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estadistica judicial
Publicado: Vie 23 Ene 2009 7:53 pm
por Neo
Leo con creciente preocupación la Instrucción 1/2009 de la Secretaria General de la Administración de Justicia, sobre cumplimentación de Estadísticas Oficiales en soporte
electrónico de la que me permito transcribiros el siguiente párrafo:
" Actualmente, en cada caso de muerte con intervención judicial, los Secretarios Judiciales rellenan un boletín estadístico donde se hacen constar las circunstancias del fallecimiento a efectos estadísticos que, junto con el correspondiente Parte de Inscripción, se remite al Registro Civil. Éste último se encarga de enviar ese boletín estadístico a la correspondiente Delegación
Provincial del INE."
Como podeis ver ya no sólo somos responsables de remitir la estadística del INE, sino que ahora está claro que debemos "rellenarla".
De acuerdo que, como establece la propia Circular, conforme al ROSJ, somos responsables de la estadística judicial, pero, la estadística del INE es una estadística OFICIAL, pero no judicial. Según éste razonamiento, cualquier organismo puede solicitar datos del Juzgado y estamos obligados a "rellenarlos". No es un asunto baladí, y no veo que ninguna asociación se preocupe por el tema, nos están pintando una diana como una casa en la espalda y nadie dice ni pio.
No sé en otros sitios, pero en Madrid se ha creado otra aplicación para solicitudes de justicia gratuita...
Los que esteis en penales supongo que el Fiscal de turno habrá ido como quien no quiere la cosa con una plantilla de estadística para ver si se la haceis. A mi me ha llegado un fax de fiscalía con tres folios de datos para rellenar que, por supuesto ha ido a la basura, espero que nadie me pida nada, pero lo más gordo es que comentándolo con una compañera, por lo visto a ella le amenazaron, porque "tenía" que hacer la estadística de Fiscalía (dice que incluso llamó a la juez para que le ordenara que se la hiciera).En fin, con ésta indefinición de funciones, no tenemos ninguna, y las tenemos todas. Que aparece un marrón...a la mesa del Secretario. Que hay que sancionar a alguien...Pues ya se sabe.
Quedan cinco meses para la tramitación parlamentaria del Proyecto de ley de reforma, que casualmente coincide con el plazo final que han dado los jueces al Gobierno para que se cumplan sus reivindicaciones, con lo que la tramitación va a estar mediatizada por las peticiones de la judicatura. El futuro de los secretarios se presenta casi más deprimente que el presente.
Buen finde.
Publicado: Vie 23 Ene 2009 9:57 pm
por BUHO
Ese problema ya lo he reflejado en otro momento en el foro, pues alucino hasta el punto al que podemos llegar con los Registros . Como ya no hacemos boletines de suicido, pues nos dan éste.
Pero, Neo, debo hacerte una aclaración y es que no hacemos una estadistica para el INE, a lo que nos podriamos negar, es que aportamos datos a otra Administración, a lo que estamos obligados según la L.O.P.J.
Respecto a lo que cuentas del Fiscal, o este es un pardillo o lo es el Secretario al que se lo dijo, porque a mi, me han pedido datos, y siempre por favor y les he dado copia de la estadistica, para que ellos los tomen y ya les he enseñado en la página de internet donde pueden consultar los de todos los partidos judiciales, así que ya, ni eso.
Y más de una ocasión he hecho como tu y sus comunicaciones han ido a la basura. Todo cuanto no sea para unir a un procedimiento concreto, que sean ordenes, directrices, etc., aunque sean encubiertas, por ejemplo, que además de parte de incoación de Previas, además de remitirlo a Fiscalia se remita otro a Fiscalia especializada, por ejemplo delitos contra trabajadores, ni puñetero caso, que ellos manden una copia a quien deseen.
La Estadistica y sus datos son un problema pero tenemos muchos más.
Saludos.
Publicado: Vie 23 Ene 2009 10:35 pm
por neo.
En la circular a la que me remito (está en la pagina del Mº) se fundamenta la obligación de "rellenar" el boletín estadístico en el hecho de que la estadística judicial es competencia del Secretario. Mi crítica se dirige a la desmesurada extensión del concepto de estadística judicial que se hace en esa circular, la consideración del Secretario judicial como grabador de datos, que no es que deba revisar o remitir la estadística de suicidios, sino que le impone la obligación de confeccionarla o "rellenarla" y las funestas consecuencias que ésta linea de actuación por parte del Ministerio y la fiscalilla nos puede traer en un futuro no muy lejano.
Publicado: Vie 23 Ene 2009 10:41 pm
por Invitado
Lo que no entiendo es que estos boletines no los hagan los forenses, que son los que saben la causa de la muerte.
estadisticas
Publicado: Sab 24 Ene 2009 12:29 pm
por INVITADO 55
Me alegro que salga este tema, proque sinceramente estoy hasta las narices de la estadistica, de contar palotes, y de verrificar que mi estadistica 2 personal" ( la que yo llevo) no coincide ni con los datos informáticos, ni con lo que el Juez espera, ni con lo que consta en los pocos libros que se llevan en mi Juzgado.
