Página 1 de 1

Suspensión subasta imposibilidad abogado del ejecutante.

Publicado: Mar 27 Nov 2012 3:45 pm
por invitado 3
hola me han pedido la suspensión de una subasta porque tiene el abogado otro señalamiento el mismo día, alegándome el art. 188.6 de la LEC, cóm lo veis?es necesario que esté??

Re: suspension subasta abogado ejecutante

Publicado: Mar 27 Nov 2012 4:00 pm
por Procurador
No hay razón alguna para la suspensión...al acto de la subasta ha de comparecer la parte ejecutante, per se o debidamente representada, pero la presencia del abogado es completamente innecesaria a efectos procesales.

Re: suspension subasta abogado ejecutante

Publicado: Mar 27 Nov 2012 4:10 pm
por Pena
Procurador, el procurador del ejecutante tiene obligacion de concurrir a la subasta?

Re: suspension subasta abogado ejecutante

Publicado: Mar 27 Nov 2012 4:49 pm
por Procurador
Obligación tiene, profesionalmente, como de acudir a todo en los que haya de actuar como representante procesal que es.
Yo no faltaría a una subasta, desde luego, y si no puedo ir mando a un compañero con las instrucciones que me sustituya.
Que procesalmente tenga alguna consecuencia, pues entiendo que no y más hoy en día que si no concurren postores (lo que está a la orden del día) no se celebra la subasta en sí y simplemente se levanta acta.
De todas formas, ignoro las razones que le han llevado a no acudir, entiendo que será porque accidentalmente se le ha pasado, pero si no es así mandarían narices.

Re: Suspension subasta imposibilidad abogado del ejecutante.

Publicado: Mar 27 Nov 2012 9:39 pm
por reyes
En principio la presencia de la parte ejecutante en una subasta no es obligatoria y por tanto no es motivo para suspender. La subasta es un acto más bien pensado para que puedan comparecer terceros ajenos al procedimiento y al ejecutante se le permite participar si hay postores. Por tanto, no hay motivos para acordar la suspensión.
Entiendo que en virtud de lo que se dice en el art. 23:"El procurador legalmente habilitado podrá comparecer en cualquier tipo de procesos sin necesidad de abogado, cuando lo realice a los solos efectos de oír y recibir actos de comunicación y efectuar comparecencias de carácter no personal de los representados que hayan sido solicitados por el Juez, Tribunal o Secretario judicial. Al realizar dichos actos no podrá formular solicitud alguna. Es incompatible el ejercicio simultáneo de las profesiones de abogado y procurador de los Tribunales.", el procurador podría actuar o estar presente en las subastas como representante del ejecutante, pero NO PODRÍA PARTICIPAR EN LA SUBASTA CON POSTORES, ES DECIR, HACER PUJAS, ya que eso tendría que realizarlo el letrado.
Incluso, lo que en la práctica mal hacemos, eso de que si no hay postores vaya el procurador en solitario y nos solicite la adjudicacón por tal cantidad, y lo aceptamos, estaría mal realizado. Yo antes no lo permitia y hacía que me presentaran un escrito dándole un plazo eso sí, porque actos de comunicación si pueden recibir. Un escrito con firma de ambos profesionales. Pero últimamente, no lo hago y le permito que me lo pida el procurador en el acto de la subasta sin postores, como creo que la mayoría hacemos, insisto creo que mal hecho, pero por economía procesal y porque nadie lo va a recurrir. Aunque eso no quiere decir que sea lo correcto jurídicamente, a mi entender, pues el art. 23 impide al procurador hacer de letrado y la petición de adjudicación es una acto de la parte ejecutante, la cual debe de estar actuando en el procedimiento con ambos profesionales.
En resúmen, NO HABRÍA QUE SUSPENDE porque el comparecer como postor en la subastas sería voluntario y no obligatorio y por tanto, si admitimos una petición en ese sentido también deberíamos suspender una subasta cuando un ejecutado nos diga que no puede comparecer porque está enfermo, por ejemplo.

Re: Suspension subasta imposibilidad abogado del ejecutante.

Publicado: Mar 27 Nov 2012 10:18 pm
por Maricarmen
El Artículo 188 LEC no es aplicable porque se refiere a la suspension de las vistas. , podria haber alegado el articulo189 bis
El abogado no es preceptiva su comparecencia en una subasta, por tanto al no ser preceptiva no existe raon para supension.
La suspension perjudica al Juzgado, a su agenda, al incremento y dilacion del procedimeinto, perjudica al ejecutado al incrementar los intereses de demora, perjudica al licitador por su tiempo y recursos economicos movilizados.

