Instrucción de la SGAJ sobre destrucción droga.
Publicado: Mié 31 Jul 2013 12:15 am
CONVICTO Y CONFESO escribió:El secretario será siempre el contramaestre, el tramitador mayor. En la práctica, como siempre, será el negro del Juez y los foros, como siempre, se llenarán de dudas de Secretarios preguntando sobre cuestiones que corresponde resolver a los jueces, para hacerles los autos y ponérselos en la mesa para que los firme. Y después los colegas se irán a tomar un cafelito.
Para cuándo un estatuto de la fe pública procesal.
Lo último de lo último, la instrucción del magistrado Secretario General sobre las actas de incineración de droga a las que nos mandarán los jueces. ¿son las diligencias de instrucción actos procesales? . Por qué en el proyecto de código procesal penal vuelve a la presencia de los Secretarios en los juicios. Los redactores no se miran lo que está vigente. Esto es otro paso atrás. ¿Qués el la fe pública Judicial? Dar fe de lo que al Juez le sale de las narices. Por qué ha de ir el Secretario a las entradas y registros, sin no va el Juez. Ah! que el preámbulo de la reforma legal dice que es una función gubernativa que el Juez puede delegar en la Policia. Y el Secretario no da fe de actos procesales o con presencia judicial, en el peor de los casos.¿ Por qué ha de dar fe de actos gubernativos?
Cada vez entiendo menos mis funciones. No se corresponde en nada de lo que dice la LOPJ a las que hago. Creo que el único equivocado soy yo ajjjjjjjjjjjjjjjjjjj
BORRADOR INSTRUCCION
El compañero se refiere a los Articulos 5º y 6º.
Donde pone casos excepcionales, lease, siempre que el Juez quiera.
Saludos