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Sobre competencia de coordinadores

Publicado: Sab 23 Abr 2011 9:51 pm
por Invitado
¿Tienen los coordinadores competencia para distribuir el trabajo entre el personal que sirve en un juzgado? Ej, si hubiera conflicto ¿puede indicar que un agente haga embargos y decidir que el otro no los haga?

Publicado: Sab 23 Abr 2011 10:17 pm
por Terminatrix
LOPJ Artículo 467.

Bajo la dependencia directa del Secretario de Gobierno, el Secretario Coordinador ejercerá las siguientes competencias:

1. Dictar instrucciones de servicio a los secretarios judiciales de su ámbito territorial para el adecuado funcionamiento de los servicios que tienen encomendados.

2. Controlar la correcta ejecución de las circulares e instrucciones de servicio que dicte el Secretario de Gobierno del que dependa.

3. Dar cuenta de forma inmediata al Secretario de Gobierno de cuantos hechos sean relevantes al buen funcionamiento de la Administración de Justicia, así como de las necesidades de medios personales y materiales de las secretarías ubicadas en su territorio.

4. Colaborar con las comunidades autónomas con competencias asumidas, para la efectividad de las funciones que éstas ostenten en materia de medios personales y materiales.

5. Coordinar el funcionamiento de cuantos servicios comunes procesales se encuentren ubicados en su territorio, o en su caso, asumir directamente su dirección cuando exista un único servicio común procesal provincial.

6. Proponer al Ministerio de Justicia las comisiones de servicio de secretarios judiciales que, dentro de su territorio, sean precisas para el correcto funcionamiento de las oficinas judiciales.

7. Resolver las sustituciones de los secretarios judiciales de su ámbito valorando, en su caso, los requisitos a satisfacer por el sustituto en relación con el puesto que deba sustituir.

8. Las demás que establezcan las leyes y su propio reglamento orgánico.

Publicado: Dom 24 Abr 2011 12:05 am
por Carlos Valiña
Sí y no, o para ser mas exactos NO y sí.

En principio la competencia para distribuir el trabajo en un juzgado es o era (le han devuelto parte al Juez), exclusiva del Secretario y esto con matices porque el verdadero jefe de personal es la Comunidad Autonoma o el Ministerio y si se metieran en ese terreno (cual podria suceder si se sigue adelante con la tontuna de los Servicios Comunes) la cosa podria oscurecerse bastante.

Pero ante al autismo bastante generalizado del ejecutivo en todas sus formas, la competencia es en general del Secretario y lo es del Secretario del Juzgado y no del Coordinador.

Si el Coordinador se metiera en este terreno su acto seria impugnable y normalmente el recurso se ganaria.

Cuestion distinta, es que la distribucion del trabajo que hace el Secretario sea completamente atrabiliaria, injusta, con desviacion de poder, absurda, etc en cuyo caso entra dentro de lo razonable y previsto por la norma, no en vano estamos administrativizados practicamente en todo, que el Coordinador pudiera conocer en via de recurso contra un acuerdo de reparto del trabajo del Secretario Base, y si no se veian razones de peso para mantenerlo, modificarlo.

De manera que yo pienso que de propia mano en circunstancias normales no puede hacerlo y solo podria en via de recurso.

Ahora bien, si nos metemos en el pandemonium de los nuevos servicios comunes, aunque en principio deberia funcionar la misma logica de las cosas, tengo para mi que las cosas se oscurecen un poco y podria pasar cualquier cosa.

No se olvide ademas que en todo este ambito, no importa tanto que se puede hacer o no con arreglo a la ley, sino que se hace por el que manda, quien esta dispuesto a impugnarlo y si los organos administrativos o judiciales que al final conozcan del asunto estan dispuestos a dar la razon al que la tiene o se la daran al que manda aunque no la tenga.

A mi juicio por ejemplo la instruccion gemela consejo ministerio es contraria a la ley pero no he tenido noticia de ningun recurso contra la misma, con lo cual vendra para quedarse, y anulara competencias legales del Secretario de facto.

El terreno que tu planteas es un campo de minas y gente dispuesta a desactivarlas hay muy pocos y a la mitad a la que pueden se los cargan.

Saludos.

