Retribución sustituciones realizadas por LAJs segundo semestre 2025.
Publicado: Jue 17 Jul 2025 12:07 pm
Resolución de la Secretaria General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, de 14 de julio, por la que se prorroga el programa concreto de actuación para la retribución de las sustituciones realizadas por letradas y letrados de la administración de justicia durante el segundo semestre de 2025.
Como novedad, destaca que “Se excluirán del pago en todo caso los días en que el letrado se encuentre disfrutando de permisos, licencias, vacaciones o de cualquier otra situación que excluya la realización efectiva de la sustitución”, circunstancia que habrá de tener en cuenta el LAJ solicitante para excluir dichos días de su petición.
Se recuerda que, tampoco devengarán derecho a retribución las sustituciones que no superen diez días, salvo que la sustituta o sustituto deba realizar cualquier actuación o diligencia judicial que exija su presencia ante las partes o su intervención como fedataria o fedatario público en vistas y señalamientos, circunstancias todas ellas que deberán ser acreditadas para generar el derecho a su devengo, adjuntando la documentación que corresponda.
Como novedad, destaca que “Se excluirán del pago en todo caso los días en que el letrado se encuentre disfrutando de permisos, licencias, vacaciones o de cualquier otra situación que excluya la realización efectiva de la sustitución”, circunstancia que habrá de tener en cuenta el LAJ solicitante para excluir dichos días de su petición.
Se recuerda que, tampoco devengarán derecho a retribución las sustituciones que no superen diez días, salvo que la sustituta o sustituto deba realizar cualquier actuación o diligencia judicial que exija su presencia ante las partes o su intervención como fedataria o fedatario público en vistas y señalamientos, circunstancias todas ellas que deberán ser acreditadas para generar el derecho a su devengo, adjuntando la documentación que corresponda.