Yo contenta con la eliminacion de la estadistica trimestral al INE con los datos de cada persona condenada en mi Juzgado (JVM), ahora me meten desde octubre otra tambien del INE con todas las sentencias de separacion y divorcio y con unos datos que lleva su tiempo encontrar.
El fiscal cada cierto tiempo me pide que le informe de los presos, introducen innovaciones en la estadistica judicial del 2009 que habra que mirarse.
El Observatorio de violencia con ocasion de los tres años de vigor de la Lay tambien envio un cuestionario para el que hubo que recabar datos....
Ya esta bien no? para eso he estudiado yo tanto procesal...ya esta bien.
Esto es algo en lo que TAMBIEN deberíamos poneros serios porque el tiempo que estamos contando palotes no estamos ejerciendo nuestras funciones "procesales" ( aunque De la Oliva no opine lo mismo...le invito a que haga una estadistica trimestral y despues se estudie el temario de SJ, a ver que opina después)
Publicado: Sab 24 Ene 2009 8:03 pm
por Invitado
En materia de funciones legales competencia de los Secretarios Judiciales, éstos tienen que aprender a distinguir entre dos planos, que no suelen diferenciarse bien:
A) Plano de la reponsabilidad (corresponde al Secretario Judicial, que dicta instrucciones, gestiona claves de usuario, designa funcionarios concretos que ejecuten las tareas y les acredita para ello).
B) Plano de la ejecución material (funcionarios concretamente designados, para realizarlas).
En la estadística judicial sucede algo parecido a lo que sucede en otras tantas funciones. A saber: los actos de comunicación, depósito de piezas de convicción, archivo, regostro de recepciónde documentos, propoción del uso de medios técnicos de documentación, consultas telemáticas para la averiguación patrimonial y de domicilio, consultas de la cuenta de consignaciones, etc.
Los datos que hay que "rellenar" en los casillas de los boletines estadísticos se deberían toman de los libros de registro. (ahí está la pista de qué libros y con qué contenido hay que llevar en eun órgano judicial) Hay que hacer "palotes" si se llevan manualmente.
Que el Secretario Judicial sea el responsable de la llevanza de los libros de registro, no siginifica que sea el SJ elque tiene que hacer las materialmente las anotaciones (que luego se recopilana o recuentan para la estadística). Es más la propia LOPJ lo establece claramente. El SJ impartíra las oportunas instrucciones (sobre la llevanza) al personal de él dependiente (art. 458.4).
Hay mucho funcionario subido a la chepa del SJ y, primero hay que estar alerta, para que no se suban (cuando lo intenten). Hay que tener corage para sacudirtelos (cuando has consentido que se suban).
Siempre, que yo sepa, que el SJ ha impartido instrucciones profesionales por escrito conretando todos estos temas y los funcionarios han recurrido los recursos se han resuelto a favor de los SSJJ.
Si bien hasta ahora, hacia abajo hemos tenido poder para cambiar las cosas, lo malo es cuando la forma de entender nuestras funciones por nuestros superiores (con evidente menosprecio por nuestra función y nuestro Cuerpo) como evidencian instrucciones como esta, darían alas a los funcionarios, poníendonos en una posición lamentable que desvirtúa el perfil directivo que nos quiso dar la LO 19/2003.
Es que es para recurrir la Instrucción.
Publicado: Sab 24 Ene 2009 8:13 pm
por Invitado
Un Secretario General perteneciente al Cuerpo de Secretarios Judiciales, no hubiera dicho ni dado a entender que el Secretario Judciial tenga materialemente que "rellenar" boletines.
Si no se concibe que al frente de los Registradores ni de los Notarios no esté un Notario o un Registrador, no por corporativismo, sino porque es la mejor manera de que quien dirija una negocio conoczca el negocio.
Estodos lodos vienen de que aquellos polvos (que a los Secretarios Judiciales, Mariano, el ministro, nos puso a una Fiscal de Secretaria General).
Asi está la cosa.
Publicado: Dom 25 Ene 2009 2:58 pm
por Invitado
Anonymous escribió:
Si no se concibe que al frente de los Registradores ni de los Notarios no esté un Notario o un Registrador, no por corporativismo, sino porque es la mejor manera de que quien dirija una negocio conoczca el negocio.
No seré yo quien defienda a la actual Secretaria General, pero compañero, te equivocas. Al frente de los notarios y registradores hay una catedrática de derecho internacional y al frente de los fiscales no hay un fiscal.
Publicado: Lun 26 Ene 2009 1:54 am
por Invitado
Ya, pero ¿de quienes se asesoran los respectivos cargos políticos?, de gente del Cuerpo gobernado.
Y luego la importancia de tener miembros del cuerpo en puestos clave de la estructura gubernativa (v. el Presidente del Colegio de Registradores de España y del Consejo General del Notariado) que defiende la profesión (v. STS (3ª) 20.5.2008, BOE de 16 de junio de 2008)