Publicado: Dom 24 Abr 2011 7:51 pm
por Invitado
Gracias a los dos. Lo que está claro es que no hay seguridad en nada con lo cual también es difícil mantener una posición "segura" en tu trabajo. Uno se gana por su hacer el respeto de toda una plantilla y hay riesgo que con este tipo de normas confusas etc etc pueda hasta tener razón un coordinador que no respete nada y se meta en tu secretaría a decidir lo que debe y lo que no debe porque hay un parrafillo que le da la razón. Empiezo a entender los que se han limitado en su vida profesional a ser sumisos. Siempre me repugnaron pero en la actualidad, entre normas confusas y mucha soledad, habrá que aprender echándole las horas que haga falta a ser sumisos en el peor sentido de la palabra. Tanta lucha para ésto, es terrible.
Somos al único cuerpo al que le pasa ésto, que sus propios jefes no respetan. Uno, no es Viriato ni tiene porque serlo, uno solo ha tenido decencia, profesionalidad, lucha por el cuerpo de secretarios, enfrentamientos con aquellos que lo atacaban y ahora éstos....los nuestros.
Bueno, nos hemos equivocado de cuerpo y además tenemos mala suerte.

Lado positivo

Publicado: Dom 24 Abr 2011 8:49 pm
por PipelineR
Por ver el lado positivo, si bien en un Juzgado donde todo va como la seda la orden del S.Coord. puede traer distorsiones, no es menos cierto que en un Juzgado con uno o varios funcionarios rebeldes (que también los hay) probablemente haya menos resistencia si la orden viene del superior jerárquico, vamos que será difícil que dicho comportamiento continúe. Sin embargo creo que lo ideal en estos casos es que la actuación del S.Coord. lo fuera a petición de los SJ de un partido o grupo de Juzgados determinado en los que existiera el problema.:idea:

Publicado: Dom 24 Abr 2011 9:44 pm
por Invitado
Las circunstancias han cambiado tanto, que ya puede pasar cualquier cosa. Ahora, un secretario coordinador puede y de hecho asi ha sucedido en un caso en el que solicitaron registros simultáneos decidir que fueran varios secretarios de Instrucción además del de guardia,claro, y a su vez que ellos en su juzgado fueran sustituidos por otros Secretarios de otros órdenes jurisdiccionales ya que tenian juicios de faltas señalados. Y esto sin noj ni Servicios comunes ni nada de nada.Es decir que si pueden decir :tú dejas el trabajo de "tú Juzgado"para ir a cumplimentar un exhorto y otro Secretario va a ir a desempeñar lo que tienes señalado en el tuyo por considerar que efectivamente el de Instrucción tiene mas experiencia en dichos menesteres,pues así se ordena y punto. Cuesta cambiar de chip pero mejor que empecemos cuanto antes.

Publicado: Dom 24 Abr 2011 10:41 pm
por Invitado
Art. 18.e) del ROCSJ: es competencia del Secretario Coordinador "Organizar y distribuir el trabajo de los Secretarios Judiciales y de los funcionarios de los Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia..." Este precepto trata de regular una mínima movilidad funcional de los funcionarios. Los Secretarios Judiciales, por contra, tenemos una movilidad casi única entre los funcionarios de todos los Cuerpos. Así, nos pueden mandar cualquier día del año a trabajar a cualquier Juzgado de la provincia en caso de necesidad, incluidos sábados y domingos para hacer guardias. También nos pueden mandar cualquier día del año y a cualquier hora a colaborar en la realización de entradas y registros simultáneos. No conozco ningún otro Cuerpo de funcionarios en España que tenga unas condiciones de trabajo tan penosas.

Publicado: Dom 24 Abr 2011 10:57 pm
por Carlos Valiña
Si conectamos ese lamentable art. 18 con lo que dice la LOPJ
5. Coordinar el funcionamiento de cuantos servicios comunes procesales se encuentren ubicados en su territorio, o en su caso, asumir directamente su dirección cuando exista un único servicio común procesal provincial.
Observaremos que en buena logica eas funciones que les da el art. 18 de organizar y distribuir el trabajo entre los Funcionarios estan pensadas mas bien para los Servicios Comunes.

Ahi la competencia es directa si hay un solo Servicio Comun, indirecta si hay varios y a mi juicio inexistente, en los juzgados tradicionales.

Aun asi que esa indirecta se convierta en directa por extralimitacion, vistos los lamentables terminos del art. 18 entra dentro de lo probable, y que afecte a los Juzgados, de lo posible, al menos sobre el papel.

