SUSTITUCIONES

Para el resto de consultas, no clasificables en los anteriores

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SUSTITUCIONES

#1 Mensaje por Administrador »

JUAN A

Parece ser que en otra singular aberración jurídica la ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación, sin respetar siquiera los tradicionales 20 dias de vacatio legis, que rigen en defecto de disposición expresa.
Que pasará entonces con la supresión de las habilitaciones, como nos vamos a sustituir coherentemente sin que haya un secretario coordinador nombrado, mucho me temo que se va a armar un buen lío y van a ser una navidades moviditas

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#2 Mensaje por Administrador »

CARLOS VALIÑA

Juan eres el segundo naufrago consecutivo que arriba a las costas de Unidad de Acción y eso que todavia no ha salido la de puerto la patera con la L.O.P.J..

Imaginate lo peor y acertaras.
Mucho me temo que va a empezar la carrera desaforada por pedir los permisos, aviso desde aqui a todos por si alguno quiere participar, y aviso de que muy probablemente la carrera no sirva para nada, porque los Tribunales tendran que "ordenar" el asunto.
En la Asamblea de Madrid quiza podamos debatir este punto y os informaremos puntualmente de las conclusiones que obtengamos.

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#3 Mensaje por Administrador »

ARCOIRIS

Para Juan A.

Según rumores fidedignos , la LOPJ se publicará en la seguna quincena de Diciembre próximo, antes de la disolución de las Cortes con vista a las futuras elecciones generales de Marzo. Respecto a tema de las sustituciones, será un caos a resolver por cada uno.

Un saludo.

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#4 Mensaje por Administrador »

CARLOS VALIÑA

Más naufragos:

En la proxima semana se reuniran los Secretarios de Primera Instancia de Madrid para ver como se comen el marron de las sustituciones. En una reunion mantenida hoy por estos mismos Secretarios, para otro objeto, se ha planteado el tema en ruegos y preguntas y se ha preguntado a Colegio y la Ups que porque han firmado esto, al parecer habrian respondido echando la culpa a los sindicatos y segun se nos informa se les ha hecho ver que la culpa es suya y no de los sindicatos.

Yo me limito a repetir que la ley aun no se ha aprobado, que va a crear un follon espantoso y que hay que confiar en que encuentre otras resistencias que se unan a la que oponemos muchos Secretarios.

El debate de las culpas no conduce a nada, cada uno sabe quien es quien en este asunto, y lo que hay que hacer es unirse y trabajar.

Os esperamos a todos en la Asamblea.

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#5 Mensaje por Administrador »

JUAN ESCRIBANO SENTADO

Bueno,siguiendo con la tonica,de estos tiempos,en que las prisas,la comida rapida,la telebasura,el aqui te pillo aqui te mato,forma parte de las esencias fundamentales de nuestros legisladores,para darse brillo y esplendor,y ser loados en la prensa ,o dar autobombo de cara a la galeria.como con ejemplo esta pasando con los denomidads juicios rapidos o el tratamiento de la violencia domestica,pues al parecer tambien va a pasar con la LOPJ.Lo de "acatio legis",les debe sonar a un concepto que no suena bien,en la escuela de los "licenciados en ciencias de las prisas en la administracion",que abundan para desgracias de todos.
Pues bien,el tema que nos afecta,les da igual,pero haya no se nos ocurrra suspender juicios,por enfermedad del secretario,ni por vacantes por taslado,ni aun que se muera tu ser mas querido.Lo importante es que haya alguien,y si nos tenemos que triplicar,pues a triplicarnos.La solcuion,solo vendria dada,cuando por agotamiento fisico,no quede nadie para llevar mas de cuatro juzgados.Entonces,podrucidas la situacion, acorrer y improvisar.Y esto ocurre,ahora,que hay problemas para que nombres secretarios de provision temporal en la gunos juzgados,pues no quiero pensar,lo que pasara,cuando no se ha previsto todavia el sistema de Secretarios Sustitutos.

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#6 Mensaje por Administrador »

FUNCIOJUSTICIA

Y en cuanto al reparto de funciones, leo y releo el PLOPJ y no consigo entender cual es la estructura que ronda por la mente del legislador; ¿por qué el registro de escritos y documentos o atestados que viene correspondiendo a los Auxiliares pasan a los futuros Gestores?. ¿Y por qué la confección de cédulas y diligencias de comunicación que eran competencia del Secretario pasan al Auxiliar¿El Gestor cómo va a gestionar nada si no puede dictar ninguna resolución de ordenación formal?. ¿Y qué pinta el Secretario en la tramitación? ¿Se pisaran estos y los Jueces las competencias procesales?.
No entiendo nada.

