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Responsabilidad jueces NOJ
Publicado: Jue 07 Oct 2010 1:53 pm
por Holden Cauldfield
Los jueces han recibido en el correo institucional del CGPJ la siguiente comunicación, a ver qué os parece:
Queridos compañeros/as:
Como ya sabéis, en los próximos meses se iniciará el despliegue de la estructura orgánica de la nueva oficina judicial, como organización de carácter instrumental que sirva de soporte y apoyo a la actividad jurisdiccional y cuyos elementos organizativos básicos serán las unidades procesales de apoyo directo y los servicios comunes; aquéllas asumirán la tramitación procesal y la llevanza de todos aquellos asuntos cuyo conocimiento tengan legalmente atribuidos Jueces y Tribunales, realizando todas las actuaciones precisas para el exacto y eficaz cumplimiento de sus decisiones, mientras los servicios comunes tendrán encomendadas las labores centralizadas de gestión y apoyo.
Dado que este nuevo diseño comporta una profunda modificación de la distribución competencial entre Jueces y Secretarios judiciales, razones de seguridad jurídica y de eficacia aconsejan delimitar las funciones que corresponden a unos y otros, y, consecuentemente, la esfera de las respectivas responsabilidades que pudieran derivarse.
Con el propósito de abordar y clarificar ambas cuestiones, se están ultimando dos Instrucciones: la primera, dictada al amparo y en aplicación del art. 165 LOPJ, sobre el ejercicio de las facultades de dirección e inspección de los Jueces y Magistrados en el ámbito de la nueva oficina judicial, se dirige a precisar las facultades que corresponden a los miembros de la Carrera judicial en las unidades procesales de apoyo directo y servicios comunes, con la consiguiente delimitación de funciones y responsabilidades, y, por tanto, la expresa exclusión de la posible responsabilidad de los Jueces y Magistrados por las eventuales disfunciones e irregularidades que se produzcan en el ámbito de los servicios comunes procesales, al no ostentar facultad alguna de dirección e inspección respecto de los asuntos que allí se tramiten y que compete a los secretarios judiciales respectivos.
La segunda Instrucción pretende garantizar la correcta coordinación, conexión e interrelación entre las unidades procesales de apoyo directo y los servicios comunes procesales, así como la posición y el papel del Juez en aquellas unidades.
Publicado: Jue 07 Oct 2010 5:05 pm
por Invitado
Como siempre el Consejo, actuando como Sindicato de Jueces, lo que pretenden es seguir teniendo al Secretario Judicial como cabeza de turco e irse de rositas echándole el mochuelo in secuela seculorum.
Ay si hubiera vergüenza¡
Publicado: Jue 07 Oct 2010 6:09 pm
por COHERENCIA
El problema de muchos secretarios, es que no han pasado a entender que ejercen funciones propias, diferentes y diferenciadas del juez. Las diferencias en las funciones, debe llevar inexoablemente su traslado a las responsabilidades. Si el Secretario dirige y organiza la oficina judicial, los problemas y las incidencias positivas o negativas recaeán en su persona. No se puede ser y ejercer una jefatura y esconderse detrás de otro profesional. Sólo hace falta que véais los jueces que han sido sancionados en los últimos 10 años y los Secretarios.
La reforma ha puesto cordura a la Administración, y que como decía mi abuelo " que cada palo aguante s vela. A mi, que soy juez que me exijan responsabilidad por mis sentencias, y por el mal desempeño de mis oligaciones profesionales
Publicado: Jue 07 Oct 2010 7:06 pm
por Invitado
así como la posición y el papel del Juez en aquellas unidades
A mi me parece perfecto, pero por pura coherencia la posición y el papel del juez tiene que ser NULA. Lo que no puede ser es seguir metiendo la nariz en todo pero sin responder de nada, Espero que no se descuelguen so pretexto de la independencia judicial con algún tipo de supervisión-en-la-distancia-sin-responsabilidad, a la que nos tienen acostumbrados. Ni que decir tiene que hay muchos (pero muchos) que todavía pretenden que se les haga autitos de nada, recursitos de nada que ya bastante tienen con sus sentencias.FC4K3
Secretario Judicial
Publicado: Jue 07 Oct 2010 7:38 pm
por Invitado
Pero NULA, pues es indigno pretender manejar a los funcionarios y esconderse cobardemente detras del Secretario Judicial porque es este el que organiza la oficina

Publicado: Jue 07 Oct 2010 8:13 pm
por Invitado
Pero a ver en que quedamos?Sí queremos auténtico control sobre la unidad lo lógico es que seamos sus últimos y máximos responsables. Sí el consejo que por suerte para ellos a veces defiende los intereses de los jueces dice que no hay responsabilidad ello significa que no pueden meter la cuchara y eso era a lo que muchos aspirabamos. Además es natural que sí no están allí físicamente ni se producirá una dación de cuenta no puedan ser responsables de lo que pase en ellos. En realidad es lo que sucede ahora con algunos servicios comunes: sí las citaciones no se hacen no responderá ningún juez pues nada ha podido decidir al respecto.