En la practica dudo mucho de que un Coordinador vaya de motu propio a meterse en tales follones de dirigir funcionarios o repartir trabajos en organos en los que no esta destinado ni muchas veces tiene ni pajolera idea de que van realmente.

Lo normal sera, si quiere entrometerse, que achuche a su subordinado para que lo haga el, es decir, lo que han hecho toda la vida los jueces con nosotros, y cosa que le resultara mas facil, pues al que ha sido siempre esclavo, cambiar de caporal suele serle sencillo y mas si viene disfrazado de compañero Secretario.

Saludos.

Publicado: Lun 25 Abr 2011 9:31 am
por Terminatrix
Carlos Valiña escribió: Lo normal sera, si quiere entrometerse, que achuche a su subordinado para que lo haga el, es decir, lo que han hecho toda la vida los jueces con nosotros, y cosa que le resultara mas facil, pues al que ha sido siempre esclavo, cambiar de caporal suele serle sencillo y mas si viene disfrazado de compañero Secretario.
Y a algunos realmente les gusta ejercer ese poder . Ya lo dice el refranero : ni sirvas a quién sirvió , ni pidas a quién pidió :cry:
invitado escribió:Así, nos pueden mandar cualquier día del año a trabajar a cualquier Juzgado de la provincia en caso de necesidad, incluidos sábados y domingos para hacer guardias. También nos pueden mandar cualquier día del año y a cualquier hora a colaborar en la realización de entradas y registros simultáneos. No conozco ningún otro Cuerpo de funcionarios en España que tenga unas condiciones de trabajo tan penosas.
O lo que es lo mismo : si quieren , pueden p... vivo. Basta con que des con una mala persona a la que le guste ir de jefe y con la que hayas tenido un desencuentro. Podrás recurrir y tal y tal , pero mientras tanto , te fríe .

Publicado: Lun 25 Abr 2011 12:06 pm
por Invitado
completamente de acuerdo con el invitado de las 8:41. Creo que todavia nos cuesta entender el alcance de la reforma del 23 de diciembre de 2003. Esta supuso un antes y un después. En la actualidad como dijo un dia Valliñas nuestro destino no es "el juzgado" si no los Juzgados de toda la Provincia,entre o no entre en funcionamiento la noj.Y evidentemente no existe colectivo alguno que tenga nuestras condiciones laborables. Eso que SIN ESTAR DE GUARDIA y COMPLETAMENTE FUERA DEL HORARIO LABORAL tengas que ir a hacer registros a las cinco de la mañana,lo que presupone una disponibilidad continua 24 horas durante 365 dias del año, una disponibilidad de facto que no se nos reconoce oficialmente ni se nos paga....a ver que derechos laborables tenemos nosotros..... ni en tiempos de la esclavitud. A ver que colectivo traga esto mas que nosotros... Creo que como Cuerpo tendríamos que hacer algo,continuamente estamos pensando en pelearlo en los Tribunales y llegar a la instancia que hiciera falta. Yo desde aqui hago un llamamiento a Valiñas que seguro nos da una idea certera.Este problema puede parecer muy lejano a los que están en otros organos jurisdiccionales,pero como Cuerpo creo que debieramos hacer algo.

CSI

Publicado: Lun 25 Abr 2011 1:28 pm
por PipelineR
Anonymous escribió: Eso que SIN ESTAR DE GUARDIA y COMPLETAMENTE FUERA DEL HORARIO LABORAL tengas que ir a hacer registros a las cinco de la mañana,lo que presupone una disponibilidad continua 24 horas durante 365 dias del año, una disponibilidad de facto que no se nos reconoce oficialmente ni se nos paga....a ver que derechos laborables tenemos nosotros..... ni en tiempos de la esclavitud. A ver que colectivo traga esto mas que nosotros...
Sinceramente no sé qué pinta un SJ en una entrada y registro o en un levantamiento de cadáver. En la primera es imposible que pueda controlar que un hipotético poli malo esconda una prueba y otro la encuentre encasquetándosela al acusado. En el segundo no aporta absolutamente nada a lo que dice el especialista, el médico forense. Y unos y otros son funcionarios públicos, tanto la Policía Judicial como el forense.