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#7 Mensaje por Administrador »

JUAN ESCRIBANO SENTADO

Bueno es lo quese trata,en la administracion,y de la justicia no es una expecion,rige el principio universal de los hermanos Marx:"La parte contratante de la primera parte,es la parte contratante de la primera parte,etc.".Es decir todo el mundo tiene funciones,y ninguno sabe lo que tiene que hacer en realidad.Bueno,uno si,el Juez,que en esto esta claro.poner sentencias,y a vece ni esos,que se la ponen los funcionarios.Ya se sabe lo que es un juzgado,el juez manda y gobierna,pero delega,pero de vez en cunado ruge,el secretario,un poco menos,y a veces hace de mas y otra de menos,pero es el de la Fe y cosas de stas y el de las penlas, los funcionarios,pues cada uno hace lo que pueden,lo que le mandan mas o menos bien o mal,y todo es un gran circulo,que sigue el siguiente principio,y esta ley no es ajena:Ven por la mañana,y sorpresas te dara la vida.A y otro,y to de ofendas,que aun siendo secretario,me lo tengo que tragar:no pienses mucho,que la lucesita del juzgado ya piensa por nosostros.

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#8 Mensaje por Administrador »

FUNCIOJUSTICIA

¿Has bebido?, porque no he entendido absultamente nada. (n/m)

Juan Escribano Sentado
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#9 Mensaje por Juan Escribano Sentado »

No he bebido,porque no bebo.Solo que cada vez,que hay una reforma,de esta clase,creo que nos vamos,metiendo en un submundo de ambiguedades,del que todos somos victimas y sufrimos las consecuencias,para no se sabe que fin ultimo.

PUCELA

Las sustituciones.

#10 Mensaje por PUCELA »

Pues yo quiero introducir un nuevo elemento de confusión en este tema de las sustituciones, y la supresión de las habilitaciones que ya me han planteado los Oficiales del Juzgado.
Ya no es que no se pueda habilitar a ls Oficiales sin tener un secretario sustituto, que habrá que ver cómo compaginamos la ubicuidad del Secretario con el tema.
Es que yo, por ejemplo llevo muchos meses sustituyendo en otro Juzgado dónde entran en Sala los Oficiales habilitados.¿ Qué pasará ahora?. En ese Juzgado ¿ quién entrará en Sala, si se supone que el secretario, que está allí en Sustitución Reglamentaria estará entretenidísimo en su propio Juzgado con sus propios juicios y los Oficiales ya no pueden entrar?
¿ qué solución se os ocurre? Porque a´mí esto me está quitando el sueño, y tanto los Oficiales de mi Juzgado como los del Juzgado en que sustituyo esperan una respuesta. ( y por supuesto esa respuesta no me la ha sabido dar ni Gerencia, ni Ministerio, ni TSJ..que sólo me queda llamar a Aramis Fuster).
Tengo entendido que el 12 de diciembre hay reunión de UPS y Colegio para tratar las novedades de la Ley, y a resultas de esa reunión se ha convocado otra aquí en Barcelona el día 19.Espero que se trate este tema, porque tanto." ya se verá sobre la marcha" ya cansa.Estilo Español, claro.Un saludo.

deshabilitado

#11 Mensaje por deshabilitado »

que no inhabilitado.

¿quién debe entrar en Sala?

La respuesta la da la propia reforma el Secretario judicial.
En caso de que no haya un Secretario Judicial, la vista en que es preceptiva su asistencia se convierte en un acto nulo de pleno derecho. Nulo, no anulable.

terminus

habilitaciones

#12 Mensaje por terminus »

Lo de las habiitaciones a los Oficiales es el mayor cachondeo del mundo y si sois consecuentes tendreis que darme la razón, habilitas a alguien para que haga tu trabajo a cambio de nada... donde se vio eso... yo estoy habilitado por la gracia de Dios y me dijeron que tenía que entrar en sala y dije que no que si hay otros Secretarios de la misma jurisdiccion que entren ellos que la Sala esta por encima de cualquier otra labor, no entre en Sala.

HABILITADO

#13 Mensaje por HABILITADO »

Compañero Terminus , supongo que has tenido una mala experiencia con las habilitaciones, pero no hay que generalizar. Yo, he estado habilitado desde que tomé posesión en mi primer destino y destino tras destino he pedido a los distintos Secretarios que me habiliten y te puede decir que de a cambio de nada no, pues debes saber que hasta ahora las habilitaciones puntuan 0.1 puntos por mes para ascenso por promoción interna . Te puedo asegurar que ni en una sola ocasión durante el tiempo que he estado habilitado me he sentido engañado ni mucho menos explotado. Pues siempre he sido yo quien ha pedido la habilitación. No generalicemos pues conseguir puntos para intentar la promición y que aún no he conseguido me ha costado MUCHO DINERO Y ESFUERZO y los puntos de la habilitación nos han venido muy bien a muchos oficiales y supongo que sabrás que la mayoría de los Oficiales que promocionan han estado habilitados y no creo que se sientan explotados. Además como sabrás las habilitaciones se pueden recurrir. Un saludo.

