Portal de subastas judiciales y electrónicas.
Publicado: Jue 20 Jun 2013 12:35 am
Estimados/as Secretarios/as de Gobierno:
Como ya sabéis, en virtud de la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social, se ha dado nueva redacción al artículo 668 de la LEC, estableciendo el requisito de dar publicidad a las subastas a través de su anuncio en el Portal de subastas judiciales y electrónicas dependiente de este Ministerio.
Para cumplir esa obligación legal se va a utilizar el Portal de la Administración de Justicia (PAJ), http://www.administraciondejusticia.gob.es <https://legacy.mjusticia.es/exchweb/bin ... ia.gob.es/> , (excepto para anunciar las subastas de Murcia, que se seguirán gestionando directamente en la página web http://www.subastas.mjusticia.es <https://legacy.mjusticia.es/exchweb/bin ... sticia.es/> ) al ser el primero un portal oficial del Ministerio de Justicia con una sección específica para subastas, dando así pleno cumplimiento a la citada previsión legal.
Lo anterior supone que todos los Secretarios Judiciales así como los funcionarios del territorio Ministerio ya disponen de usuario y clave para acceder al PAJ. Pero no así los funcionarios de las Comunidades Autónomas con competencias transferidas. Por ello, y para el control y gestión de los usuarios de dichos territorios, se ha considerado oportuno que los Secretarios Judiciales puedan habilitar hasta dos funcionarios de su Oficina a fin de que puedan acceder al área privada del portal y publicar los anuncios de las subastas, dotándoles de usuario y contraseña propios, sin perjuicio de que en una segunda fase puedan habilitarse más usuarios, a cuyo efecto deberá remitirse solicitud motivada por el conducto reglamentario a esta Subdirección General a fin de acordar lo que resulte procedente.
Para proceder a la habilitación deberá rellenarse el formulario adjunto remitiéndolo a la siguiente dirección de correo electrónico: coordinacion.despliegues@mju.es, solicitando el alta de los funcionarios designados. Debiendo realizar dicha comunicación en el plazo de diez días desde que se reciba esta notificación con el fin de que, en el momento en que esté operativa la aplicación en las próximas semanas, los usuarios habilitados posean su correspondiente usuario y contraseña.
Finalmente, a los efectos de la indispensable colaboración entre Administraciones Públicas, recogida específicamente en el artículo 452.3 de la LOPJ para los Secretarios Judiciales, ruego procedáis a dar traslado de esta actuación a los departamentos competentes en materia de Justicia de vuestros respectivos territorios.
Atentamente,
Madrid, a 11 de junio de 2013
El SUBDIRECTOR GENERAL DE PROGRAMACIÓN
DE LA MODERNIZACIÓN
Alfonso Lozano de Benito
Como ya sabéis, en virtud de la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social, se ha dado nueva redacción al artículo 668 de la LEC, estableciendo el requisito de dar publicidad a las subastas a través de su anuncio en el Portal de subastas judiciales y electrónicas dependiente de este Ministerio.
Para cumplir esa obligación legal se va a utilizar el Portal de la Administración de Justicia (PAJ), http://www.administraciondejusticia.gob.es <https://legacy.mjusticia.es/exchweb/bin ... ia.gob.es/> , (excepto para anunciar las subastas de Murcia, que se seguirán gestionando directamente en la página web http://www.subastas.mjusticia.es <https://legacy.mjusticia.es/exchweb/bin ... sticia.es/> ) al ser el primero un portal oficial del Ministerio de Justicia con una sección específica para subastas, dando así pleno cumplimiento a la citada previsión legal.
Lo anterior supone que todos los Secretarios Judiciales así como los funcionarios del territorio Ministerio ya disponen de usuario y clave para acceder al PAJ. Pero no así los funcionarios de las Comunidades Autónomas con competencias transferidas. Por ello, y para el control y gestión de los usuarios de dichos territorios, se ha considerado oportuno que los Secretarios Judiciales puedan habilitar hasta dos funcionarios de su Oficina a fin de que puedan acceder al área privada del portal y publicar los anuncios de las subastas, dotándoles de usuario y contraseña propios, sin perjuicio de que en una segunda fase puedan habilitarse más usuarios, a cuyo efecto deberá remitirse solicitud motivada por el conducto reglamentario a esta Subdirección General a fin de acordar lo que resulte procedente.
Para proceder a la habilitación deberá rellenarse el formulario adjunto remitiéndolo a la siguiente dirección de correo electrónico: coordinacion.despliegues@mju.es, solicitando el alta de los funcionarios designados. Debiendo realizar dicha comunicación en el plazo de diez días desde que se reciba esta notificación con el fin de que, en el momento en que esté operativa la aplicación en las próximas semanas, los usuarios habilitados posean su correspondiente usuario y contraseña.
Finalmente, a los efectos de la indispensable colaboración entre Administraciones Públicas, recogida específicamente en el artículo 452.3 de la LOPJ para los Secretarios Judiciales, ruego procedáis a dar traslado de esta actuación a los departamentos competentes en materia de Justicia de vuestros respectivos territorios.
Atentamente,
Madrid, a 11 de junio de 2013
El SUBDIRECTOR GENERAL DE PROGRAMACIÓN
DE LA MODERNIZACIÓN
Alfonso Lozano de Benito