por PILAR2017 » Vie 23 May 2025 11:15 pm
No lo veo útil, es mas útil, oficio direccion general de registros y notariado para pedir ultimas voluntades, y luego si tiene Tto, pido copia del Tto al notario.
Si hay Hdos, averiguo domicilio, para notificarles, y les requiéro digan si han aceptado o no la herencia .Auqnue las probabilidades de obtener resultado de todo esto no son muchas, y lleva tiempo. Lo veo imprescindible hacer en hipotecarios y en pleitos de comunidad.
Pero si no hay herederos habría que comunicarlo a la comunidad autónoma, correspondiente que la herencia esta yacente etc.
Ahora bien en los pleitos de créditos cedidos, te van pedir lo de los impuestos, por presentar escritos que no queden.
De todas formas si no quieres complicarte pues puedes acordarlo.
Saludos
No lo veo útil, es mas útil, oficio direccion general de registros y notariado para pedir ultimas voluntades, y luego si tiene Tto, pido copia del Tto al notario.
Si hay Hdos, averiguo domicilio, para notificarles, y les requiéro digan si han aceptado o no la herencia .Auqnue las probabilidades de obtener resultado de todo esto no son muchas, y lleva tiempo. Lo veo imprescindible hacer en hipotecarios y en pleitos de comunidad.
Pero si no hay herederos habría que comunicarlo a la comunidad autónoma, correspondiente que la herencia esta yacente etc.
Ahora bien en los pleitos de créditos cedidos, te van pedir lo de los impuestos, por presentar escritos que no queden.
De todas formas si no quieres complicarte pues puedes acordarlo.
Saludos