Las unicas causas de suspension de una subasta, ademas de las derivadas de la falta de notificacion en forma o defecto de edictos son:
Art 19 LEC .-En relacion al derecho de disposición de los litigantes la transacción y suspensión, por el cual pueden disponer , renunciar, desistir etc o solicitar la suspension de la ejecucion hasta 60 dias.
Artículo 565.1 que fija que se suspenderá la ejecución cuando de la ley lo ordene de modo expreso, y se ordena así en la ejecución hipotecaria en dos supuestos; la tercería de dominio recogida en el artículo 696 y la prejudicialidad penal regulada en 697

Art 670.7. Por pago en cualquier momento anterior a la aprobación del remate o de la adjudicación al acreedor, podrá el deudor liberar sus bienes pagando íntegramente lo que se deba al ejecutante por principal, intereses y costas.

Art 693.3 hasta el día señalado para la celebración de la subasta, podrá liberar el bien mediante la consignación de la cantidad exacta que por principal e intereses estuviere vencida en la fecha de presentación de la demanda, incrementada, en su caso, con los vencimientos del préstamo y los intereses de demora que se vayan produciendo a lo largo del procedimiento y resulten impagados en todo o en parte.
Si el bien hipotecado fuese la vivienda familiar, el deudor podrá, aun sin el consentimiento del acreedor, liberar el bien mediante la consignación de las cantidades expresadas en el párrafo anterior.

Re: Suspension subasta imposibilidad abogado del ejecutante.

Publicado: Mar 27 Nov 2012 10:27 pm
por Procurador
Perdona Reyes, no confundas comparecer el comparecer en un procedimiento a los meros efectos que recoge el art. 23 que citas con ser parte en el procedimiento. Yo puedo comparecer en un procedimiento, mostrando un interés directo y legítimo, a los solos efectos, por ejemplo, de solicitar un testimonio o la expedición de un mandamiento para cancelación de embargo o participar en una subasta o comparecer por el adjudicatario o por aquel al que le ceden el remate, etc. Ahí sí que no necesito letrado y lo hago en virtud del mandato que, mediante el oportuno apoderamiento, me ha conferido mi patrocinado.
Pero si yo soy el procurador de la ejecutante o de la ejecutada, igual me da que me da igual, yo puedo actuar en una subasta sin la presencia del letrado de todas todas, está dentro de mis funciones como procurador, porque en esa subasta soy la parte, la que tiene el poder para actuar en nombre de mi patrocinado, el letrado actua en defensa del cliente, pero no le representa. Yo en la subasta soy la parte, el letrado no.
Pero más allá de eso, aunque sólo sea a efectos prácticos, si sólo se celebrasen las subastas con posteros, no hablo ya de aquellas sin postores, en las que estuviesen los letrados no celebrarías una...bueno, como tampoco celebraríais una conciliación ni media.
Vamos Reyes, que en autos me puedo "jartar" de hacer cosas sin necesidad de que esté el abogado delante, otra cosa es que él es el director letrado del asunto.
Faltaría plus.

Re: Suspension subasta imposibilidad abogado del ejecutante.

Publicado: Mié 28 Nov 2012 2:16 am
por conquense
Creo que no has leido mi mensaje,procurador. Pues alli digo que el procurador puede comparecer, si,pero NO PUEDE ALEGAR NO SOLICITAR NADA EN NOMBRE DEL EJECUTANTE, pues en cuanto realices alegaciones o posturas estas actuando como el letrado del ejecutante, sois parte de un procedimiento y la parte para actuar necesita estar representada de abogado y procurador, eso es asi porque el art, 23 ps impide hacer de letrados. Otra cosa es que habitualmente estes haciendo en los juzgados funciones que no os corresponden. El art, 23 es clarito tras la última reforma. Otra cosa escuando compareces para representar a un tercero por ej. En una cesión de remateo adjudicación, con poder, entonces actuas no como procurador sino como mandatario y eso lo puede hacer cualquier persona a la que se le apodere. Repito en las subastas NO PODEIS HACER POSTURAS, es el abogado el que debe hacer lasposturas, pues la ley habla de EJECUTANTE, cuando dice que solo podra participar si hubiera postores. Aunque repito que eso no es lo que se suele hacer en los juzgados, pero no es correcto y se podria anular el acto.

Re: Suspension subasta imposibilidad abogado del ejecutante.