Quizás va siendo hora de crear un Cuerpo de Policía Científica dependiente del Juez y que incluya al forense, al estilo CSI -y que sean estos los que levanten las actas-. Y que para entrar en ese CSI no haga falta pasar antes por la escala básica y la ejecutiva sino que hayan pruebas de acceso para verdaderos Licenciados en Criminología y no atletas que se hagan los 3.000 metros libres en un tiempo determinado y pierdan 10 años aprendiendo y escalando dentro. Dios es sabio y al que le dio cerebro es probable que no le diera condiciones atléticas y viceversa, no me imagino a Grisson corriendo 3 kms. :) Ni falta que le hace. A ver si con la LECr que viene de camino empiezan a actuar con lógica. :idea:

Re: CSI

Publicado: Lun 25 Abr 2011 3:22 pm
por Terminatrix
PipelineR escribió:
Anonymous escribió: Eso que SIN ESTAR DE GUARDIA y COMPLETAMENTE FUERA DEL HORARIO LABORAL tengas que ir a hacer registros a las cinco de la mañana,lo que presupone una disponibilidad continua 24 horas durante 365 dias del año, una disponibilidad de facto que no se nos reconoce oficialmente ni se nos paga....a ver que derechos laborables tenemos nosotros..... ni en tiempos de la esclavitud. A ver que colectivo traga esto mas que nosotros...
Sinceramente no sé qué pinta un SJ en una entrada y registro o en un levantamiento de cadáver. En la primera es imposible que pueda controlar que un hipotético poli malo esconda una prueba y otro la encuentre encasquetándosela al acusado. En el segundo no aporta absolutamente nada a lo que dice el especialista, el médico forense. Y unos y otros son funcionarios públicos, tanto la Policía Judicial como el forense.

Quizás va siendo hora de crear un Cuerpo de Policía Científica dependiente del Juez y que incluya al forense, al estilo CSI -y que sean estos los que levanten las actas-. Y que para entrar en ese CSI no haga falta pasar antes por la escala básica y la ejecutiva sino que hayan pruebas de acceso para verdaderos Licenciados en Criminología y no atletas que se hagan los 3.000 metros libres en un tiempo determinado y pierdan 10 años aprendiendo y escalando dentro. Dios es sabio y al que le dio cerebro es probable que no le diera condiciones atléticas y viceversa, no me imagino a Grisson corriendo 3 kms. :) Ni falta que le hace. A ver si con la LECr que viene de camino empiezan a actuar con lógica. :idea:
Por completo de acuerdo con los dos :wink:
En los levantamientos no pintamos nada. Dice mucho más el reportaje fotográfico policial y el informe forense que lo que nosotros podamos plasmar en el acta de levantamiento.

Y sobre los registros policiales , el 95 % de ellos coladero para intentar obtener las pruebas que una escasa o deficiente investigación no han logrado , no puedo estar más de acuerdo con PipelineR. A mí me han llegado a decir los agentes que el registro era para meter un poco de ruido y acallar voces de grupos ciudadanos o , directamente , para darles un susto a los malos ¿ Qué pinta ahí el SJ ? Absolutamente nada. Y encima te utilizan para dar cobertura al esperpento :evil:

Y en los partidos judiciales pequeños y conflictivos a nivel de guardias estás listo de papeles porque te comes todos los registros simultáneos estés o no de guardia y sea el horario que sea . No me extraña que la gente se las pire en cuanto puede .

Re: Lado positivo

Publicado: Lun 25 Abr 2011 10:29 pm
por Invitado
Pasa que la autoridad que puedas tener queda menoscabada si interviene un coordinador pues no deja de ser una desautorización. Así las cosas, dificilmente se puede continuar en el trabajo y, si, los hay que se meten simplemente porque alguien discrepa de sus criterios en otros temas y ya eso fastidia. Ya se sabe, "para saber como es el personajillo, dale un carguillo". Recurrir, díficil lo tiene uno porque sabes que te va a resolver el recurso, el secretario de gobierno que no va a desautorizar a su "representante". Así no se puede trabajar. Lo único factible es que hubiera un rechazo de los secretarios del lugar por una actuación arbitraria del coordinador pero eso no va a pasar nunca. :?

