PASEN Y LLOREN
Publicado: Mié 23 Jun 2010 1:02 pm
BOE de hoy. Nueva reforma del Código Penal, cuantas veces se va a modificar esta ley que ya de inicio era un engendro?
Ojo al nuevo 173.1
Artículo 173.
1. El que infligiera a otra persona un trato degradante, menoscabando gravemente su integridad moral, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años.
Con la misma pena serán castigados los que, en el ámbito de cualquier relación laboral o funcionarial y prevaliéndose de su relación de superioridad, realicen contra otro de forma reiterada actos hostiles o humillantes que, sin llegar a constituir trato degradante, supongan grave acoso contra la víctima.
Ojito, repito. Si sois de los que seguís esa estúpida máxima que va de boca en boca en esta administración: más vale una colorado que cien amarillo, ahora os lo pensáis y mucho. Dulzura, trato exquisito, palabras escogidas y lectura y relectura de la LOPJ antes de dar cualquier tipo de orden.
O a lo mejor soy un alarmista. Pero hasta dónde yo sé el acoso laboral ya estaba tipificado y esta novedad carece de sentido, ¿o no?
Y luego ya, el que quiera llorar hasta hartarse que se lea las nuevas penas para el hurto, robo, tocan todas las penas , localización hasta seis meses, estafa hasta seis años etc etc etc
Esto es ley órganica: hay amplio consenso.
Solución: huíd, insensatos.
Ojo al nuevo 173.1
Artículo 173.
1. El que infligiera a otra persona un trato degradante, menoscabando gravemente su integridad moral, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años.
Con la misma pena serán castigados los que, en el ámbito de cualquier relación laboral o funcionarial y prevaliéndose de su relación de superioridad, realicen contra otro de forma reiterada actos hostiles o humillantes que, sin llegar a constituir trato degradante, supongan grave acoso contra la víctima.
Ojito, repito. Si sois de los que seguís esa estúpida máxima que va de boca en boca en esta administración: más vale una colorado que cien amarillo, ahora os lo pensáis y mucho. Dulzura, trato exquisito, palabras escogidas y lectura y relectura de la LOPJ antes de dar cualquier tipo de orden.
O a lo mejor soy un alarmista. Pero hasta dónde yo sé el acoso laboral ya estaba tipificado y esta novedad carece de sentido, ¿o no?
Y luego ya, el que quiera llorar hasta hartarse que se lea las nuevas penas para el hurto, robo, tocan todas las penas , localización hasta seis meses, estafa hasta seis años etc etc etc
Esto es ley órganica: hay amplio consenso.
Solución: huíd, insensatos.