Publicado: Mié 28 Nov 2012 2:29 am
por conquense
Una cosa es que tu te puedas "jartar" de hacer cosas sin el abogado y otra que sea legal, como muy bien sabes. En las conciliaciones puedes actuar como mandatario verbal, incluso, no hace falta que actues como procurador. En mi juzgado no admito que el procurador haga de letrado. Eso de que no celebrariamos una subasta, te equivocas. Las subastas se celebran si hay postores que no sea el ejecutante y repito este solo puede participar si hay postores. Hay que acabar con los malos usos y con esos vicios procesales y todo porque penseis que los actos ante el Secretario tiene menos valor que los realizados ante un juez. Creo que no se te ocurrira actuar en un juicio solo, sin el abogado, haciendo de abogado, pues esto es lo mismo. A mi me hace gracia cuando no les dejo hacer de abogados con la excusa de que EN OTROS JUZGADOS SE HACE.... Y yo les digo, en que articulo esta regulado eso?.

Re: Suspension subasta imposibilidad abogado del ejecutante.

Publicado: Mié 28 Nov 2012 8:45 pm
por Maricarmen
Bueno yo creo qu el procurador como representante del ejecutante puede intervenir en la subasta y hacer posturas como cualquier otro postor.
Lo que no puede es solicitar en caso de falta de postores la adjudicacion, para eso tienen que presentar escrito con firma de letrado, y es en este caso donde por mala practica , se suele recoger en el acta de la subasta desierta que el procurador de la ejecutante, vista la no concurrencia de postores solicita tal tal,,,,esto es lo mal hecho, pero la participacion en subasta del ejecutante, hacer las pujas, si la puede hacer el procurador qe tiene poder del mismo y representacion.

Re: Suspension subasta imposibilidad abogado del ejecutante.

Publicado: Mié 28 Nov 2012 10:31 pm
por Procurador
¿Firma de letrado? ¿Eso que es? Ahhhhh lo que echan en la demanda y el recurso de apelación...vale vale.

Re: Suspension subasta imposibilidad abogado del ejecutante.

Publicado: Jue 29 Nov 2012 2:37 am
por conquense
El abogado es ese que pasa la minuta por mucho mas dinero que el procurador y al que los procuradores, por lo que se ve le hacen el trabajo ilegalmente, art 23.
Y repito, si no se pude permitir al procurador pedir la adjudicacion, tampoco pujar en las subastas como ejecutante, porqur este para actuar necesita abogado y procurador.

Re: Suspension subasta imposibilidad abogado del ejecutante.

Publicado: Jue 29 Nov 2012 3:42 pm
por Procurador
Entonces...¿qué es lo que puedo hacer en el LEGALMENTE en el procedimiento más allá de recoger notificaciones?
¿Puedo pedir una adición a un mandamiento?¿puedo solicitar una averiguación patrimonial?¿puedo pedir una mejora de embargo?¿puedo solicitar la expedición de una certificación de cargas?¿puedo reportar despachos?¿puedo hacer las demandas de ejecución?¿puedo pedir un desglose?¿puedo muchas cosas o no puedo nada?
Respondedme por favor, es que si no cuando me llame un secretario o un juez al despacho para decirme que pida le diré que yo no puedo decir ni decir ni mu así que mejor que vaya el letrado pero que no tiene pensado pasarse por el juzgado esa semana.
Me da que he estado 16 años haciendo el gili...a partir de ahora pienso vivir a cuerpo de rey...más que nada por no cometer ilegalidades. :oleole

Re: Suspension subasta imposibilidad abogado del ejecutante.

Publicado: Jue 29 Nov 2012 9:18 pm
por conquense
Pues yo como Secretario no tengo porque llamar a un procurador para que le pida... Pero dónde ejerces?.. . Solo hay que leer el art. 23, vigente... Es bien clarito y de ahi deduces y preguntas a tu colegio haber cuales son tus funciones. Muchos procuradores haceis funciones deletrado porque ellos, los letrados son muy comodos y os amenAzan, entre comillas, con irse con otro procurador, yo lo entiendo, pero tendra que llegar un dia en el que osplanteis y les digais a los letrados QUE HAGAN SU TRABAJO... Creo que su sueldo no os lo dan, a que no?

Re: Suspension subasta imposibilidad abogado del ejecutante.

