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Sustituciones entre letrados inferiores a 10 días

Publicado: Mar 09 May 2023 6:02 pm
por Edurne
Buenas tardes,

Me gustaría saber qué actos, actuaciones, diligencias, etc., se pueden computar a través del programa AINOA en las sustituciones entre Letrados inferiores a 10 días para que te las retribuyan. ¿Hay alguna relación de ellas?.

Muchas gracias.

Re: Sustituciones entre letrados inferiores a 10 días

Publicado: Dom 15 Oct 2023 6:19 pm
por Trane
Pues entiendo que juicios, comparecencias ante el LAJ (incluyendo apud acta), declaraciones penales, ratificaciones en divorcios o en cualquier otro acto, aceptaciones de perito ante el LAJ, etc.

Por cierto, ¿alguien sabe si se puede certificar por sustitución de días de vacaciones o por estos días no se paga?

Re: Sustituciones entre letrados inferiores a 10 días

Publicado: Lun 23 Oct 2023 10:53 pm
por delme
Las vacaciones no se retribuyen según la resolución en vigor