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Notificación del auto de entrada y registro.
Publicado: Vie 31 May 2013 1:59 pm
por PRINCIPIANTE 12
En una entrada y registro si ademas del propietario hay otras personas se les notifica el auto también, porque yo solo llevo uno gracias
Re: auto entrada y registro
Publicado: Vie 31 May 2013 5:37 pm
por Terminatrix
PRINCIPIANTE 12 escribió:En una entrada y registro si ademas del propietario hay otras personas se les notifica el auto también, porque yo solo llevo uno gracias
Te paso la consulta al subforo de Penal.

Re: Notificación del auto de entrada y registro.
Publicado: Sab 01 Jun 2013 12:18 am
por Chindasvinto
No, no se notifica a todo el que esté presente. La diligencia se practica con el "interesado" que es, lógicamente, el imputado y es a este al que se le notifica el auto. Generalmente coincide con el propietario o con el "titular" de la vivienda (como arrendatario, precarista, okupa, o lo que sea). Pero si hay más personas en la vivienda no es necesario notificarles la resolución, con entrega de copia etc. A lo sumo, y si te parece mejor, hacer constar en el Acta su presencia y que les comunicas que existe una resolución judicial que ordena el registro en ese domicilio.
Saludos.
Re: Notificación del auto de entrada y registro.
Publicado: Sab 01 Jun 2013 12:41 am
por Maricarmen
No estoy de acuerdo, el auto autoriza dos cosas
.- la entrada en un domicilio, que afecta por tanto a todos sus moradores, con independencia que sea uno de ellos el imputado. El derecho de todos ellos a la inviolacion del domicilio , de todos los moradores, se pisa con le entrada , por ello el auto de entrada se tiene que notificar a todos los moradores del domicili
.- y el registro, que afectara a todos las zonas comunes y al dormitorio del imputado, evitando si es posible el registro en los dormitorios de los demas, y haciendo constar en todo caso, de quien es el dormitorio que se va a registrar antes de hacerlo.
Re: Notificación del auto de entrada y registro.
Publicado: Sab 01 Jun 2013 11:36 am
por principiante12
Gracias a vuestras opiniones, chidasvinto me quedo con la tuya
Re: Notificación del auto de entrada y registro.
Publicado: Sab 01 Jun 2013 1:28 pm
por Atalaya
principiante12 escribió:Gracias a vuestras opiniones, chidasvinto me quedo con la tuya
Justifique su respuesta
Ya en serio, tengo curiosidad por el motivo de quedarte por la respuesta que no tiene en cuenta los derechos del resto de ocupantes. ¿Has compartido piso alguna vez?
Imagina que vives en un piso compartido (situación muy frecuente hoy en día) están las zonas comunes y las habitaciones, privativas.
Un día cualquiera estás en tu cuarto y de pronto entra la policia con el SJ en tu casa, te sacan de él y se ponen a registrarlo de arriba a abajo, porque uno de tus compañeros tiene una imputación de algo (pero tú no tienes por qué saberlo). No te notifican nada ni te dan ninguna opción de defenderte de ese atropello, ¿lo ves jurídicamente correcto?
La opción de Maricarmen parece bastante más correcta a priori.
Re: Notificación del auto de entrada y registro.
Publicado: Sab 01 Jun 2013 2:07 pm
por newzel
En efecto, yo haria caso a maricarmen
Re: Notificación del auto de entrada y registro.
Publicado: Sab 01 Jun 2013 3:59 pm
por Chindasvinto
Bueno, no sé si todos hablamos de lo mismo. La pregunta venía referida a las otras personas que se encontrasen en la casa, además del propietario. Sigo pensando que no es necesario notificarles nada, partiendo del hecho de que no son interesados en el registro. Si el registro les afecta porque se van a registrar dependencias privadas suyas entonces habrá que notificarles el Auto, porque el auto hará referencia a ellos de uno u otro modo. Pero lo que yo entendí de la pregunta es que se refería a otras personas que no son ocupantes ("propietarios") de la vivienda, no a pisos compartidos.
Re: Notificación del auto de entrada y registro.
Publicado: Vie 21 Jun 2013 3:16 pm
por Top Secre
Tiene que ser como dice Maricarmen. Yo me llevo siempre un mínimo de cuatro o cinco copias del auto y diligencias de notificación.
El término interesado es demasiado genérico. ¿Interesado en qué? yo prefiero entenderlo como afectado por la entrada y registro y persona que puede ver vulnerada la inviolabilidad del domicilio, sea ocupante, morador, precarista, propietario o cualesquiera que viva o esté en la vivienda y quede acreditado por la diligencias del atestado que reside en ella. Las visitas fuera, por supuesto.