STC poder Apud Acta PREVIO O SIMULTANEO al primer escrito
Publicado: Mié 26 Jun 2013 1:32 am
Ojo con esta interesante STC, que puede cambiar la actividad profesional de los Secretarios judiciales y de otros operadores jurídicos en la aplicación de lo establecido en el art. 24 LEC
El poderamiento <<apud acta>> deberá ser efectuado AL MISMO TIEMPO QUE LA PRESENTACION del primer escrito O, en su caso, ANTES DE LA PRIMERA ACTUACIÓN.
No posterior y en trámite de subsanación. El TC distingue y modula su doctrina sobre la subsanabilidad del defecto de poder, y alude a la del TS sobre hecho y acreditación del hecho, según se trae de primer escrito iniciador de un pleito o del escrito de interposición de un recurso.
http://www.boe.es/boe/dias/2013/05/23/p ... 3-5433.pdf
El poderamiento <<apud acta>> deberá ser efectuado AL MISMO TIEMPO QUE LA PRESENTACION del primer escrito O, en su caso, ANTES DE LA PRIMERA ACTUACIÓN.
No posterior y en trámite de subsanación. El TC distingue y modula su doctrina sobre la subsanabilidad del defecto de poder, y alude a la del TS sobre hecho y acreditación del hecho, según se trae de primer escrito iniciador de un pleito o del escrito de interposición de un recurso.
http://www.boe.es/boe/dias/2013/05/23/p ... 3-5433.pdf