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Fraude procesal: en la subasta comparece filial del Banco.
Publicado: Mar 25 Feb 2014 2:14 am
por jeni bladi
Ejecución hipotecaria de un Banco/Caja muy conocido, un montón de viviendas; ejecutado la promotora. Deuda por principal, intereses y costas de cerca de un millón.
Cuando me hice cargo del juzgado (o cuando llegué al juzgado) ya estaba celebrada la subasta. Presentan un escrito solicitando la adjudicación de las viviendas por una miseria, ya que trajeron al acto de la subasta a una empresa (filial) que llegó a ofrecer una misería por algunos pisos (poco más de 6.000 euros).
Hablo con el abogado y le digo que no voy a poner el decreto porque entiendo que la filial no es un tercero, que es el mismo ejecutante bajo otra forma jurídica. Que me pida la adjudicación por el 70% o en concepto de todo lo que se le deba; es decir, aplicación del 671, y no del 670.4, párrafo tercero, porque entiendo que no es postor sino ejecutante, y si la ley no diferencia, yo no soy nadie para confundir los términos.
Hablé con el juez para que me dijera cómo lo veía y estuvo de acuerdo conmigo. Se lo comenté a la fiscalía pidiendo su opinión, porque veía una maquinación para alterar el precio de las cosas, un fraude de ley, porque traen a la filial para aprovecharse del art. 670 y eludir el 671. La verdad es que me me animaron, incluso me dijeron que les pasara todos los pleitos que tenía en esa situación.
Esta mañana me ha llamado el abogado, interesándose por el decreto de adjudicación, y es cuando le he dicho que no lo iba a poner, aprovechando para dejarle caer mi conversación con el juez, los fiscales y dos compañeros de partido. Me responde que ya me llamaría y ¡albricias!, a los 5 minutos llama y dice que va a pedir la adjudicación por todos los conceptos (las posturas del acto de la subasta, algunas no llegaban ni al 40 %).
Le he preguntado que cuándo me presentaba el escrito, y ha dicho que en unos 15 días, que le tenía que llegar de la central. Le dije que no iba a tener el pleito parado tanto tiempo, así que iba a poner una DO requiriéndoles para que solicitaran la adjudicación en la forma prevista en la LEC para el ejecutante, al entender que no eran postores en sentido estricto. Le pareció bien. Le dije a la gestora que pasara la minuta que le daba, ya que iban a tardar 15 días en presentar un escrito y que no íbamos a esperar.
Al ratillo viene y me dice "mira, han presentado el escrito que decías, pongo la DO igual?"
Re: pulso a la banca
Publicado: Mar 25 Feb 2014 12:07 pm
por invit
Y por qué le dices al abogado que tiene que pedirte la adjudicación por el 70 % ¿eran todas viviendas habituales?. Algo me dice que has dado con un abogado con pocas de ganas de discutir
Re: Pulso a la banca
Publicado: Mar 25 Feb 2014 12:53 pm
por aporlabanca
Hola Helena,
enhorabuena por tu actitud, independientemente de lo que se pueda matizar con el comentario de Invit, sobre el tanto por ciento.
Es cierto que los promotores han vivido muy bien algunos años, y los bancos por extensión, generando beneficios por los dos lados. Pero hemos llegado a un punto que en muchas ocasiones extorsionan la cliente.
Como abogado, suelo llevar clientes promotores/constructores que por ignorancia o desesperación aceptan cualquier aberración por parte de la Entidad. A veces una intermediación por un tercero, evita llegar a situaciones como la que has planteado.
Mi duda es, si con lo que planteas, las empresas promotoras de los bancos no podrían ir a remate, por vinculación accionarial.
Re: Pulso a la banca
Publicado: Mar 25 Feb 2014 3:35 pm
por newzel
Helena, cada día me caes mejor

Muy bien hecho
Ahora bien, a mí tampoco me ha quedado claro lo del 70%
Por supuesto que debes dictar la diligencia de ordenación. Si no, lo fiarás a la buena fe del ejecutante. Lo que apunta aporlablanca debes asímismo tenerlo presente. Dicta esa diligencia, y en función de si te recurren o no, ya proseguiremos con la vinculación accionarial, que deberán acreditarte a tu requerimiento. Pero sólo si te recurren la diligencia.
Pd: ¿verdad que ahora empiezas a disfrutar de tu trabajo? La función del SJ, y por ende sus resoluciones, cuando adoptan la forma de decreto, no consisten en una aplicación automática de la normativa, sino que implica tomar decisiones. Y ahí entra el juego la personalidad y el sentido común. Muy bien, Helena.
Pd1: aporlablanca, gracias también por tu ayuda brindada a los SJ (ignoraba que eras letrado). Bien hecho!!