Publicado: Jue 29 Nov 2012 11:48 pm
por Procurador
En Zaragoza conquense, ejerzo en Zaragoza...21 primeras instancias, 2 mercantiles, 12 instrucciones, 9 penales, 5 contenciosos, dos secciones de lo contencioso en el TSJA, 6 secciones en la Audiencia, 2 menores y de los sociales no tengo ni zorra idea porque en 16 años he llevado dos asuntos allí y sólo me notificaron la admisión :-P.
Lo que no sé es qué hacen los procuradores allá donde ejerces, que entiendo que es Cuenca. Desde luego si se limitan a presentar escritos que otros hacen, recoger notificaciones e ir de vez en cuando a una diligencia con el SACE, para eso te puedo asegurar que no hace falta hacer la misma carrera que hiciste tú, ni tener códigos en el despacho ni, aún menos, estar en este foro para aprender y poder aplicar muchas de las cosas que aquí se comentan.
Además te puedo asegurar que en 16 años me ha amenazado ni entre comillas ni entre paréntesis...lo que hago lo hago porque quiero, porque considero que es mi trabajo y porque, en beneficio de mis clientes, quiero que los asuntos terminen lo antes posible y a ser posible a plena satisfacción para cobrar lo antes posible lo que me corresponde...que para eso estoy en esto, para ganarme la vida.
Y te puedo asegurar que no soy el único que lo hace y de los que sé que lo hacen, con son bastantes, al menos aquí, ninguno me ha dicho que lo haga bajo presión.
Aunque también sé que son bastantes los procuradores que no lo hacen, más que nada porque más de un letrado de los que trabajan conmigo me han llamado para que les pase modelos de tal o cual o para que les diga qué hay que hacer en tal o cual momento, sobre todo de la ejecución, aunque también a veces para saber si pueden o no proponer esto o aquello en la fase declarativa.
Y no te creas que me estoy echando flores, simplemente es que es mi trabajo.
De todas formas, te repito que ignoro dónde prestas tus servicios, pero me juego lo que quieras a que si los procuradores de allí trabajan como trabajo yo y otros de mis compañeros los asuntos no se te quedarían muertos como se te han de quedar.
En cuanto a lo hablar con los secretarios, los hay con los que sí y los hay con los que no, pero lo mismo que yo a veces entro a comentarles cosas otras veces son ellos los que nos piden "oye, porque no me presentas y dices ....", "mira a ver este asunto que estoy pendiente de que ....".
Así que por mucho que se mente el art. 23 te puedo asegurar que mis funciones son muuuuuuuchas, con y sin firma de abogado.

Re: Suspension subasta imposibilidad abogado del ejecutante.

Publicado: Vie 30 Nov 2012 1:17 am
por Oficial
Donde yo trabajo hay cincuenta y tantos procuradores y yo calculo (los conozco bien, solo hay siete más antiguos que yo) que únicamente diez actúan como Procurador (el que interviene en este foro); los demás son meros portadores de papeles y "detectores de dinero", no se leen los escritos e ignoran todos o muchos trámites.

A veces les sale caro, pues no les vale la excusa de que "... el abogado no me lo dijo", ya que sus funciones conllevan estar totalmente pendientes del pleito y gestionarlo siempre en beneficio de su poderdante, y por eso les condenan en las reclamaciones de responsabiliad.

Tenemos alrededor de un 10% de trabajo inútil por esa causa: peticiones absurdas, solicitud de actuaciones y diligencias que ya están hechas y notificadas, como por ejemplo prórrogas de anotaciones que ya están canceladas por otras ejecuciones, desgloses que ya están proveidos, escritos duplicados y en general trámites que provocan escritos que han de ser registrados y que hacen necesario sacar pleitos de los archivos y revisarlos, y que han de ser proveidos. Resoluciones por aquí, preguntas por allá, vamos, es de pena.

Ya nos gustaría a todos que los procuradores fueran más vivos. Yo, desde luego, si me viera en la necesidad de pleitear (toco muuuucha madera), tendría clarísimo la clase de profesional que buscaría. La realidad, como yo la veo, es que las profesiones de procurador y de abogado deberían unificarse, como sucede en social, cont.-advo., o como ocurre con todos los letrados de la administración y al Mº. Fiscal, pero me temo que en ese caso la inmensa mayoría de los procuradores se iban al paro o a trabajar de forma anónima a los despachos de los abogados.

Desde luego en ejecución todo se podría hacer por el procurador; en la actualidad hay procuradores que lo hacen, legal o alegalmente, aunque luego el trozo más grande de las costas se lo llevan los abogados.

Es una muestra más de la desconfianza y de los atavismos que caracterizan a esta decimonónica y sacrosanta Adminstración de Justicia. Situaciones similares se dan con el personal en relación con los secretarios, y con estos en relación con los jueces. Es decir, que unos parasitan el trabajo de otros y desaprovechamiento de potencial y capacidades.