Publicado: Jue 07 Oct 2010 9:10 pm
por Carlos Valiña
El Consejo conoce perfectamente de que pie cojean los Jueces y sabe que si ese tema empieza a andar en algun sitio va a haber muchas zonas de conflicto y de friccion.
Con estas instrucciones a mi juicio se persigue:
a) Sentar un marco normativo que nadie impugnara, aunque invada competencias ministeriales (no deberia regular ni citar la palabra Secretario puesto que estos dependen del MInisterio), pòr virtud del cual se establezcan el maximo numero posible de exoneraciones de responsabilidad para los Jueces tengan o no sentido, y el maximo posible de injerencias en el funcionamiento de las "oficinas", que permitan las normas. O sea barriendo para casa al limite.
b) Advertir a algunos jueces exaltados, anacronicos, prepotentes o fuera del sentido comun de la mayoria de que no pueden seguir como hasta ahora, no de una manera explicita, sino comunicandoles que su supremo superior se suma a la corriente de la nueva oficina judicial y que es un gran invento porque les va a quitar de responsabilidades tipo Tirado.
c) Indicar a algunos jueces que son meros tecnicos en su rama del derecho, pero sin vision de conjunto del sistema, por decirlo suavemente, un conjunto de pautas para tener claro donde deben pisar y donde no.
Si este fuera un pais serio se reunirian Consejo y Ministerio para dictar una Instruccion conjunta y consensuada que fijara criterios de manera equilibrada en este ambito y que regulara un organo mixto de resolucion de conflictos de competencias, que es lo que en realidad subyace aqui.
Como es una monarquia bananera, veremos un acto unilateral del jugador mas fuerte, y una autoatribucion de la potestad de resolver conflictos a poco que nos descuidemos.
De manera que decidira nuestra suerte un organ en el que no estamos, y aquel donde debiamos estar guardara silencio como siempre.
A mi juicio para temblar.
Y por cierto, eso de que tenemos que aclararnos y que como todo es nuestro toda la responsabildad es nuestra, es un reduccionismo a mi modo de ver.
Esto no es Hacienda, o el INSS, aqui hay un intrincado complejo de relaciones entre Juez Secretario y Juzgado o como se le quiera llamar ahora, y cualquiera de ellos puede torpedear su marcha o crear una situacion de conflicto permanente.
Tratar de dividirlo con un bisturi para atribuir mandos y responsabilidades independientes me recuerda al intento de partir al niño de Salomon.
No es asi.
Seguira habiendo injerencias de los Jueces sobre los Servicios Comunes, a menos que el Secretario libre una batalla numantina que probablmente terminara perdiendo por arriba y en las UPAD habra mas conflictos por "proximidad" y menos por la naturaleza de las materias que llevan pero los habra.
Dicen que el que pega primero pega dos veces.
Bien, como me decia un compañero por la mañana, esto es lo que se prepara: un directo al higado y bien que lo vamos a sentir.
Saludos
Publicado: Jue 07 Oct 2010 9:55 pm
por MISSING
De la NOJ al parecer, estamos en las llamadas experiencias piloto. Creo que salvo el cambio legislativo, que nos ha dado mas competencias no retribiudas, todo sigue igual. Mucho me temo que todo va quedar con las perspectivas económicas en nada, en el quiero y no puedo.
