Página 1 de 1

Estadística y estado de alarma.

Publicado: Sab 21 Mar 2020 11:48 am
por Terminatrix
ESTADO DE ALARMA Y ESTADÍSTICA JUDICIAL
Por su interés general, copio aquí la respuesta que se ha dado en el apartado de preguntas frecuentes (FAQ's) habilitado por el Colegio en su página web ante la estado de alama por coronavirus que estamos padeciendo.
Y es que dentro de poco se iniciaría el plazo para enviar la estadística. ¿Tendremos que remitirla llegados al 1 de abril?

Respuesta del Colegio:
"Aunque esperamos un pronunciamiento expreso del Secretario General al respecto, debemos tener en cuenta tres cosas:

De acuerdo con las Resoluciones del M.J. de 14 y 16 de marzo, la estadística no aparece incluida en los servicios esenciales. 2ª, de conformidad con la DA 2 del 463/2020 los plazos y términos han quedado suspendidos para todas las actuaciones que no se incluyan en esos servicios esenciales, lo que incluye a la estadística, en principio.
Los sistemas de gestión procesal y resto de aplicaciones informáticas que proporcionan los datos estadísticos, permiten obtener al MJ cualquier dato que se necesite de manera urgente y de forma telemática; evitándose con su uso la movilidad física del personal.
En consecuencia, a salvo de lo que se resuelva por el MJ, de manera expresa para este asunto, una vez que se levante el Estado de Alarma y se retome la actividad ordinaria, se reiniciarán los nuevos plazos de remisión."

FUENTE: Jaime Font de Mora en FB. https://www.facebook.com/groups/5152061 ... et&fref=nf

Re: Estadística y estado de alarma.

Publicado: Dom 22 Mar 2020 3:04 pm
por kalman
Os confieso que en estos momento es la menor de mis preocupaciones. Como si la suprimen vamos

Re: Estadística y estado de alarma.

Publicado: Vie 27 Mar 2020 5:28 pm
por Terminatrix
Recibido en el correo:
En la situación de excepcionalidad en que todos nos encontramos, y en relación a la cumplimentación de los boletines trimestrales, se ha adoptado la decisión de aperturarlos en la fecha prevista del día 1 de abril, si bien está suspendido el plazo de remisión de los mismos. Es decir, desde el 1 de abril los boletines trimestrales están disponibles para aquéllos letrados de la administración de justicia que consideren oportuno cumplimentarlos, pero queda en suspenso la obligatoriedad de remitirlos en el plazo de 15 días.

Como no es posible conocer la duración de esta situación, en este momento no se pueden impartir instrucciones definitivas, que una vez se adopten serán oportunamente comunicadas a todos los letrados de la administración de justicia.

Donde se demuestra, una vez más, que un pesimista no es sino un optimista bien informado.
Mi consejo, "ahora que vamos despacio", es que los que no estemos "teletrabajando" ( :filaaplausos: :descojone: :filaaplausos: :descojone: ) empecemos a palotear para "contar mentiras"... :whistling: