Trabajar en un Instrucción o en un Mixto

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Lobo Estepario
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Trabajar en un Instrucción o en un Mixto

#1 Mensaje por Lobo Estepario »

Tengo una amiga que por circunstancias de la vida debe trasladarse cerca de casa,lo que supone moverse a un Mixto. Nunca ha trabajado en la jurisdicción penal,en su Comunidad se puede elegir :wink: , por lo que no sabe cómo estará la cosa tras la Ley 13 /2009 (NOJ)

A mi no me pillo el cambio,así que no puedo decirle nada.

¿Qué funciones asume el Secretario? Aparte de la fe pública de toda la vida ( lecturas de derechos, entradas y registros, ruedas, transcripción de grabaciones ...)

¿Cómo se resuelve? Lo hacía en ejecutorias de faltas, por auto o providencia. Ahora ¿es por decreto? O mejor ¿qué se resuelve por decreto? ¿Hay más o menos trabajo tras el cambio?

Gracias.

maru
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#2 Mensaje por maru »

Yo también trabajo en un mixto, aunque no sé cómo era la cosa antes de la reforma, porque tomé posesión después.
Te diré que mi trabajo se centra fundamentalmente en la parte civil, porque de la instrucción sigue realizándose bajo la exclusiva dirección de un juez. No he firmado ningún decreto en penal (salvo un recurso que tuvo contra una diligencia de ordenación) y sí diligencias, pero meramente procesales. Por ejemplo, en faltas, se acuerda citar por providencia, y luego la fecha del señalamiento se indica en una diligencia de ordenación, y en las previas se firma alguna diligencia de orden procesal (vuélvase a citar a quien sea, notifíquese el auto de apertura de juicio oral....). Yo no minuto atestados (aunque algún secretario sí que lo hace), porque evidentemente no me compete y la dación de cuentas la realizan directamente los funcionarios, aunque siempre te pueden responsabilizar si no se hace, o del adecuado impulso procesal... A parte de los tediosos registros, penados, Siraj, que se sufren fundamentalmente en las guardias.
Yo creo que lo peor de un mixto es que el juez, como ya estará liadillo con la instrucción, te dirá que no quiere saber nada de civil.

maru
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#3 Mensaje por maru »

Ah, y el despacho de ejecución en faltas se acuerda por auto.
Requerimiento de pago al deudor, entrega o transferencia de cantidades, resolución acordando averiguación patrimonial...eso el Secretario, como siempre. Si se embargan bienes concretos, sí podría ser por Decreto.

siberina77
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#4 Mensaje por siberina77 »

En mi opinión, todo va a depender de cómo esté el juzgado y de cómo sea el juez.

Hay Secretarios que piensan que en un mixto, el secretario para el civil y el juez para el penal. Pensar eso es un error. Cada uno tiene, dentro de cada jurisdicción, su propia función. También el juez tiene que decidir en civil, aparte de poner las sentencias de los juicios, y en cuanto al penal, te puedo asegurar que si las D.Previas están paradas, la culpa no va ser del juez. El impulso del proceso nos corresponde a nosotros, luego si una Previa está parada, deberás dar cuenta al juez para que instruya....te aseguro que por donde te pueden venir más tortas en un mixto es por el penal. El civil, mal o bien, las partes te lo mueven, los procuradores te van insistiendo, pero el penal.....como esté parado y el juez no lo mueva o no lo controle, bien controlado, por sí mismo, la responsabilidad va a ser del Secretario.

Creo que mantener mixtos hoy en día es un horror, sobre todo en algunos partidos

maru
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Registrado: Dom 28 Ago 2011 3:19 pm

#5 Mensaje por maru »

En mi caso es el juez quien piensa que civil es asunto mío (salvo sentencias, claro está, y los escasos recursos que aún resuelve el juez) y el impulso procesal y la dación de cuentas en penal, también.
Desgraciadamente, con las nuevas funciones que corresponden a los Secretarios en el orden civil, controlar también el adecuado impulso procesal en penal, es misión imposible, pero lo que dice la compañera anterior es absolutamente cierto. Soy consciente de que si algo explota en penal, el Secretario será el primero en caer.
O se cuenta con personal en el que se pueda confiar y un juez colaborador, o lo mejor es evitar los mixtos.

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Lobo Estepario
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#6 Mensaje por Lobo Estepario »

Gracias por las respuestas.
Entonces ¿casi todo el penal se tramita por auto o providencia?
Y las ejecutorias ¿también?

siberina77
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#7 Mensaje por siberina77 »

Deberá tramitarse por providencia o Auto cuando se trate de cuestiones de competencia del juez. él es el instructor, luego él deberá dictar sus resoluciones acordadndo hacer una cosa u otra. Pero no olvidemos que el impuslo del proceso corresponde al SEcretario y aunque, en mi opinión, existe un abuso de la providencia en la jurisdicción penal, aunque sólo sea por tradición, nada impide poner una D.O. del SEcretario en materias de su competencia: notificar así o asá, volver a citar...etc. Cuando haya que acordar algo que sea competencia del juez, se da cuenta y punto...Em materia de ejecutora, salvo las cuestiones relativas a la pena, son competencia del secretario: art 990 LEcrim. En materia de R. Civil art 989 es clara la remision a la LEC, y allí no veo que intervenga mucho el juez....

NOVATO EXPECTANTE

#8 Mensaje por NOVATO EXPECTANTE »

De acuerdo en que el impulso del proceso corresponde al S. J., pero no olvidemos que ese impulso se da previa dación de cuenta por parte del funcionario de gestión ¿no?.
Quiero decir que, como apuntais, es casi imposible estar al tanto del estado procesal de todos y cada uno de los procesos del juzgado para, en consecuencia, dar cuenta al juez para que resuelva, pero es que ese impulso que damos necesita que antes el Gestor nos haya dado cuenta a nosotros.
La reforma de la L.E.C. de mayo del año 2010 la establece, y no olvidemos que esa ley es supletoria de todas las demás en lo que estas no regulen. Por tanto si la lec. preveía la dación de cuenta del S. J. al Juez -igual que la lecrim en su art. 206 si no recuerdo mal-, yo entiendo que al añadirse la nueva dación de cuenta del Gestor al S.J. en la lec., esta también sería aplicable supletoriamente a la lecrim que no la contempla.
Creo que aquí se colgó una sentencia del TSJ de Cataluña que resolvía algo en ese sentido.
Además es lo que para mi tiene más sentido con las funciones que nos dieron, y con el consiguiente tiempo que ello nos resta para el control más exhaustivo y posterior impulso de todos los autos.
Yo lo veo así, no sé vosotros.
Saludos.

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Lobo Estepario
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#9 Mensaje por Lobo Estepario »

Gracias por las respuestas :wink:
"El lobo estepario vaga solitario, huyendo de la manada, buscando su libertad." Herman Hesse.

"Una persona inteligente se repone pronto de un fracaso. Un mediocre jamás se recupera de un éxito." Séneca

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