GUARDIAS PARA PRESENTACION DE RECURSO CONTENCIOSO ELECTORAL

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Deaqui

GUARDIAS PARA PRESENTACION DE RECURSO CONTENCIOSO ELECTORAL

#1 Mensaje por Deaqui »

A l parecer el Contencioso en el que estoy destinado va a estar de guardia para la presentación y resolución de los posibles próximos Recursos Contencioso electorales contra los acuerdos de las Juntas sobre proclamación de candidatos.
Y parece ser que tenemos que estar dos dias de guardia hasta las 12 de la noche. Si alguien ha pasado por esto me gustaría saber si dicha guardia es de permanencia en los locales del Juzgado y si es retribuída. Gracias.

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Magistrado Granollers
Mensajes: 2184
Registrado: Mié 07 Abr 2004 6:53 pm

#2 Mensaje por Magistrado Granollers »

Nosotros hemos tenido una reunión para fijar criterios al respecto. El art. 119 LOREG (si no recuerdo mal) establece que los días son naturales, por lo que en efecto se pueden presentar recursos las 24 horas. Ahora bien, lo que nosotros vamos a hacer es sencillamente admitir al día siguiente los que se presenten ante el Juzgado de Guardia. Normalmente allí les darán un justificante del intento de presentación y no les admitirán el escrito, pero con ese justificante a nosotros nos bastará el día siguiente para aceptarlo.

Creo que es la solución mas razonable, porque aunque se presente a las 12 de la noche el escrito evidentemente nadie vamos a ir a tramitarlo hasta el día siguiente.

Propón esta solución al coordinador, y a ver qué te dice. Si le ordena al de guardia que ponga esa diligenia de presentación en los contencioso electorales aunque no se los admita, creo que os evitais un buen fastidio.

Saludos
Mas sabe el diablo por viejo que por diablo. (Antiguo Refrán Castellano)

"No hay para el hombre libre cuidado más continuo y acuciante que el de hallar a un ser al que prestar acatamiento" F. Dostojewski (Los Hermanos Karamazov)

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