Liquidación de impuesto en detrimento de los ejecutantes.
Publicado: Jue 13 Feb 2014 1:58 pm
Aparándose en la sentencia 12/12/98 del Tribunal Supremo, Sala 3ª de lo Contencioso Administrativo, se estan liquidando el impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Juridicos Documentados, y recabándose su pago de los ejecutantes de cualquier proceso. Es decir, cuando anotamos un embargo sobre un inmueble, se liquida y se exigen al trabajador los todos los gastos por la anotación. Ello nos puede llevar a que cada vez que anotemos un embargo en vez de beneficiar al ejecutante, le estemos perjudicando si la empresa es insolvente.
A pesar de todos los comentarios que me he permitido hacer al Liquidador, referente a que lo estan haciendo mal, ya que el impulso de la ejecución es toda de oficio y que el trabajador ni siquiera ha pedido la ejecución; ellos aducen que al ser la petición inicial de ejecución a instancia de parte, los trabajadores tienen que abonar los gastos de las anotaciones.
¿Qué podemos hacer al respecto?
Si alguien tiene alguna idea que la exponga.
gracias.
A pesar de todos los comentarios que me he permitido hacer al Liquidador, referente a que lo estan haciendo mal, ya que el impulso de la ejecución es toda de oficio y que el trabajador ni siquiera ha pedido la ejecución; ellos aducen que al ser la petición inicial de ejecución a instancia de parte, los trabajadores tienen que abonar los gastos de las anotaciones.
¿Qué podemos hacer al respecto?
Si alguien tiene alguna idea que la exponga.
gracias.