La Justicia no tiene solución, da igual que nuestro sistema político sea una monarquía parlamentaria o bananera. Cuando ha habido dinero no se ha invertido en la Justicia y ahora que no hay, no esperemos milagros.
Por otro lado, lo de ser el responsable de la Oficina Judicial no lo veo claro, asumo ser el director procesal, pero lo mismo tenemos que luchar para que no se nos responsabilice de lo que es material de PERSONAL, que cada palo aguante su vela. No creo que debamos ser los responsables, de falta de persona, de los horarios, falta de asistencia y formación.
Los que lucharon en las reuniones con el MJU para que nos dieran más competencias jurídicas, que den la cara ahora, y exijan unas retribuciones justas y que delimiten la materia de personal. Lo que no puede ser es que el resto de la oficina judicial nos vean como los capataces y los sindicatos como patronos.
Cuando en realidad somos unos operadores jurídicos, al igual que Jueces y Fiscales.
Lo que no es normal es que tengamos que bregar con los problemas de segundo plano y con los de primer nivel.
En realidad, los funcionarios (no secretarios) transferidos o no transferidos, tienen que tener sus propios jefes. Al igual que los secretarios tenemos nuestra propia jerarquía.
Pero este sistema alambicado de una jefatura procesal creo que no se sostiene juridicamente con la responsabilidad TOTAL.
Ahora, por ejemplo, los sindicatos están "ilustrando" al personal de la oficina, para que no entren a Sala, si el secretario no está presente en juicio. Entiendo que hay una laguna jurídica y en este contexto, lo mismo el Juez tiene que asumir, aunque no lo quiera funciones de dirección y reclamar funcionarios a tal menester y no sé si el secretario tiene facultades al efecto para organizar su no intervención.
Sería conveniente que se reglamentara todas estas lagunas, en aras a la paz social en los Juzgados.
Publicado: Jue 07 Oct 2010 11:25 pm
por Invitado
Carlos Valiña escribió:
c) Indicar a algunos jueces que son meros tecnicos en su rama del derecho, pero sin vision de conjunto del sistema, por decirlo suavemente, un conjunto de pautas para tener claro donde deben pisar y donde no.
Joer, Carlos, esto sí que es para nota. Creo que por algún sitio de este foro contabas que tu padre era Juez (si me equivoco, mil disculpas) y sea como sea, tú eres Secretario con casi 20 años de ejercicio. ¿De verdad piensas que un Juez es sólo un técnico en su rama del derecho? Verás, yo soy Juez, no tengo ningún afán de protagonismo, ni ansia de poder, ni ganas de imponer mis opiniones por el artículo 33. Sé lo que tengo que hacer y trato de hacerlo lo mejor que puedo. Como yo, la inmensa mayoría de mis compañeros.
En general, me parece razonable la NOj, aunque haya cosas que pulir y cosas con las que no estoy de acuerdo.
Pero, francamente, creo que soy algo más que un "mero técnico" y, a lo mejor soy un nostálgico pasao de moda, pero yo es que creo que la división en tres poderes es todavía una buena idea y... ¡caramba! resulta que yo soy uno de esos tres poderes. ¿Tendré que pedir disculpas por eso?
Publicado: Vie 08 Oct 2010 12:32 am
por s
Verás, yo soy Juez, no tengo ningún afán de protagonismo, ni ansia de poder, ni ganas de imponer mis opiniones por el artículo 33. Sé lo que tengo que hacer y trato de hacerlo lo mejor que puedo. Como yo, la inmensa mayoría de mis compañeros.
Pues que mala suerte tengo yo que no doy más que con niñatos endiosados.
Publicado: Vie 08 Oct 2010 12:46 am
por Gestorcillo
Está muy bien eso de los tres poderes, pero yo sacaba a los jueces de la mutualidad judicial o, mejor, creaba la mutualidad de la administración de justicia, y tambien crearía una Ley Orgánica de la Administración de Justicia. Puestos a dejar claras las diferencias, hagámoslo en todo.
La Justia es mucho, muchííísimo más que los jueces. Parece que los no-jueces os debemos la vida o la existencia laboral. Con la de agujeros que tapamos en los Juzgados los no-jueces. Ya está bien c...