Re: CSI

Publicado: Mar 26 Abr 2011 9:01 pm
por Invitado
Terminatrix escribió:
PipelineR escribió:
Anonymous escribió: Eso que SIN ESTAR DE GUARDIA y COMPLETAMENTE FUERA DEL HORARIO LABORAL tengas que ir a hacer registros a las cinco de la mañana,lo que presupone una disponibilidad continua 24 horas durante 365 dias del año, una disponibilidad de facto que no se nos reconoce oficialmente ni se nos paga....a ver que derechos laborables tenemos nosotros..... ni en tiempos de la esclavitud. A ver que colectivo traga esto mas que nosotros...
Sinceramente no sé qué pinta un SJ en una entrada y registro o en un levantamiento de cadáver. En la primera es imposible que pueda controlar que un hipotético poli malo esconda una prueba y otro la encuentre encasquetándosela al acusado. En el segundo no aporta absolutamente nada a lo que dice el especialista, el médico forense. Y unos y otros son funcionarios públicos, tanto la Policía Judicial como el forense.

Quizás va siendo hora de crear un Cuerpo de Policía Científica dependiente del Juez y que incluya al forense, al estilo CSI -y que sean estos los que levanten las actas-. Y que para entrar en ese CSI no haga falta pasar antes por la escala básica y la ejecutiva sino que hayan pruebas de acceso para verdaderos Licenciados en Criminología y no atletas que se hagan los 3.000 metros libres en un tiempo determinado y pierdan 10 años aprendiendo y escalando dentro. Dios es sabio y al que le dio cerebro es probable que no le diera condiciones atléticas y viceversa, no me imagino a Grisson corriendo 3 kms. :) Ni falta que le hace. A ver si con la LECr que viene de camino empiezan a actuar con lógica. :idea:
Por completo de acuerdo con los dos :wink:
En los levantamientos no pintamos nada. Dice mucho más el reportaje fotográfico policial y el informe forense que lo que nosotros podamos plasmar en el acta de levantamiento.

Y sobre los registros policiales , el 95 % de ellos coladero para intentar obtener las pruebas que una escasa o deficiente investigación no han logrado , no puedo estar más de acuerdo con PipelineR. A mí me han llegado a decir los agentes que el registro era para meter un poco de ruido y acallar voces de grupos ciudadanos o , directamente , para darles un susto a los malos ¿ Qué pinta ahí el SJ ? Absolutamente nada. Y encima te utilizan para dar cobertura al esperpento :evil:

Y en los partidos judiciales pequeños y conflictivos a nivel de guardias estás listo de papeles porque te comes todos los registros simultáneos estés o no de guardia y sea el horario que sea . No me extraña que la gente se las pire en cuanto puede .
Con lo que cayó en su momento con el sumario del 11M y las pruebas obtenidas por la policía y las piezas de convicción custodiadas por la policía y con las cosas que se dijeron y dicen aún sobre la policía, me gustaría ver la credibilidad de las actuaciones de instrucción a base de Policía y Ministerio Fiscal. Y no es porque yo las ponga en duda, pero si con juez instructor y secretario judicial el sumario es puesto en duda, sin estas figuras no me imagino lo que pasará. O SÍ.

Publicado: Mar 26 Abr 2011 10:27 pm
por Carlos Valiña
Gracias al invitado que confiaba en mi para tener una idea, jeje, pero ahora mismo el problema es de personas, no de ideas.

Mientras el colectivo siga fiando en lo que le cuentan determinadas personas, y mientras cada uno de sus miembros no se ponga en pie de guerra, de nada sirven ni mis ideas ni las de nadie.

De momento toca oprobio y olvido y toda mi energia se va a otras batallas, por ejemplo llevo metidas siete horas estudiando plantear un posible conflicto de atribuciones con otro Secretario.

Si algun dia la gente esta por la labor de pelear de verdad, sabeis que podeis contar conmigo.

Aprovechando reitero una propuesta que hice algunos dias, porque no sacamos en el foro una propuesta conjunta de reforma de la justicia con apoyo de gente de todos los cuerpos, y profesionales.

Podriamos enviarsela al nuevo ministro de justicia.

Saludos y lo dicho gracias por tu aprecio.

