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Sentencia TJUE cláusulas suelo. Pierde la banca
Publicado: Mié 21 Dic 2016 1:36 pm
por Top Secre
Re: Sentencia TJUE cláusulas suelo. Pierde la banca
Publicado: Mié 21 Dic 2016 1:43 pm
por CIVILIST@
En Primera Instancia estamos temblando, esperemos que los bancos hayan sido previsores y hayan provisionado las correspondientes cantidades, de manera que las miles de reclamaciones se resuelvan extrajudicialmente. Si no, el "caso Bankia" va a quedar en nada en comparación con el aluvión de demandas....

Re: Sentencia TJUE cláusulas suelo. Pierde la banca
Publicado: Mié 21 Dic 2016 1:45 pm
por jbr.abogado
¿Pero la sentencia dónde está?, una cosa es lo que dice la prensa y casi siempre otra muy distinta lo que dicen las sentencias.
Saludos, gracias,
jbr
Re: Sentencia TJUE cláusulas suelo. Pierde la banca
Publicado: Mié 21 Dic 2016 2:00 pm
por CIVILIST@
jbr.abogado escribió:¿Pero la sentencia dónde está?, una cosa es lo que dice la prensa y casi siempre otra muy distinta lo que dicen las sentencias.
Era sí o no, devolver o no, y la monedada ha caído del lado del sí, dejando a nuestro TS en un triste lugar...
No entro en la bondad o no de la sentencia del TJUE, pero es indudable que en Arriaga y otros grandes despachos están descorchando botellas del mejor champagne, la función continúa...
Re: Sentencia TJUE cláusulas suelo. Pierde la banca
Publicado: Mié 21 Dic 2016 2:09 pm
por jbr.abogado
Hola:
La sentencia:
http://curia.europa.eu/juris/document/d ... cid=509967
Palo gordo a nuestro TS.
Trabajo para los juzgados, pero no tienen la culpa ni los abogados ni los consumidores...
Saludos cordiales,
jbr
Re: Sentencia TJUE cláusulas suelo. Pierde la banca
Publicado: Mié 21 Dic 2016 2:32 pm
por newzel
74. " En tales circunstancias, dado que para resolver los litigios principales los órganos jurisdiccionales remitentes están vinculados por la interpretación del Derecho de la Unión que lleva a cabo el Tribunal de Justicia, dichos órganos jurisdiccionales deberán abstenerse de aplicar, en el ejercicio de su propia autoridad, la limitación de los efectos en el tiempo que el Tribunal Supremo acordó en la sentencia de 9 de mayo de 2013, puesto que tal limitación no resulta compatible con el Derecho de la Unión (véanse, en este sentido, las sentencias de 5 de octubre de 2010, Elchinov, C‑173/09, EU:C:2010:581, apartados 29 a 32; de 19 de abril de 2016, DI, C‑441/14, EU:C:2016:278, apartados 33 y 34; de 5 de julio de 2016, Ognyanov, C‑614/14, EU:C:2016:514, apartado 36, y de 8 de noviembre de 2016, Ognyanov, C‑554/14, EU:C:2016:835, apartados 67 a 70).
75. De todas las consideraciones anteriores resulta que el artículo 6, apartado 1, de la Directiva 93/13 debe interpretarse en el sentido de que se opone a una jurisprudencia nacional que limita en el tiempo los efectos restitutorios vinculados a la declaración del carácter abusivo, en el sentido del artículo 3, apartado 1, de dicha Directiva, de una cláusula contenida en un contrato celebrado con un consumidor por un profesional, circunscribiendo tales efectos restitutorios exclusivamente a las cantidades pagadas indebidamente en aplicación de tal cláusula con posterioridad al pronunciamiento de la resolución judicial mediante la que se declaró el carácter abusivo de la cláusula en cuestión"
Lo resuelto por el TJUE es lo que veníamos aplicando en la Oficina Judicial, pese a las apelaciones interpuestas. Se trataba de una cuestión de pura justcia material. La solución salomónica del TS no tenía demasiado sentido.
Contrapartida: es posible que en unos meses, las comisiones de mantenimiento suban un 20% y que las de apertura y cancelación sean ya usuales, salvo para clientes VIP, que el tipo ordinario de interés remuneratorio sea del 12% para toda clase de operaciones al consumo, que la tarifa eléctrica se desborde y que no se legisle jamás la dación en pago vinculante.
Moraleja: es necesario un profundo cambio legislativo que evite que los riesgos sistémicos se resocialicen
Re: Sentencia TJUE cláusulas suelo. Pierde la banca
Publicado: Mié 21 Dic 2016 3:11 pm
por Javier González Pereda
He hablado esta mañana con mi banco y me comentan que los servicios centrales están analizando la sentencia y que es probable que se cumpla de oficio o extrajuficualmente...A ver
Pero yo creo se abre un aluvión de nuevas cuestiones jurídicas a valorar y que traerán cola...Por ejemplo la cantidad de gente que viendo que algunas entidades no le supriman la cláusula suelo llegaron a novar a tipo fijo y en qué condiciones..
Quizá la mayor parte de reclamaciones en aplicación de este histórico fallo se resuelvan extrajudicialmente ,al fin y al cabo es cuestión de fechas y un tema exclusivamente matemático.
No creo se arriesguen a condenas en costas en aplicación de una sentencia de meridiana y absoluta claridad.
Yo creo os llegarán los casos de laboratorio que aún así,serán muchos también,un saludo para todos y feliz fallo,feliz Navidad.
Re: Sentencia TJUE cláusulas suelo. Pierde la banca
Publicado: Mié 21 Dic 2016 3:20 pm
por newzel
Estoy de acuerdo con Civilist@ en que los grandes beneficiados van a ser, de forma directa, los despachos profesionales. Las costas son ganancia patrimonial y se deben declarar por el beneficiado, es decir el consumidor, dado que lo que gane vía judicial, tras años de angustia, lo perderá vía fiscal (alrededor de un 30% si no recuerdo mal)
Es más, si no me equivoco, las costas por ejemplo, en el tema de preferentes, no los abona directamente Bankia, sino de forma indirecta, a través de un Fondo creado ex profeso con tal finalidad, creado con las aportaciones de todos.