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Avales bancarios

Publicado: Jue 02 May 2013 9:53 am
por ELY
Tengo una duda,
Ya he visto que se ha tratado en otros mensajes, y en las jurisdicciones que he estado lo tenia claro. pero aqui en social no he visto el tema tratado.
yo estaba acostrumbrada a cuando se presentaba o pedia aval, que estos venian casi todos con el correspondiente reconocimiento notarial de firma; y si alguno no se presentaba asi se le requeria para ello o en su caso de comparecencia ante secretario judicial al mismo efecto.
He observado aqui en el social en el que estoy que los avales estan en hojas tal cual sin el reconocimiento notarial ni nada.
¿esto es normal en social?
si es normal, ¿es correcto o debería ser como indico arriba?
seguramente empezaré a pedir que los avales traigan la correspondiente reconocimiento de firma notarial.
como lo veis???

gracias por la ayuda.

Re: Avales bancarios

Publicado: Jue 02 May 2013 12:22 pm
por Tertuliano
Pues yo no veo ningún problema. A mi me presentan de siempre los típicos avales (bancarios) y por lo tanto no necesitan intervención notarial. Lo único que hay que tener en cuenta es que no tengan fecha límite (de caducidad).

Re: Avales bancarios

Publicado: Sab 04 May 2013 1:28 am
por Maricarmen
todos, todos, necesitan reconocimiento de firma ante federatrio publico, sea notario o secretario judicial. deben de comparecer los firmantes con su dni y exhibir los poderes que dicen ostentar como legales representantes de tal o cual, y ademas tienen que hacer constar que sera efectivo a primer requerimiento y sin beneficio de excusion.
Si no es asi se le requiere por diez dias , o los dias que os parezcan ,, para que subsanen la constitucion en forma del aval.
no te extrañe ely, hemos llegado a un momento en que por malas costumbres o por comodidad, en los juzgados en vez de aplicar las leyes se dedican a saltarsela.

Re: Avales bancarios

Publicado: Sab 04 May 2013 2:39 pm
por ELY
Si yo te contara......
Me siento mas comoda con tu opinon. Asi que pedire la aplicacion correcta