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¿Por qué los letrados de la Administración de Justicia no pueden cometer errores judiciales?

Publicado: Mar 05 Oct 2021 5:01 pm
por Terminatrix
https://confilegal.com/20211004-opinion ... udiciales/

Emocionada me hallo. lloritos
Si los LAJ, que desempeñan singular función como fedatarios judiciales, asumen la ordenación del procedimiento y dirigen el funcionamiento de la Oficina Judicial con responsabilidad inherente al correcto funcionamiento de la actividad jurisdiccional, ¿por qué les está vedada su inclusión en el error judicial?
La respuesta bien pudiera cobijarse en el inefable hecho de que, a pesar de ser titulados en Derecho y haber superado una exigente oposición, son una figura infravalorada en nuestra Administración de Justicia Española, situación que debiera ser subsanada para ser más reconocida y que, tras la Ley 13/2009, no tiene excusa, pues, hoy, se sigue entendiendo que su actividad es no jurisdiccional, quedando extramuros del error judicial.

Re: ¿Por qué los letrados de la Administración de Justicia no pueden cometer errores judiciales?

Publicado: Dom 10 Oct 2021 6:53 pm
por LGC
Pues es bien sencillo, porque el error "judicial" solo lo pueden cometer los jueces, como el error "médico" solo los médicos. No veo qué tiene que ver el consabido rollete de "cuerpo superior jurídico" y "piedra angular" de la justicia ni la "infravaloración" de la que habla el autor, que es más bien ninguneo, porque infravalorar algo ya es tenerlo en cuenta.

Re: ¿Por qué los letrados de la Administración de Justicia no pueden cometer errores judiciales?

Publicado: Mié 02 Mar 2022 4:17 pm
por Tom
Me ha entrado hoy una demanda de este señor. Llamarla sui generis sería quedarse corto.
Se aplica uno de los fueros imperativos del art. 52 y en 30 folios ni una mención al lugar...

:roll: