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Posible recurso contra la orden sobre el horario

Publicado: Sab 21 Abr 2012 1:41 am
por Carlos Valiña
Esta noche me he puesto un rato después de cenar a ver si se podía sostener la posición.

Ahí os dejo el resultado en barbecho a ver que os parece.

https://docs.google.com/document/d/1LIy ... 6QfwY/edit

Saludos.

Publicado: Sab 21 Abr 2012 9:31 am
por fernández soriano
Buena linea de argumentación, Carlos. Me parece que das en la diana con la condición de "personal directivo" y por tanto no sometidas nuestras condiciones a la negociación colectiva; creo que es el momento de exigir nuestro derecho a negociar nuestras condiciones laborales y salariales, recurriendo la orden y remitiendo al Ministerio un escrito, conjunto o individual, en dicha linea.
Buen trabajo. Saludos.

Publicado: Sab 21 Abr 2012 9:45 am
por Terminatrix
A mí también me gusta la linea argumental.

Creo que los compañeros podrían hacer aportaciones /sugerencias y, cuando esté definitivamente redactado y , si tú no tienes inconveniente, se podría remitir individualmente a donde corresponda.

Publicado: Sab 21 Abr 2012 12:59 pm
por girasol
Bravo Carlos, te lo has currado pero bien!
Tengo una duda: nuestro carácter de Autoridad no juega ningun papel en todo esto? porque mucho hablar de personal Directivo, pero la verdad, a mi esto me suena a sector privado...De qué sirve en realidad lo de ser Autoridad?

Publicado: Sab 21 Abr 2012 2:58 pm
por Top Secre
Me temo que lo de ser autoridad lo mismo que lo de ser personal directivo no sirve para nada. Si acaso, para el tema disciplinario y para cerrar la puerta a la negociación colectiva.

Carlos, gracias por el trabajo y el desvelo.

Veo mucho fundamento en lo que has hecho. Son muchas ideas ordenadas y argumentadas y todas en la misma dirección. Me ha gustado. :D ( aunque, si me permites una objeción cariñosa, yo quitaría la mención a Mª Luz...creo que no es el momento, dicho sea con todo el cariño y espíritu constructivo).

Me alegro mucho de esta iniciativa. Gracias de nuevo.

Publicado: Mar 24 Abr 2012 3:25 pm
por Invitado
MUCHO CUIDADO. Ver arts. 444.1º y 474.1º LOPJ. Estos preceptos, unidos, en materia de derechos y deberes (ejemplo: el cumplimiento de jornada y horario laboral es un deber) establecen expresamente la supletoriedad de la normativa del Estado en función pública para los Secretarios Judiciales. Hay jurisprudencia que lo avala.

Publicado: Mar 24 Abr 2012 4:00 pm
por Carlos Valiña
Para el ultimo invitado, puede ser un poco más explicito.

Para los demás gracias por vuestras palabras y apuntes, sigo dandole vueltas a la cosa.

Saludos.

Publicado: Jue 03 May 2012 10:53 pm
por Invitado
¿ante quien se dirige el recurso contra la orden ministerial?¿ante la sala de lo contencioso de la Audiencia Nacional o ante la del Tribunal Supremo? Yo recurro.

Gracias a Carlos Valiña por su trabajo.

Publicado: Jue 03 May 2012 11:43 pm
por tramiteitor
Dejadlo como está, y seguid haciendo lo que "hacís". No pasa nada. La vida sigue. ¿Quién controla?. Que le den al horario y a la Orden y al reloj. A sacar la faena y ya está.