Re: CSI

Publicado: Mié 27 Abr 2011 12:26 am
por PipelineR
Anonymous escribió:Con lo que cayó en su momento con el sumario del 11M y las pruebas obtenidas por la policía y las piezas de convicción custodiadas por la policía y con las cosas que se dijeron y dicen aún sobre la policía, me gustaría ver la credibilidad de las actuaciones de instrucción a base de Policía y Ministerio Fiscal. Y no es porque yo las ponga en duda, pero si con juez instructor y secretario judicial el sumario es puesto en duda, sin estas figuras no me imagino lo que pasará. O SÍ.
Hombre, habría que crear un cuerpo de Policía Científica independiente, con un estatuto propio y formado por criminalistas. Aparte de que cosas como el 11M será difícil que se repitan, en casos como ese aunque pusieras a 20 jueces de instrucción va a haber controversia siempre -de hecho parece que en ese caso concreto colaboraron varios jueces en la recogida de muestras-.

El hecho es que nadie se fía de nadie y se desaprovechan recursos, lo típico de un obrero picando y cuatro mirando. No hay confianza en los Procuradores para las notificaciones, no hay confianza en el Letrado del imputado para que le informe de las consecuencias de la conformidad, no hay confianza en los Fiscales porque dependen del Fiscal General del Estado. A cada resolución interlocutoria se le suceden sucesivos recursos -aunque muchas veces sea porque el funcionario la haya pifiado-, el SJ debe ser ubicuo y acompañar al Juez hasta cuando va al baño... Debe haber un límite, y yo creo que se pueden optimizar recursos redistribuyendo funciones y no limitando el acceso a la segunda instancia, recortando los plazos a las partes o exigiendo depósitos y tasas. Pero bueno, si lo quieren dejar así, ellos sabrán.

Re: CSI

Publicado: Mié 27 Abr 2011 12:42 am
por Invitado
PipelineR escribió:
Anonymous escribió:Con lo que cayó en su momento con el sumario del 11M y las pruebas obtenidas por la policía y las piezas de convicción custodiadas por la policía y con las cosas que se dijeron y dicen aún sobre la policía, me gustaría ver la credibilidad de las actuaciones de instrucción a base de Policía y Ministerio Fiscal. Y no es porque yo las ponga en duda, pero si con juez instructor y secretario judicial el sumario es puesto en duda, sin estas figuras no me imagino lo que pasará. O SÍ.
Hombre, habría que crear un cuerpo de Policía Científica independiente, con un estatuto propio y formado por criminalistas. Aparte de que cosas como el 11M será difícil que se repitan, en casos como ese aunque pusieras a 20 jueces de instrucción va a haber controversia siempre -de hecho parece que en ese caso concreto colaboraron varios jueces en la recogida de muestras-.

El hecho es que nadie se fía de nadie y se desaprovechan recursos, lo típico de un obrero picando y cuatro mirando. No hay confianza en los Procuradores para las notificaciones, no hay confianza en el Letrado del imputado para que le informe de las consecuencias de la conformidad, no hay confianza en los Fiscales porque dependen del Fiscal General del Estado. A cada resolución interlocutoria se le suceden sucesivos recursos -aunque muchas veces sea porque el funcionario la haya pifiado-, el SJ debe ser ubicuo y acompañar al Juez hasta cuando va al baño... Debe haber un límite, y yo creo que se pueden optimizar recursos redistribuyendo funciones y no limitando el acceso a la segunda instancia, recortando los plazos a las partes o exigiendo depósitos y tasas. Pero bueno, si lo quieren dejar así, ellos sabrán.
Todo lo que expones es correcto. Te falta concretar que estamos en España. El reino de la desconfianza, del cantonalismo, de la envidia y de tanta mezquindad que soportamos cada día. Y como es un problema de actitud, que deriva de determinada mentalidad, hasta que no cambien los modos de pensar no cambiarán los comportamientos.

Y viva Cartagena.

Re: CSI

Publicado: Mié 27 Abr 2011 2:35 am
por PipelineR
Anonymous escribió:Todo lo que expones es correcto. Te falta concretar que estamos en España. El reino de la desconfianza, del cantonalismo, de la envidia y de tanta mezquindad que soportamos cada día. Y como es un problema de actitud, que deriva de determinada mentalidad, hasta que no cambien los modos de pensar no cambiarán los comportamientos.