¿Soluciones? Creo que vamos por mal camino.

Re: Suspension subasta imposibilidad abogado del ejecutante.

Publicado: Mié 04 Feb 2015 11:08 pm
por manueliv87
Hola buenas tardes a todos.
En primer lugar quería agradecer vuestras aportaciones a este foro, pues son de gran ayuda para los que no tenemos mucha idea.

Refloto el hilo para comentarles un problema que he tenido hoy en la celebración de una subasta, les agradezco su ayuda de antemano.

Llevo un tiempo ojeando las subastas públicas y me he interesado por una plaza de garaje que subastaba un juzgado de primera instancia.

Les comento como se ha desarrollado y que me aconsejan hacer. La subasta era por una ejecución hipotecaria, ha asistido una procuradora que no formaba parte del procedimiento en sustitución de la procuradora del procedimiento y ha ofrecido una postura que me dejaba en fuera de juego. Yo he comentado ( Delante de la secretaria judicial) que no podía ofrecer posturas, la he invitado a leer el articulo 23.3 de la LEC y su contestación ha sido que siempre lo han hecho así y que estaba bien hecho, que si podía licitar (a pesar de que el abogado no ha asistido y por supuesto ningún representante del mismo). Me he visto sólo ante el peligro y he dicho que si podía hacer constar en el acta de la subasta que no estaba de acuerdo con lo que se estaba haciendo y me ha contestado que no se podía poner nada, que simplemente ofreciera posturas.
Me he tenido que ir con cara de tonto y sin saber que hacer, os agradezco si me orientáis un poco, pues no se si puedo presentar recurso de revisión, solicitar la nulidad de la subasta...no se cómo debo hacerlo y si necesito abogado y procurador, pues supuestamente no formo parte del procedimiento.

Muchas gracias a todos.

Re: Suspension subasta imposibilidad abogado del ejecutante.

Publicado: Jue 05 Feb 2015 3:30 pm
por dilema
Procurador, te difiendes como un león, cuentas las cosas como son en realidad. Se van permitiendo las cosas . . . una veces por comodidad, desconocimiento, etc. y al final resulta que . . . ocurre lo que ocurre.
Desde luego yo no suspendería porque no pueda acudir el letrado.

Re: Suspensión subasta imposibilidad abogado del ejecutante.

Publicado: Jue 05 Feb 2015 6:36 pm
por Terminatrix
manueliv87, buenas tardes y bienvenido.

Me consta que conoces la naturaleza profesional de este foro. Te ruego por ello que no pidas consejo o asesoramiento sobre un tema particular. Acude a un letrado.

Gracias por tu comprensión.

Re: Suspensión subasta imposibilidad abogado del ejecutante.

Publicado: Jue 05 Feb 2015 7:48 pm
por dilema
Para oficial:
¿ tu sabes lo que se lleva de un pleito un abogado y un procurador ?
mas o menos una proporción de uno diez a favor del abogado y encima se pretende que el Procurador controle al Abogado.
Quien tiene que meter por verea al procurador negligente es el abogado y la mejor forma de hacerlo es no darle trabajo.
Ojo: soy partidario de que desaparezca la profesión de Procurador, hoy en día con los medios intercomunicativos existentes no son estrictamente necesarios . . . y por ahí van los tiros . . .

Re: Suspensión subasta imposibilidad abogado del ejecutante.

Publicado: Mié 18 Feb 2015 10:55 pm
por Invitado
Y si la imposibilidad de asistir a la subasta es del abogado del ejecutado. ¿ en ese caso suspendeis? ¿Puede estar aqui en juego la tutela judicial efectiva ?

Re: Suspensión subasta imposibilidad abogado del ejecutante.

Publicado: Jue 19 Feb 2015 12:32 am
por dilema
La experiencia rutinaria dice que es rarísimo que el abogado del ejecutado este presente en una subasta, tiene que haber algo en juego muy especial y en algunos casos asiste el Procurador del ejecutado. De contrario casi siempre esta el Procurador del ejecutante que casi siempre son Bancos o algún que otro buitre prestamista.
En la subasta publica judicial la autoridad es el SJ. asisten desde curiosos, postores, y en el acta se hace constar por el SJ el desarrollo de la misma.
La dirección de la subasta es un procedimiento integro del SJ, si hay que algo que derimir el en ese mismo momento derime.
No os comáis mas el coco, los SJ somos servidores públicos, neutros, cumplidores y hacen cumplir las normas de las subastas escrupulosamente.