considero mejor suspender por petición, pero me gustaría saber vuestra opinión.