JUZGADOS DE EJECUCIONES Y SERVICIOS COMUNES
Publicado: Mié 11 Nov 2009 12:03 am
Si no me equivoco, la reforma procesal entra en vigor el 4 de mayo del año que viene, y por lo tanto las ejecuciones de sentencias posteriores a esta fecha se deberan tramitar con la nueva ley.Es decir deberemos resolver de acuerdo con la nueva ley a traves de los decretos y diligencias de ordenacion.
Como me figuro que no habra tiempo de montar muchos servicios comunes procesales, en los juzgados de ejuciciones, nos prodremos encontrar, que el juez este en plantilla, sin casi nada de competencia, y nosotros como secretarios con la misma plantilla,debamos asumir su trabajo ademas del nuestro.
Por ello intuyo yo que deberemos improvisar, en estos primeros momentos,y auguro un traspaso de funciones, no exento de problemas.
Como me figuro que no habra tiempo de montar muchos servicios comunes procesales, en los juzgados de ejuciciones, nos prodremos encontrar, que el juez este en plantilla, sin casi nada de competencia, y nosotros como secretarios con la misma plantilla,debamos asumir su trabajo ademas del nuestro.
Por ello intuyo yo que deberemos improvisar, en estos primeros momentos,y auguro un traspaso de funciones, no exento de problemas.