por canajazz » Jue 13 Ene 2011 1:07 am
En mi opinión sí. Tienes que mirar el auto que le declara en concurso, si no te lo han aportado, requiérelo. Si el auto acuerda suspender al legal representante de sus funciones, la demanda la tendrá que poner el administrador concursal. Si en el auto sólo se intervienen sus funciones pero no se le suspende en ellas, no hay ningún problema, salvo que para ciertas cosas, desistir, allanarse, transigir, necesitará el consentimiento del administrador concursal.
Espero haberte ayudado.
En mi opinión sí. Tienes que mirar el auto que le declara en concurso, si no te lo han aportado, requiérelo. Si el auto acuerda suspender al legal representante de sus funciones, la demanda la tendrá que poner el administrador concursal. Si en el auto sólo se intervienen sus funciones pero no se le suspende en ellas, no hay ningún problema, salvo que para ciertas cosas, desistir, allanarse, transigir, necesitará el consentimiento del administrador concursal.
Espero haberte ayudado.