Publicado: Vie 08 Oct 2010 5:08 pm
por Carlos Valiña
Para Gestorcillo:
De acuerdo.
Para s:
La triste realidad es que la mayoria de los Jueces mira por encima del hombro a los Secretarios, y la mayoria de estos a los Funcionarios aunque ninguno lo reconocera publicamente
Una vez que miras por encima, es facil caer en el endiosamiento, tanto mas si eres el que ocupa el primer lugar en la piramide "trofica".
He conocido muchisimos jueces en mi vida y concuerdo contigo en que el promedio no es bueno.
Para Juez anonimo:
Si lees con cuidado mi intervencion, aunque pude ser un poco mas preciso, veras que cuando me referi a los jueces "superprepotentes" me cuide de dejar claro que no son la mayoria, un poco de "prepotencia" la damos por normal e inherente a la condicion humana y ni nos molesta.
Y cuando me refiero a los Jueces que son meros tecnicos en derecho no me refiero desde luego a la mayoria pero si que son unos cuantos.
Cuando he asistido a Juntas de Jueces he podido comprobar como un 20% llevaba la voz cantante, otro 20% intervenia algo, y el resto o no hablaba o votaba con la mayoria, en cuanto se trataba cualquier cosa que no fuera absolutamente tecnica y de su jurisdiccion.
Muchos jueces son solo buenos tecnicos en derecho y esto no es ningun desdoro, conocen su rama a fondo, tienen bien formado su criterio juridico, son justos en sus resoluciones, pro ejemplo muchos magistrados de Audiencia que no quieren saber nada de cosas gubernativas y demas, y con los años se van limitando a coger sus ponencias ir, hacer una buena sentencia que puedan firmar sus compañeros sin leer y punto. Esta gente hace una gran labor, y da prestigio a la justicia, pero cuando les sacas de su terreno estan un poco como pez fuera del agua, porque la parte organica no les interesa.
Otros son buenos tecnicos en derecho pero son un poco endiosados y pasan un poco de toda la legislacion organica, simplemente creen que lo que dicen vale y ya esta.
A mi un Fiscal por ejemplo me ha amenazado con llevarme detenido delante de terceros. La enorme concentracion de poder en determinadas manos da lugar a que mucha gente se sienta investida de un "carisma" imperativo tal, que no entienden cualquier tipo de objeccion.
Realmente y aunque se que no me creeras, pero es asi, es que literalmente "no te ven". Puedo contarte ejemplos.
De manera que yo creo que el Consejo dicta esa instruccin tambien un poco como guia, evitando que algun juez por poco conocedor de lo organico, o por creer que esta por encima de ello, se salga demasiado de madre, meta la pata y si el Secretario es un peso pesado, (porque la mayoria se comera el sapo), le pueda enganchar y ponerlo contra las cuerdas, con la consiguiente incomodidad luego de tener que intentar salvar al enganchado.
Yo creo que ambos podemos estar de acuerdo en lo esencial con este analisis y si no es el caso creo que puede ser interesante intercambiar puntos de vista, porque este es uno de los objetivos de este foro, una plataforma a disposicion de todos los intervinientes en la justicia, para que se digan unos a otros lo que normalmente no se pueden decir a la cara y asi aprendan a verse con los ojos de los demas y a mejorar.
Saludos.
Carlos.
Publicado: Mar 12 Oct 2010 7:26 pm
por Magistrado Granollers
Desde el punto de vista puramente jurídico la instrucción es nula de pleno derecho por tratar de regular un tema (Responsabilidad disciplinaria de los Jueces) que está reservado a Ley Orgánica. Lo que sí puede el CGPJ es dictar instrucción interna al Servicio de Inspección señalando un criterio de cara a la exacción de responsablidades de Jueces, conforme al que consideren no incardinable en este supuesto el de lo que ocurra en los servicios comunes. Todo esto a falta de ver cómo regulan finalmente el tema, claro, y hablando de momento sólo sobre ese anuncio.
Otra cosa distinta es que, como dice Carlos, está claro que hay que regular este tema y alguien tiene que hacerlo para evitar problemas. Pero debería haber sido una instrucción conjunta, ya que como señala la Ley 30/1992:
Código: Seleccionar todo
1. Las Administraciones públicas actúan y se relacionan de acuerdo con el principio de lealtad institucional y, en consecuencia, deberán:
1.