Re: Fraude procesal: en la subasta comparece filial del Banc
Publicado: Mar 25 Feb 2014 10:09 pm
por jeni bladi
Hola.
En cuanto al porcentaje del 70 por ciento, disculpas mil, fue un lapsus calami...
Le envié la "historia" al administrador, para que me hiciera el "tratamiento de datos", y erré en el 70 %, que sería el 50 %, toda vez que no es vivienda habitual, sino pisos sin entregar al consumidor, ya que la propietaria e hipotecante deudor era aún la promotora.
En cuanto a la DO, no la puse, porque como ya dije en espacio de media hora desde que hablé con el abogado de la entidad, ya habían presentado el escrito solicitando la adjudicación en concepto de todo lo que se le debía.
No obstante, tengo otra Ejh del mismo banco y aquí no pasan por el aro, así que tengo un decreto en el horno, por el que no le voy a aprobar el remate, dejaré "caer" la historia del fraude procesal, y ya veré lo que hay por ahí. Es un chalet valorado en alrededor de 600.000 euros, más o menos, y deben tener ganas de guerrear...
Y en cuanto a que tal vez haya dado con un abogado poco peleón, no me creo nada, y menos de un banco...
sigo pensado que la filial del banco no es postor, y para mí, como que no ha venido nadie ajeno, o ha venido el ejecutante en sonido estéreo.
Re: Fraude procesal: en la subasta comparece filial del Banc
Publicado: Mié 26 Feb 2014 12:02 am
por newzel
En cualquier caso, ten presente que la autocontratación no está prohibida, aunque suponga, también en mi opinión, fraude procesal. Yo estuve haciendo algo parecido a lo que has planteado, aunque sin llegar a comentar nada al MF, hasta que mi querida Audiencia me lo tumbó, obligándome a pasar por el aro. Por el momento, no se me ha vuelto a dar. Tengo mucho interés en saber cómo termina todo esto.
Re: Fraude procesal: en la subasta comparece filial del Banc
Publicado: Mié 26 Feb 2014 12:19 am
por jeni bladi
Hola, otra vez.
Te refieres a la autocontratación en el trámite de subasta, o en la posterior cesión, a su filial?
En qué fase estabas cuando te lo tumbó tu "querida" audiencia?
En este preciso instante estoy redactando el decreto de adjudicación en concepto de todo lo que se le debe, y ya queda satisfecho, que es lo que me pidió en el escrito que presentó ya.
Seguiremos informándonos...
Re: Fraude procesal: en la subasta comparece filial del Banc
Publicado: Mié 26 Feb 2014 11:44 am
por invit
Y en cuanto a que tal vez haya dado con un abogado poco peleón, no me creo nada, y menos de un banco...
Te hablo con conocimiento de causa. Si el abogado del banco es externo, no pueden pasar su minuta en tanto no tengan el testimonio del decreto de adjudicación y sólo por el importe de la adjudicación, lo cual en condiciones normales, ya es un auténtico suplicio puesto que, desde que se celebra la subasta hasta que se entrega el testimonio, por lo menos en mi plaza, pasan meses y meses y más meses.
La solución de pedir la adjudicación por el importe total de la deuda es ideal para el abogado: ahorra tiempo en la obtención del testimonio, le ahorra un sin fin de escritos y, seguramente llegar a la audiencia provincial, y además le permite tener por recuperada toda la deuda y pasar su minuta por el total reclamado.
Vamos que quizás al banco no (es dudoso), pero desde luego al abogado le estás dando una alegría.
Re: Fraude procesal: en la subasta comparece filial del Banc
Publicado: Vie 28 Feb 2014 2:41 pm
por Invitado
Re: Fraude procesal: en la subasta comparece filial del Banc
Publicado: Sab 01 Mar 2014 1:31 am
por Randomize
Hola a todos!
Elogiable la actitud de Helena.
Esta conducta de las entidades bancarias (por cierto, en mi caso sólo ocurre con una en concreto) es un clarísimo fraude procesal. Intervenir en una subasta con una sociedad filial únicamente participada por la ejecutante, lo es para evadir el artículo 671 LEC ante la ausencia de postores pretendiendo reducir el precio del remate, al menos en un 10% del valor de tasación.
En estos casos, porque no se puede impedir la participación de la sociedad filial en la subasta, no admito posturas inferiores al 50% del valor de tasación de la cantidad por la que se despachó ejecución incluyendo la previsión para intereses y costas, tal como establece el art. 670-4 LEC, y en primer lugar, antes de la filial, indico a la ejecutante que ofrezca postura con lo que evito consignar en el acta la postura de la filial, lo cual causa gran malestar y no entiendo porqué.
Después según proceda el desarrollo de la subasta, aprobaré el remate o no, y de esta forma últimamente ya no concurre la sociedad filial.
Ahora lo están intentando así:
No interviene la sociedad filial en subasta, pasamos directamente a la adjudicación del art. 671 LEC para el supuesto de vivienda habitual:
Si se tratare de la vivienda habitual del deudor, la adjudicación se hará por importe igual al 70 por cien del valor por el que el bien hubiese salido a subasta o si la cantidad que se le deba por todos los conceptos es inferior a ese porcentaje, por el 60 por cien.
Dentro de los veinte días siguientes presentan escrito con el siguiente contenido:
Se solicita la adjducación por el 60% de su valor de tasación. La parte renunciará a la reclamción de los intereses y costas tras la certificación de deuda que serán condonados, pero con la condición de que el Juzgado admita la adjudicación por el 60% de la tasación, quedando por tanto la deuda por debajo del 70%, y si en el caso de que no fuera admitida la adjudicación por el 60%, quedaría sin efecto la condonación y se reclamaria a los ejecutados el total adeudado.
Conclusión: Al no incluirse en la tasación de costas la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en las ejecuciones de viviendas habituales (art. 241-1-7º LEC), las costas no pueden superar el 5% de lo que se reclame en la demanda ejecutiva (art. 575-1bis), y la limitación introducida sobre los intereses moratorios (art 114 LH); una renuncia a estos conceptos pueden compensar sobradamente ese 10% de reducción del precio de adjudicación.
Es intolerable, es una adjudicación con condiciones tratan de engañar con el obsequio de la condonación de intereses y costas.
Nota: Por ahora, tengo dos escritos en este sentido, no he resuelto nada, pensaré que hago, ya os contaré...
Por cierto, se aceptan sugerencias...

