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OPOSICION EN MONITORIO

Publicado: Vie 15 Jun 2007 12:35 am
por Juan
¿ Que hacer cuando presentada oposición al Monitorio, se emplaza a la demandante para que en 20 días interponga demanda de ordinario y dentro del plazo presenta escrito de renuncia ? ¿ Se ha de dictar un auto teniéndole por renunciada? ¿ le doy traslado a la demandada antes a fin de manifieste lo que a su derecho convenga ? El art. 20 de la LEC, habla de que se dictará la oportuna sentencia absolviendo al demandado. Gracias.

Publicado: Vie 15 Jun 2007 8:36 am
por Rosario
Entiendo que tienes que aplicar el art. 812 y sobreseer con condena en costas a la actora, pero no está de más que puedas oir previamente a la demandada, porque puede estar conforme y no pida las costas

Publicado: Lun 02 Jul 2007 11:16 pm
por grapix
¿por qué 20 días y no un mes?

Publicado: Jue 05 Jul 2007 8:53 am
por Rosario
Grapix, tienes razón , es un mes, yo ne presté atención al plazo que indicaba Juan, sino al contenido el auto, un saludo

Publicado: Jue 05 Jul 2007 10:39 am
por invit
Si la parte presenta escrito de renuncia , y no de desistimiento , entiendo que ha de aplicarse el art. 20 Lec y dictar sentencia absolutoria con efectos de cosa juzgada material.
En caso de proceder tal y como indica Rosario , se está permitiendo a la parte "que ha renunciado a la acción" entablar posteriormente un nuevo procedimiento por los mismos hechos.

Saludos.

Publicado: Vie 06 Jul 2007 12:13 am
por Invitado
¿ Que ocurriría si en un hipotecario donde exista más de una finca se presentara escrito solicitando la no continuación respecto a una de ellas por haberse llegado a un acuerdo extrajudicial en donde se obliga la parte ejecutante a no reclamar y la su vez se pide la continuación respecto de la otra ?
¿ Se debe dictar auto teniéndola por renunciada en la prosecución de la ejecución hipotecaria de la finca tal y continuar respecto de la otra finca en virtud del principio de justicia rogada y de conformidad con el art. 19 de la LEC?