por arbol » Vie 03 Ene 2014 11:59 am
Buenos días, tengo una duda que auqnue principalmente se me plantea en juicio de faltas también podría darse en otros procedimientos.
Si el condenado a "x" días de multas con arresto sustitutorio en caso de impago no procede al abono de los correspondientes días de multas ¿se procece previamente a la sustitución de la pena al embargo de bienes que pudiera tener o directamente se acuerda la sustitución?. Y siendo el Secretario Judicial el encargado de la ejecución ¿Quién acuerda o bien el embargo o bien la sustitución de la pena?.
Muchas gracias.
Buenos días, tengo una duda que auqnue principalmente se me plantea en juicio de faltas también podría darse en otros procedimientos.
Si el condenado a "x" días de multas con arresto sustitutorio en caso de impago no procede al abono de los correspondientes días de multas ¿se procece previamente a la sustitución de la pena al embargo de bienes que pudiera tener o directamente se acuerda la sustitución?. Y siendo el Secretario Judicial el encargado de la ejecución ¿Quién acuerda o bien el embargo o bien la sustitución de la pena?.
Muchas gracias.