. Gracias.
Re: Fraude procesal: en la subasta comparece filial del Banc
Publicado: Sab 01 Mar 2014 1:44 am
por newzel
Lo has clavado, Randomize!! Esa entidad no será Caixabank?

Respecto al art 670, lo normal era que la filial hiciera la postura por el 50% y el ejecutante ofrecía 1€ más. Se concedía plazo al ejecutado para que ofreciera tercero, no lo ofrecía, el ejecutante no hacía uso de la facultad de adjudicarse la finca por el 70% ni por todos los conceptos y se adjudicaba la finca a favor del mejor postor, oséase el ejecutante! que a su vez se le cedía a su filial! con lo que la finca tóxica no entraba en su balance y la filial se quedaba la finca por el 50% + 1€.
Yo también estoy elaborando un decreto al efecto, aunque vista la jurisprudencia que hay y el sentido literal de la normativa, lo veo bastante crudo

Re: Fraude procesal: en la subasta comparece filial del Banc
Publicado: Dom 02 Mar 2014 12:38 am
por Randomize
Hola a todos!!

¿Cómo lo sabes, Newzel? , je, je.
¿El decreto a que te refieres es para no aprobar el remate?
Re: Fraude procesal: en la subasta comparece filial del Banc
Publicado: Dom 02 Mar 2014 12:46 am
por jeni bladi
Hola; intentaré colgar un decreto, y a ver si alguien tiene la paciencia de leerlo y me cuenta algo...
Llevo toda la tarde liada con el

