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vacaciones e interinos

Publicado: Mar 20 Abr 2010 4:56 pm
por Invitado
No se si soy el único al que le está llamando la atención los movimientos del Ministerio respecto al tema interinos-titulares.
Me sorprendió que el Cej, en algunas cc.aa como aragón, no previese curso de noj para los sustitutos, y el ministerio se queda sin hacer nada.
Más me ha sorprendido que la instruccion2/10, referida a a las vacaciones, pone bien claro que si hay conflicto, siempre se resuelve en favor de los titulares, y es más, no establece límite como para el caso de conflicto entre titulares, sino que tantas veces como haya conflicto, siempre sale ganando el titular.
Yo soy titular y genial, pero el que esté en un partido con 3 juzgados, y solo uno sea interino, las va a pasar canutas.

Publicado: Mar 20 Abr 2010 7:14 pm
por Invitado
yo he sido la unica titular en un partido judicial con cuatro juzgados durante mas de dos años y jamas he tenido ningun problema y nunca he tenido que utilizar lo de ser "titular" porque siempre nos hemos entendido perfectamente....

Publicado: Mar 20 Abr 2010 8:02 pm
por Invitado
pues oye, me alegro por ti, pero más vale prevenir.
Y la verdad es que hasta ahora, lo de ser titular, no te garantizaba nada, pero por lo que se ve, la instrucción esta si va a servir para solucionar conflictos.

Por cierto, ya es triste que durante años haya partidos con 3 de 4 juzgados con interinos y que no se haga nada para que se cubran las plazas.

Publicado: Mié 21 Abr 2010 10:14 am
por InvitadoR
Contesto al que inició el hilo:

¿entonces, te viene bien o no que haya interinos?
Tu postura no es clara, te viene de perlas para las vacaciones, pero te sienta mal que queden plazas sin cubrir por titulares.
Te aprovechas de los "pringaos" (estás en tu derecho) y a la vez pides su desaparición???

En cuanto al CEJ, sus estatutos prohíben dar cursos a los sustitutos, PEEEERO EL MINISTERIO LES HA OBLIGADO a dar el curso de la NOJ.

Publicado: Mié 21 Abr 2010 3:04 pm
por Invitado
SEGÚN LA RAE:

Pringao: dicese de la persona que no habiendo aprobado oposición alguna, o habiéndola aprobado de grupo inferior a la del puesto que ocupa, tiene situación idéntica desde el punto de vista de las condiciones laborales, a la de los que si que la han aprobado. Desde la optica económica no hay equiparación, porque si el pringao ocupa plaza de segunda, cobrará más que sus compañeros titulares de tercera en plaza de segunda.
2. Dicese de personas que en ocasiones cubren plazas para contingencias temporales, pero que su permanencia en las plazas puede prolongarse por años o lustros, llegando incluso a la jubilación, que constan casos documentados.


Vista la definición, no está mal ser pringao, pero que conste que mi opinión de los interinos no es mala, de todo hay, igual que titulares, pero muchos trabajan de maravilla. Otra cosa es que se están aprovechando de una situación que les va de perlas, y que ellos no han creado. Yo también lo haría.

Publicado: Mié 21 Abr 2010 3:24 pm
por Invitado
yo soy el que inicio el hilo, y no tengo nada contra los interinos, pero si que me parece lógico que las plazas se cubran siempre, y que el mecanismo se use para bajas, embarazos, etc.
Evidentemente para eso son necesarios, pero lo de la perpetuación, que todos lo sabemos, está mal.
De lo de las vacaciones, me llamó la atención que los deja mal parados, pero yo no he tenido nunca que aprovecharme de nadie, he pactado mis vacaciones y sin problema alguno.
No quiero picar a nadie, me ha sorprendido el tema de las vacaciones y ya está.

Publicado: Mié 21 Abr 2010 6:16 pm
por Invitado
El Ministerio ha negado los cursos de la reforma a los sustitutos SJ pero en cambio si lo dan a los interinos funcionarios.

Publicado: Mié 21 Abr 2010 10:27 pm
por Invitado
Anonymous escribió:El Ministerio ha negado los cursos de la reforma a los sustitutos SJ pero en cambio si lo dan a los interinos funcionarios.
Inexplicablemente, la formación de los secretarios sustitutos ha ido por barrios. En algunas comunidades autónomas han recibido los cursos sin problemas - creo que en todo el territorio no transferido y en comunidades como Andalucía o Canarias-, pero es cierto que en otras como en Cataluña no se les incluyó.

El motivo de la diferencia de trato lo ignoro.

Publicado: Jue 22 Abr 2010 3:13 pm
por Invitado
Los cuatro juzgados estaban cubierto por titulares pero mis otros tres compañeros disfrutaban de comisiones de servicio y nunca se incorporaron. Ahora los cuatro estan sin titulares y desiertos.