Oficial

Habilitaciones

#14 Mensaje por Oficial »

Pues el Secretario/a del Juzgado donde estoy destinado no me ha querido habilitar, ya sabes, por eso de que queda como mucho más del Grupo A que yo haga su curro y el/ella cobre la pasta... mucho morro es lo que hay.

terminus

#15 Mensaje por terminus »

Querido HABILITADO, no he tenido ninguna mala experiencia ( con los Secretarios, sí con los Jueces) en los últimos tiempos... pero la habilitación por puntos para quien los quiera... y yo no los quiero, no me interesa, no quiero puntos quiero cobrar por lo que hace uno nada más, no quiero cobrar por lo que hace un Secretario si no lo hago, pero si hago una parte creo que tengo derecho...
En cuanto a entrar en Sala no me hizo falta ningún recurso no entre porque no tenía que entrar habia otros Secretarios y la Sala segun el C.G.P.J. es la funcion primordial de los Secre. por encima de cualquier otra y como habia mas de uno...pues les tocó.

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vctrob
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Re: SUSTITUCIONES

#16 Mensaje por vctrob »

No creo que el tema de las sustituciones sea tan lioso durante la vacatio legis; ¿tan difícil es ponerse de acuerdo con los compañeros de orden jurisdiccional?. Tras la entrada en vigor, el Secretario de Gobierno, ya que todavía no habrá Secretarios coordinadores, puede optar por hacer uso de la discrecionalidad (lo cual es bastante arriesgado) o instar a los Secretarios de cada provincia y orden jurisdiccional a que le remitan en un plazo breve un acuerdo que fije el régimen de sustituciones, como hasta ahora exigía el reglamento, y que éste sea vinculante para cada uno (esto parece más sensato). Por supuesto, estoy hablando de sustituciones cortas, ya que en el caso de las largas el Secretraio de Gobierno debe articular un sistema para su cobertura inmediata, bien a través de las Bolsa de Trabajo, bien a través de Gestores Procesales como Secretarios Judiciales Sustitutos, y conforme al procedimiento previsto en el artículo 476 j), instando al Ministerio la articulación inmediata de un procedimiento para su designación.

JUAN ESCRIBANO SENTANDO

dia 15-01-2004:DIA CLAVE.

#17 Mensaje por JUAN ESCRIBANO SENTANDO »

Como sabeis este dia entra en vigor la LOPJ,y a partir de esta fecha las habilitaciones concedidas y registradas en las Secretarias,dejan de tener vigencia (D.A. sexta).
Esto significa,que en aquellos juzgados donde hay una vacante por cualquier causa,el sustituto del Secretario,sera otro Secretario Judicial,pero nadie mas.Como por ahora no hay sustitutos,los juicios no podran celebrarse,el compañero que sustituya,debera tomar las medidas para asegurar con un minimo de presencia,su actuacion en aquellos asuntos que por su especial circunstancia,(Por ejemplo una causa con preso)sea mejor no suspender por falta de Secretario,es decir debera desdoblarse,a fin de evitarse males mayores.Ya sabemos como esta el Codigo Penal en esta materia.
Por supuesto ,lo primero que haria yo,seria poner esta circunstancia,a falta por ahora de Coordinador, al Secretario de Gobierno,que por desde ahora es mi Superior Jerarquico.Esto es lo que se acordado en la Junta de Secretarios de Barcelona,celebrada el dia 19 de diciembre del 2003,ya que la ley en este aspecto es bastante clara.
Otra cosa,y creo que ocurre en muchos TSJ,es que el Secretario de Gobierno,este a punto de jubilarse y esta reforma le venga grande,en cuyo caso puede ocurrir de todo(en algunos casos no saben ni usar el ordenador,lo cual es logico para lo que les queda).
Como es normal,creo que a partir del dia 15 no va pasar otra cosa,que las normales.En primer lugar,porque ya era hora,de que desapareciera el sistema tan arcaico de las habilitaciones,y se sustituyera por uno mucho mas logico,como el ahora desarrollado por la ley,y que por otra parte no priva a los gestores de desarrollar sustituciones,pero esta vez serias y sin trampas.
En segundo lugar,si en algun juzgado,no hay Secretario,y no se pueden celebar juicios,pues igual que pasa cuando no hay juez,se suspenden por fuerza mayor.Estamos lo Secretarios,mas que hartos de presenciar suspensiones,por simples tonterias,y en cambio,cuando era al reves no pasaba nada,no se suspendia nada,aunque te estuvieras muriendo,o alegaras una circunstacia muy justificada.Era el sistema de buscate la vida,con otro compañero o con el oficial habilitado(que a veces con mala cara entraba en Sala),para poder solucionarte un problema.Cuando era al reves,sigo inistiendo,nadie protestaba,y todo a repetirse.
En tercer lugar,creo que el Ministerio es consciente de este tema,y debe estar,mi figuro elaborando alguna circular al respecto.Se hablaba de que hasta que se nombres los Coordinadores Provinciales,estas funciones las realizarian los Secretarios Decanos de la capital de provincia,o en su caso quien designara el Secretario de Gobierno,pero vamos son todo conjeturas)
Asi,pues animo,que a partir del dia 15,el de enfrente,no tendra mas remedio que levarse bien con nosotros,o de lo contrario,le podran vebir problemas..
Saludos

