De Gestor interino a Secretario Judicial.
Publicado: Mar 30 Jul 2013 3:40 pm
Tras leer la última convocatoria de oposiciones a SJ (BOE 8 de Julio) compruebo que se establece el acceso por promoción interna a Gestores INTERINOS con dos años de antigüedad en el desempeño de sus funciones.
Desconozco si esto había sido así en anteriores convocatorias, pero desde luego, no solo no me parece lógico, sino que incluso esta vía de acceso a gestores interinos considero que, cuando menos, (por no hablar de una vulneración de los principios de igualdad, mérito y capacidad) supone un agravio comparativo respecto de Secretarios Judiciales sustitutos, que podemos estar años y años trabajando y sin embargo, dado el inexistente interés en convocar el concurso-oposición previsto en el artículo 31 del Reglamento tanto por este Ministerio como por todos los anteriores, si queremos acceder al cuerpo de Secretarios tenemos obligatoriamente que ir por el turno libre.
Me gustaría saber qué pensáis al respecto y si alguien tiene conocimiento de que se haya impugnado alguna vez la convocatoria por este motivo.
Saludos.
Desconozco si esto había sido así en anteriores convocatorias, pero desde luego, no solo no me parece lógico, sino que incluso esta vía de acceso a gestores interinos considero que, cuando menos, (por no hablar de una vulneración de los principios de igualdad, mérito y capacidad) supone un agravio comparativo respecto de Secretarios Judiciales sustitutos, que podemos estar años y años trabajando y sin embargo, dado el inexistente interés en convocar el concurso-oposición previsto en el artículo 31 del Reglamento tanto por este Ministerio como por todos los anteriores, si queremos acceder al cuerpo de Secretarios tenemos obligatoriamente que ir por el turno libre.
Me gustaría saber qué pensáis al respecto y si alguien tiene conocimiento de que se haya impugnado alguna vez la convocatoria por este motivo.
Saludos.