Y viva Cartagena.
Cierto, cierto... Y como la Caja la han dejao tiesa... No les da ni para comprarle al pobre Grisson una caja de guantes de látex y una remesa de bastoncillos para coger muestras de ADN. :lol:

Pero bueno, como se proponía dar ideas a ver si el futuro nuevo Ministro toma nota... Por pedir que no quede. :wink:

LABORATORIO CSI

Publicado: Mié 27 Abr 2011 2:09 pm
por Top Secre
Pipe, es más grave todavía, porque la cuestión es que dinero hay, mucho o poco algo hay. El problema es que la gestión es nefasta, de verguenza e incluso denunciable.
Conozco caso muy muy cercano de Polícía científica que abre comisaría con instalaciones impresionantes, aparatos y programas informáticos de espanto ( inclúido el Codex americano del que hablan en CSI), una inversión de las de época de vacas gordas...etc...
Peeeeroo...los polis de allí no pueden usar los aparatos porque no han recibido formación para ello, sólo un curso testimonial para cubrir el expediente, les han inundado en guantes de latex comprados a la empresa más cara que han encontrado, pero no han previsto el número de enchufes necesarios para que todo eso se ponga en marcha, ponen una puerta para que el picaporte se le clave en la espalda al que está trabajando en el microscopio...y para rematar ponen al frente a una persona sin conocimientos ( tampoco recibió curso), sin dotes de mando y sin capacidad para organizar todo eso que le viene muy grande...
Conclusión, todos los alli destinados salen por patas para no aguantar a la jefa, el laboratorio tiene que cerrar recién estrenado por falta de persona y todo ese dinero e inversión se ha ido por el retrete....
Así funciona este país. Y para muestras, una colección de botones que podría dar la vuelta a la Tierra 4 veces.Es así.

Re: LABORATORIO CSI

Publicado: Mié 27 Abr 2011 2:43 pm
por PipelineR
TOP SECRE escribió:Peeeeroo...los polis de allí no pueden usar los aparatos porque no han recibido formación para ello, sólo un curso testimonial para cubrir el expediente, les han inundado en guantes de latex comprados a la empresa más cara que han encontrado, pero no han previsto el número de enchufes necesarios para que todo eso se ponga en marcha, ponen una puerta para que el picaporte se le clave en la espalda al que está trabajando en el microscopio...y para rematar ponen al frente a una persona sin conocimientos ( tampoco recibió curso), sin dotes de mando y sin capacidad para organizar todo eso que le viene muy grande...
Ese es el problema. No hay un cuerpo de policía científica como tal formado por criminólogos. Las pruebas físicas de acceso son las mismas para la escala básica que para la ejecutiva y la formación que reciben sobre criminología es mucho más limitada que la que tendrían Licenciados en criminología que hicieran una oposición para un cuerpo de CSIs específica, adaptada a lo que será su trabajo, por mucho que haya que hacerle pruebas psicológicas por el tema del arma y la placa. Lo que no tiene sentido es que al empollón de la clase le pidas encima que pase unas pruebas de atleta, alguno habrá entre tantos pero la madre naturaleza nos dice que casi siempre no es así. :D

Ya sabéis el chiste: http://www.ciao.es/chistes_cortos__Opinion_1041806

Publicado: Mié 27 Abr 2011 8:31 pm
por Invitado
El art. 18.e) del ROCSJ no tiene nada de lamentable como opina Valiñas. No pretende que el Secretario Coordinador le diga a cada Secretario cómo tiene que distribuir el trabajo en su UPAD o Servicio Común sino que lo que pretende es facilitar la movilidad en casos puntuales. Es decir, si una UPAD, por ejemplo, tiene a sus funcionarios de baja podría acordar que funcionarios de otra UPAD prestasen colaboración de manera transitoria, incluso, cuando la interoperatividad de las aplicaciones lo permitan, sin moverse físicamente de su puesto de trabajo. Lo que se busca es dar mayor flexibilidad a las plantillas de forma que en casos concretos todos podamos echar una mano en otro Juzgado. Con los SJ ya está ocurriendo así pues el Coordinador, en caso de necesidad, puede acordar que un SJ vaya a suplir la baja de un compañero en otro Juzgado.

Publicado: Mié 27 Abr 2011 11:28 pm
por Invitado
Seguro que lo que cuenta TOP SECRET se refiere al Pais VASCO. Dinero hay o por lo menos para lo que quieren.....

Publicado: Mié 27 Abr 2011 11:30 pm
por Carlos Valiña
Artículo 467.