Respetar el ejercicio legítimo por las otras Administraciones de sus competencias.
En fin, esto parece cada vez mas la selva.
La Justia es mucho, muchííísimo más que los jueces. Parece que los no-jueces os debemos la vida o la existencia laboral. Con la de agujeros que tapamos en los Juzgados los no-jueces. Ya está bien c...
Guste o no guste, el fin último de toda la administración de justicia es que se dicte sentencia o auto sobre el asunto que dén respuesta a la petición del justiciable (Al que la propia constitución priva del derecho de autotutela) y luego se ejecute ésta. Y esa resolución final es el cometido principal del Juez, y algo en lo que interviene él solo. Por lo tanto, es lógico que todo lo demás sea meramente auxiliar para que llegue a cumplirse ese fin, por muchas vueltas que le demos. Por supuesto, de ahí que que el Juez deba creerse la monda o endiosarse hay un trecho, porque al final es exclusivamente un servicio público que está para el que es el sujeto mas importante de todo: El justiciable. E igualmente, ello no significa que el resto de la administración de justicia no tenga su importancia, pero insisto: Se podría organizar un proceso entero en modelo alternativo sin administración auxiliar de justicia, sin abogados ni fiscales (Como ocurría en el derecho privado romano) pero al final el que es absolutamente imprescindible es el Juez, porque es el tercero imparcial que debe resolver la controversia. Asi que no debéis la vida a ningún Juez concreto, faltaría mas, pero sí en cierto modo debéis la propia existencia de vuestro puesto de trabajo a la actual configuración del proceso, que establece un Juez resolutor de controversias del que sois auxiliares. Igual que nosotros debemos el nuestro a la asunción por el estado del monopolio de la violencia organizada y la proscripción de la autotutela de los particulares.
Saludos
Publicado: Mar 12 Oct 2010 11:08 pm
por Invitado
Pues la exposición de motivos de la Ley 13/2009, discrepa de M Granollers cuando dice que las tareas procesales ahora atribuidas al Secretario Judicial, son colatelarales a la función de juzgar y ejecutar lo juzgado. Que son imprescindibles a dicha función, y aunque ahora se desalifiquen y denominen no jurisdicionales, no son por ello menos importantes.
Esas Instrucciones pretender echar vaselina en zonas de fricción creadas por la incoherencia de regulaciones hechas bajo presión de los jueces duarente su elaboración. Hechos que traicionan las palabras de confianza en la capacidad como técnicos en derecho de los Secretarios Judiciales suficientes para asumirr la "descarga" del 4.5.2010. (sin las correlativas adecuaciones salariales, claro. pero qué morro)
Dos ejemplos o perlas (de aquel debate, recordareis, previo a aprobarse la Ley 13/09) del dislate que supone regular con la mirada del juez por encima del propio hombro al resto de operadores juridicos, buscando remarcar la supremacía a todo trance, que distancia y eleva a los integrantes de la casta (Pero no para responder, ahi viene la incosistencia y cara dura). La CE también dice "responsables". Como si la alta función encomendada no fuera suficiente.
Uno. Art. 182.5 LEC, señalamientos.
El servicio común de agenda programada da cuenta al Juez del señalamiento para que, antes de notificar a las partes, el Juez se pronuncie sobre el visto bueno o aprecie desajuste a los criterios generales y particulares previamente impartidos por dicho Juez. Víva la agilidad, eficacia y eficiencia como criterios de funcionamiento de la NOJ (art. 435 LOPJ). Con esta regulación ¿puede responder el S del SCOP por falta de citaciones, o sin la antelación debida?. Si no se constriñe al Juez sobre con que antelacíon y en que modo debe dictar sus instruciones previas y como deja constancia de lo que le parece, tras supervisar -165 LOPJ- el señalamiento hecho por el SJ. Hay que tener cara dura, máxime si en muchos casos -seguro que practicamente todos conoceis casos reales y cotidianos y que tal incumplimiento no es ninguna rareza, si no más bien un hecho igual de extendidisimo que impune- no acuden a la audiencia pública todos los días hábiles, como es su deber legal (186 LOPJ) .
