Depósito e inadmisión de recurso suplicación
Publicado: Mié 04 Dic 2013 1:41 pm
¿Pérdida o devolución del depósito de 300 € en caso de inadmisión del recurso?
La regulación es confusa:
-195-2 y 230-6: no dicen nada para el caso de inadmisión por el juzgado, sea por defectos insubsanables o por no subsanación en plazo.
-199: si la sala inadmite por no subsanación en plazo de los defectos apreciados > devolución.
-200-2: si la sala aprecia causa de inadmisión insubsanable > pérdida.
Por analogía podrían aplicarse estas soluciones también a la inadmisión por el juzgado, aunque no veo justificación al diferente trato.
La regulación es confusa:
-195-2 y 230-6: no dicen nada para el caso de inadmisión por el juzgado, sea por defectos insubsanables o por no subsanación en plazo.
-199: si la sala inadmite por no subsanación en plazo de los defectos apreciados > devolución.
-200-2: si la sala aprecia causa de inadmisión insubsanable > pérdida.
Por analogía podrían aplicarse estas soluciones también a la inadmisión por el juzgado, aunque no veo justificación al diferente trato.