decreto, y total, estas horas no me las computan,
Para ilustraros os diré que el tipo de subasta era 356.463,03 euros.
Re: Fraude procesal: en la subasta comparece filial del Banc
Publicado: Dom 02 Mar 2014 1:15 am
por Maricarmen
Helena el conteniido del decreto me gusta mucho, pero veo que el orden de las actuaciones procesales no me parece correcta.
Tu decidiste no aprobar el remate con muy buen criterio, pero no lo plasmaste en una resolucion, te saltaste ese paso y requeriste al ejecutado para que hiciese uso de su derecho, no lo hizo y sin dictar el decreto de no aprobacion del remate, requeriste all ejecutante, a fin de que en el plazo de 5 días, solicitase la adjudicación del inmueble por el 70 % de su valor de tasación o por la cantidad que se le deba por todos los conceptos, siempre que esta cantidad sea superior al 60 % de su valor de tasación y a la mejor postura (art. 670.4, segundo párrafo de la LEC).
Ahora te recurren la diligencia y resuelves por decreto desestimando el recurso yen el mismo decreto acuerdas no aprobar el remate...no me parece bien.
Pienso que lo correcto seria estimar el recurso por haber dado el traslado al ejecutante conforme art 670.4.2 prematuramente y acordar en el decreto estimatorio, queden los autos sobre la mesa para resolver sobre la aprobacion o denegacioon del remate.
Y despues de ese decreto estimatorio, pondria el decreto denegando ell remate y dando el traslado al ejecutante a los efectos del art 670.4.2.
quizas soy muy escrupulosa, pero si no se habia dictado el decreto denegando el remate, no se podia poner la do dando traslado para el 670.4.2 aun.
Re: Fraude procesal: en la subasta comparece filial del Banc
Publicado: Dom 02 Mar 2014 1:30 am
por Randomize
Hola a todos!!
Helena, en la resolución que has colgado, en el hecho quinto:
recurso de reposición contra la diligencia de ordenación de fecha 28 de enero de 2014 ¿que dice esa DIOR?, parece que el párrafo está incompleto. ¿En qué se basa el recurso?
Re: Fraude procesal: en la subasta comparece filial del Banc
Publicado: Dom 02 Mar 2014 4:01 pm
por jeni bladi
Buenos días;
Gracias Maricarmen, tus criterios los tengo en muy alta consideración.
Re: Fraude procesal: en la subasta comparece filial del Banc
Publicado: Dom 02 Mar 2014 4:05 pm
por jeni bladi
Randomize, la dior referida acuerda requerir al ejecutante para que solicite la adjudicación por el 70 % del valor por el que el bien salió a subasta o por la cantidad que se le deba por todos los conceptos, siempre que la cantidad sea superior al 60 % de su valor de tasación y a la mejor postura.
Tal vez no lo haya heho muy bien, no se... , pero ya iré mejorando, no, teniendo en cuenta que es el primer decreto que hago en este sentido.
Tened un poco de paciencia conmigo, que llevo un año, 40 y pico días en este mundillo...
Re: Fraude procesal: en la subasta comparece filial del Banc
Publicado: Dom 02 Mar 2014 4:17 pm
por jeni bladi
Maricarmen: la estimación del recurso implicaría que se lleva la finca por la mejor postura, y eso, entiendo que no es así.
Tal vez lo más correcto sería decretar nulidad de actuaciones, y retomar la fase adecuada. Esta semana lo comento con la señoría del despacho de al lado. No sé, ya veré.
Tal vez hable con el abogado y le comento que las fiscales están por la labor de incoar informativas por un presunto delito de maquinación...
De momento, me voy a tomar la tarde libre, y ya decidiré, pero que de la forma que sea, el remate no se lo apruebo.
Re: Fraude procesal: en la subasta comparece filial del Banc
Publicado: Dom 02 Mar 2014 7:09 pm
por newzel
Este Auto nos servirá a todos, y es el que estoy empleando a raíz de una revocación de mi querida AP:
http://www.poderjudicial.es/search/doAc ... rface=true
Re: Fraude procesal: en la subasta comparece filial del Banc
Publicado: Lun 03 Mar 2014 1:46 am
por Randomize
Hola a todos!
Gracias Newzel por el enlace, cito textualmente un párrafo de la resolución:
"El ejecutante sólo podrá tomar parte en la subasta cuando existan licitadores", y, en sentido contrario, no podrá participar cuando no haya licitadores. Sin embargo, aún entendiendo que a la subasta compareció además del ejecutante sólo la mercantil SERVIHABITAT XXI, SAU, que a la luz de la documental presentada por la recurrente es una entidad propiedad de la ejecutante, y que por tanto, no se debía haber tenido como participante en la subasta
¿Se puede impedir a filial intervenir en la subasta en el mismo acto?, es algo que no veo con claridad aunque es la solución más acertada, pero esta resolución parece dejar abierta la posibilidad, con lo cual se salvan muchos problemas.
A Helena por alusiones. Leí tu decreto y en los hechos ni se hacía constar qué es lo que se recurría, ni los preceptos infringidos, ni las razones del recurso; y esto es fundamental para conocer los razonamientos juridícos que aplicas. Sólo pretendía conocerlos para usarlo en alguno de mis procedimientos, o bien sugerirte algunas cuestiones para el que has redactado.
Re: Fraude procesal: en la subasta comparece filial del Banc
Publicado: Lun 03 Mar 2014 3:22 am
por Maricarmen
Helena gracias por el aprecio, seguramente no tan merecido, viendo lo bien que razonas juridicamente con tan poco tiempo de ejercicio
No digo que estimes el recurso en ese sentido de que se lo adjudique, digo que por lo que relatas en tu post, deberias de haber puesto un decreto denegando el remate y luego dar el traslado de la do.
Ahora si en el mismo decreto desestimas la do y acueerdas denegar el remate,,queda raro.
Por eso decia estimar el recuro contra la do diciendo que fue presurosa y luego pones el decreto denegando el remate y luego pones la misma diligencia de ordenacion recurrida
Otra manera de salvarlo sin estimar el recurso , es que pongas dos resoluciones distintas
Una el decreto denegando el remate con los fundamentos que pusiste ya y un vistazo al auto de nexzel
Otro decreto desestimando el recurso y acordando en la parte dispositiva , desestimar y darle nuevo plazo para el traslado ya conferido por la do.
Es solo una opinion.