Adjudicación por entidad con segunda carga
Publicado: Mar 03 Dic 2013 6:48 pm
Hola,
en caso de adjudicación de un bien que no es vivienda, tasado en 400.000€ y en EH por entidad financiera por importe de deuda total de 100.000€, ésta se la adjudica, o por el 50% o por el valor de la deuda.
En caso de segunda carga por un tercero, puede éste reclamar a la Entidad la diferencia de adjudicación si es por 50%?
En caso de adjudicación sólo por deuda, qué pasa con la segunda carga? Cómo puede reclamar o a quién dicha deuda?
No encuentro en la normativa (LEC, LH, ...) esta casuística.
Muchas gracias.
en caso de adjudicación de un bien que no es vivienda, tasado en 400.000€ y en EH por entidad financiera por importe de deuda total de 100.000€, ésta se la adjudica, o por el 50% o por el valor de la deuda.
En caso de segunda carga por un tercero, puede éste reclamar a la Entidad la diferencia de adjudicación si es por 50%?
En caso de adjudicación sólo por deuda, qué pasa con la segunda carga? Cómo puede reclamar o a quién dicha deuda?
No encuentro en la normativa (LEC, LH, ...) esta casuística.
Muchas gracias.