Dos. Art. 551 LEC, orden general de ejecución.
Parece que el examen y calificación de la demanda ejecutiva es del Juez a la luz del apartado 1. "Presentada la demanda ejecutiva, el Tribunal (UPAD), siempre que concurran los presupuestos y requisitos procesales, .....dictará auto, conteniendo la orden general de ejecución y despachando la misma. (o denegandola, 552 LEC).
Pero no es tan sencillo. La CAJ tiene dada la respuesta 38 a la pregunta sobre quien y como se realiza el examen de la demanda ejecutiva. "Será competente el SJ del SCOP (sic) quien mediante diligencia de constancia dará cuenta al Tribunal del examen realizado para que resuelva."
Apartado 3. Dictado el auto el SJ responsable de la ejecución (del SCEJ), en el mismo día o en el sigueinte día hábil dictará decreto de medidas ejecutivas. ¿Porqué no se atribuyó al SJ el despacho de ejecución, salvando la tutlea judicial efectiva mediante la previsión de posibilitar el recurso de revisión al Juez de sus decisiones como sí se ha hecho para solución de controversias, oposiciones, tercerías, etc?
La única explicación que encuentro es los prejuicios, el egocentrismo y la misma desconfiaza ancestral de jueces respecto de los secretarios judiciales. Con muestras habituales de ninguneo, y banalización de sus funciones. Y ahora se sienten celosos de que el SJ pueda cobrar mayor importancia y acorte distancia en materia de importancia como director procesal. (Pero si es con recurso al juez. ¿cual es el temor?. Me recurerdan al perro del hortelano. Y luego muchos no tiene dignidad suficiente y quieren que les minutes las demandas ejecutivas, incluso en lo que es objeto de pronunciamiento reserva al auto. Los mismos de los autitos de nada. Para mí eso es hipocresía y cara dura.)
La concepción absolutista de la tutela judicial efectiva y de la independencia judicial, más el "es que el SJ no me dio cuenta", son la coartada perfecta , porder meter la nariz en todo, y no responder de NADA.
Saludos y gracias por este foro
Publicado: Mié 13 Oct 2010 9:45 pm
por Carlos Valiña
Hay que tener en cuenta que cuando haces una ley lo primero que escribes es la exposicion de motivos, luego viene la tramitacion y las presiones de los lobbys y al final del dicho al hecho hay un gran trecho.
Tu mismo reconoces que se ha regulado enfocando el tema desde la perspectiva de lo que los jueces no podian perder, y con esa perspectiva, logicamente, lo que nos han dado es menor.
Los señalamientos se les dejaron para consumo interno, es decir, para conseguir a cambio arrancarles algunas migajas, (en realidad las que no querian) de manera que todo fue un baile, amago con quitarte los señalamientos, amagamos con que nos lo creemos y decimos que si no nos los quitas perdemos algunas competencias procesales que decimos que queremos pero que en realidad no queremos y amago conque cedo en los señalamientos y te saco competencias basura para los Secretarios.
Alla cada cual si se cree o no esta representacion.
Lo de la ejecucion es mas de lo mismo.
Si en la constitucion pone lo que pone, mientras solo seamos Secretarios y los jueces esten ahi con su lobby no se nos puede dar.
La Comision se apunta a lo que algunos compañeros llaman el negro del Juez.
Lo que siempre han querido los jueces, unos curritos que les hagan el trabajo, el dictamen previo y ellos solo a rematar el toro.
Mas alla de los grandes principios los hechos son claros: negritud para nosotros, en el trabajo y en el sueldo.
Y esperate que casi todo ese trabajo en realidad lo hacen los Funcionarios que pasan de ser negros a secas a ser negros de los negros.
Una reforma a la altura de lo que se podia esperar de nuestra monarquia bananera.
Mira la tangana que hay en Francia. Eso es un pais serio. Este nuestro es de opereta.
Que siga pues el baile de salon.
Rebienvenido Magistrado.
Publicado: Jue 14 Oct 2010 10:37 pm
por Magistrado Granollers
Rebienvenido Magistrado.
Nunca me voy del todo, Carlos, pero hay temporadas que tengo menos ocasiones de escribir porque voy muy liado. Siempre un placer participar aquí, en todo caso.