Anonymous escribió:Bueno, según esa teoría de no ser Secretario y que no sea nombrado a dedo, por un lado quedarían excluidos todos los magistrados del cuarto turno, los de la terna del TSJ, etc,………….y según tu criterio tampoco habría inconveniente en que nuestros superiores fueran por ejemplo los Letrados de la Comunidad Autónoma respectiva.
Por cierto, los Jueces tienen de superiores a otros Jueces y desde luego no les va nada mal con ello
En primer lugar, los magistrados una vez que son nombrados por el sistema que sean, son independientes en su función, salvo que prevariquen. Alcanzado el cargo, no tienen que consolidar categoría alguna. Lo que les da independencia, no obstante puede haber algún estómago agradecido. Respecto a los Letrados de las Comunidades Autónomas, si no son Jueces no hay ni que mentarlos. Creo que al cuerpo de secretarios le ha ido mejor con el antiguo sistema en el que el Secretario de Gobierno no era elegido a dedo. Ahora ¿quién es nuestra cabeza?, un secretario o un fiscal. No cabe duda que todo sistema de ascenso o promoción tiene sus defectos porque los tribunales de oposiciones no son lo imparciales que debieran serlo. Pero lo que no tiene nombre es el periodo de servidumbre de cinco años de los puestos claves de nuestra jerarquía.
Sinceramente pienso en el artículo 124. CE
1. El Ministerio Fiscal, sin perjuicio de las funciones encomendadas a otros órganos, tiene por misión promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la Ley, de oficio o a petición de los interesados, así como velar por la independencia de los Tribunales y procurar ante éstos la satisfacción del interés social.
2. El Ministerio Fiscal ejerce sus funciones por medio de órganos propios conforme a los principios de unidad de actuación y dependencia jerárquica y con sujeción, en todo caso, a los de legalidad e imparcialidad.
Opina alguien en su sano juicio que el MF actua con sujeción, en todo caso, a los principios de legalidad e imparcialidad.
El Presidente del CGPJ por mucho que ordene, no ostenta la jerarquía del Fiscal General del Estado y aunque ambos están puestos por quienes todos sabemos. La independencia del primero es superior a la del segundo.
Que los Jueces tienen superiores, es una tesis que no comparto, los magistrados de una AP o TSJ o TS no son superiores a un simple juez por muy sustituto que sea. Respecto a vacaciones y permisos está claro que tiene que haber alguién que decida pero en la rutina diaria no reciben órdenes de nadie, es decir, no tienen superiores. Mirar el paro que hicieron sin hacer huelga.
En este contexto prefiero que mi jefe directo sea "Dívar" y no "Candido" o "María Pilar". Pues me siento más amparado con un Juez independiente que con una persona elegida por afinidad. Los Magistrados del cuarto turno que conozco son personas muy preparadas y con sentido de la justicia, habrá de todo, me consta. Pero una vez nombrados a quién deben pleitesía.
No obstante, estamos sometidos a la jerarquía vigente y así nos va a los secretarios.