juan escribano

Exeso de jueces y falta de secretarios.

#18 Mensaje por juan escribano »

Publica el dia 2-3-04 el Diario de Noticias de la Ley,en su pagina web,que hay o va a haber cerca de cuatrocientos jueces en expectativa de destino,de los cuales un poco mas o menos de la mitad,podran cubrir plaza,con la creación de nuevos ordenes y otro grupo importante por las jubilaciones.A pesar de ello,les quedaran unos 160 o mas que no tendran plaza,y estaran un poco para todo.Es algo insolito en este pais,que se apruebe una oposicion de estas caracteristicas,y despues se este dando tumbos por los juzgados,hasta que quede una vacante.Los unicos perjudicados,por esta situación,son en primer lugar los jueces sustitutos,y despues ellos mismos,porque y a pesar de lo que diga el Consejo y alguja asociación la figura del sustituto debera seguir existiendo.
Pero bueno,centrandonos en los nuestro,resulta que hay,sobretodo en Catalunya y Canarias,y no digo en otras comunidades autonomas,muchas vacantes de Secretario Judicial,que por ahora son cubiertas por provision temporal o por sustitutos,que en muchos casos carecen experiencia juridica,aunque no de practicas tramitadoras y de otro tipo.Y me pregunto yo,¿No estaria nada mal,que mientras les ofrecen un destino definitivo,a estos chicos/as,en expectatativa de destino,y dada su preparación,pudieran cubrir temporalmente estas vacantes?.Creo que seria una salida digna,pues por lo menos,la experiencia les hiria fogeando en la realidad cotidiana,y estarian haciendo algo muy concreto,en vez de estar de "machacas de otros".Este sistema funciona,por ejemplo en Holanda,donde se pasa por la funcion de Secretario,antes de ser Juez.Saludos

silente

#19 Mensaje por silente »

En un hilo del vetusto foro, el de Secretarios versus Jueces, ya se planteó sobradamente el tema....en una intervención mía, dije que eso es lo que mucha gente proponía para que hubiera "interacción" entre todos los niveles A de la justicia....
Pero, con el diseño decimonónico y corporativista que tenemos, proponer tal cosa en serio, sólo les sonará a:

SACRILEGIO


¿Cómo los llamados a una excelsa función como la jurisdiccional pueden verse avocados-abocados a tareas gerenciales-administrativas?
A gente como MAGISTRADO GRANOLLERS, no le hace falta, pues su cualidad humana (la profesional se la supongo, faltaría más :P ) le hace tener una visión amplia de lo judicial y de todos los que intervienen, sin prejuicios ni altanerías....Y también, a algunos otros que conozco.....
Pero, para la élite judicial dominante, somos poco menos que basura, y luchan para mantenernos en ese estado.......impidiendo en lo posible nuestra dignificación....rencores históricos, vamos.
Si lo propones en serio a la APM, prepárate para una querella o incoación de disciplinario por atentar contra la dignidad de la Carrera Judicial con tal disparate......
Porque, a la inversa, ni soñarlo, por supuesto.
No nos creen capaces.
Pues nada, a seguir hablando con Aino@ y a hacer de cajero del Banesto, y a archivar documentación......(y a levantar actas, claro)
Porque somos un Cuerpo Superior Jurídico :roll:
Y de lo que propones, ni por un momento lo piensan, ya que la "justicia" es lo que menos les importa a estos santones.
Cada cual en su casa, y Dios en la de todos.
Saludos. :D

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