Bajo la dependencia directa del Secretario de Gobierno, el Secretario Coordinador ejercerá las siguientes competencias:

1. Dictar instrucciones de servicio a los secretarios judiciales de su ámbito territorial para el adecuado funcionamiento de los servicios que tienen encomendados.
2.Controlar la correcta ejecución de las circulares e instrucciones de servicio que dicte el Secretario de Gobierno del que dependa.
3.Dar cuenta de forma inmediata al Secretario de Gobierno de cuantos hechos sean relevantes al buen funcionamiento de la Administración de Justicia, así como de las necesidades de medios personales y materiales de las secretarías ubicadas en su territorio.
4.Colaborar con las comunidades autónomas con competencias asumidas, para la efectividad de las funciones que éstas ostenten en materia de medios personales y materiales.
5.Coordinar el funcionamiento de cuantos servicios comunes procesales se encuentren ubicados en su territorio, o en su caso, asumir directamente su dirección cuando exista un único servicio común procesal provincial.
6. Proponer al Ministerio de Justicia las comisiones de servicio de secretarios judiciales que, dentro de su territorio, sean precisas para el correcto funcionamiento de las oficinas judiciales.
7.Resolver las sustituciones de los secretarios judiciales de su ámbito valorando, en su caso, los requisitos a satisfacer por el sustituto en relación con el puesto que deba sustituir.
8.Las demás que establezcan las leyes y su propio reglamento orgánico.
El caso es que yo miro las competencias del coordinador y no veo por ninguna parte que tenga competencias para mover funcionarios de una UPAD a otra o de un Servicio Comun a otro, o de una UPAD a un Servicio Comun, o a la viceversa, etc.

Eso no viene ahi.

Pero es que ademas, eso no puede venir porque hemos perdido la jefatura de personal de los Funcionarios. Su actual jefe es el Ministerio o la CCAA, quien diseña las RPT son esas administraciones con audiencia de ellos y no nuestra y nosotros simplemente a estos efectos no existimos.

Consecuentemente el articulo esta para lo unico que esta para mover a los Secretarios como peones de aca para alla sin que podamos decir ni mu y .. lo que es peor, puede ser utilizado para mangonear desde arriba como organizas tu tu juzgado o lo que quede de el, en la parte que no organicen los Jueces.

La realidad es que antes de la reforma el Secretario era Jefe de Personal y el Juez podia tumbarle sus decisiones de reparto del trabajo, en la practica el Secretario solia abdicar de la funcion y la responsabilidad ultima del desastre era del Juez.

Ahora la responsabilidad ultima es del Secretario pero se le pueden entrometer el Juez, la Administracion, el Coordinador, y la madre que....

Si mañana se le ocurre a un Coordinador intentar mover a un Funcionario los Sindicatos le frien vivo.

Creo que te ciega tu posicion de parte. Las normas las tienes que mirar poniendote en las dos perspectivas, imaginando que fueras un Funcionario y un Secretario.

Cuando las ves desde los dos lados la cosa es muy diferente. Tu intepretacion es contraria a la LOPJ, y a nadie se le ha ocurrido ni por asomo el intentarlo.

La de usarla para mover Secretarios, que es la que si se ha producido, es la correcta.

Saludos.

Publicado: Jue 28 Abr 2011 9:42 am
por Invitado
467.8. Las demás que establezcan las leyes y su propio reglamento orgánico.

Y el 18.e: Organizar y distribuir el trabajo de los Secretarios Judiciales y de los funcionarios de los Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia...

Publicado: Jue 28 Abr 2011 9:48 am
por Carlos Valiña
Naturalmente pero eso no significa lo que tu pretendes que signifique, ahi es donde te falla la perspectiva.

Si mañana el reglamento organico dice que correspondera al Secretario de Gobierno del TSJ de Madrid, presidir el Ministerio de Justicia y el Consejo del Poder Judicial, el tema no prosperara.


Si mañana ese Reglamento dice que le corresponde nombrar interinos y cesar funcionarios no prosperara y asi sucesivamente.

Es decir, la ley no puede llegar a todo, y por eso el reglamento puede contener regulaciones accesorias pero obviamente sin invadir funcines que por ley son competencia de otros organos o administraciones, porque eso es lo que significa la diccion legal de la ley 30/92 y antes de la de LRJAE del 57 de que careceran de validez las disposiciones que contradigan otra de rango superior.

Creeme ese art. 18 es solo un dogal mas.

Saludos.