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Inhabilidad a efectos prácticos de agosto.

Publicado: Mar 12 May 2020 5:43 pm
por Terminatrix

Re: Inhabilidad a efectos prácticos de agosto.

Publicado: Mié 13 May 2020 7:57 pm
por Duende
Estamos obligados por ley a practicar las notificaciones en el plazo de tres dias desde la firma de las resoluciones, si yo, por lo que sea, trabajo en un periodo habil, tendré que dictar resoluciones y notificarlas ( en la actualidad las resoluciones del Letrado de la Administración de Justicia son como veinte veces mas que las del juez) tanto fastidia a un abogado, y especialmente a un procurador, celebrar vistas como recibir notificaciones y estar atento a los plazos y los recursos, por no hablar de las contestaciones a las demandas.
Como siempre en las alturas, no solo el consejo, tambien los colegios prosesionales estan fuera decla realidad, siguen con la idea de que la administración de justicia son excludivamente los jueces y asi les luce el pelo.