Protocolo acoso laboral
Publicado: Lun 25 Abr 2016 5:56 pm
........por ejemplo, del Anexo I:
Se considera acoso:
"Menospreciar repetidamente a un trabajador".
Por ejemplo, acusándolo de ocho faltas graves y una muy grave que después se demuestra que nunca existieron (y por eso se archivan).
"Dictar órdenes de imposible cumplimiento"
Por ejemplo, la orden (por correo electrónico y sin previo aviso) de reincorporación a su despacho en Ceuta EN EL MISMO DÍA de la "notificación" constando al emisor que el destinatario tenía domicilio en Madrid.
"Acciones de represalia frente a trabajadores que han presentado denuncias"
Por ejemplo, tener que acudir continuamente a la vía de los recursos, administrativos y jurisdiccionales; o ver vacaciones y permisos continuamente obstaculizados; o encomendarse funciones de bedel (como la tenencia de llaves); o ser sustituto "en primer orden" de más órganos que el resto de compañeros; y un larguísimo etcétera.
En cambio, NO se considera acoso:
Ofensas puntuales. Por ejemplo, dirigirse por escrito a un Letrado de la Administración de Justicia (con rango de autoridad) diciendo "es usted un impresentable de la peor clase".
(SIN PERJUICIO DE QUE PUEDAN SER CONSTITUTIVAS DE OTRAS INFRACCIONES)
El protocolo lleva fecha de abril de 2016.
El acoso se considera delito desde la reforma del código penal de 2010.
En el procedimiento penal iniciado en su día el juez no consideró necesario tomar declaración a la máxima autoridad de entre los denunciados, encargado hoy de la causa de corrupción más grave de las que se siguen en la Audiencia Nacional.
xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
Texto del escrito dirigido al superior de la Secretaria de Gobierno en Ceuta, que es el Secretario General de la Administración de Justicia, número tres del Ministerio, solo por detrás del Secretario de Estado y del propio Ministro.
El protocolo significa que el Ministerio reconoce, a posteriori, que sus representantes en Ceuta se han estado saltando la ley durante años, sin consecuencias (para ellos;otros lo pagamos con varias bajas laborales, ingreso hospitalario incluido).
Los actuantes siguen libres...
Se considera acoso:
"Menospreciar repetidamente a un trabajador".
Por ejemplo, acusándolo de ocho faltas graves y una muy grave que después se demuestra que nunca existieron (y por eso se archivan).
"Dictar órdenes de imposible cumplimiento"
Por ejemplo, la orden (por correo electrónico y sin previo aviso) de reincorporación a su despacho en Ceuta EN EL MISMO DÍA de la "notificación" constando al emisor que el destinatario tenía domicilio en Madrid.
"Acciones de represalia frente a trabajadores que han presentado denuncias"
Por ejemplo, tener que acudir continuamente a la vía de los recursos, administrativos y jurisdiccionales; o ver vacaciones y permisos continuamente obstaculizados; o encomendarse funciones de bedel (como la tenencia de llaves); o ser sustituto "en primer orden" de más órganos que el resto de compañeros; y un larguísimo etcétera.
En cambio, NO se considera acoso:
Ofensas puntuales. Por ejemplo, dirigirse por escrito a un Letrado de la Administración de Justicia (con rango de autoridad) diciendo "es usted un impresentable de la peor clase".
(SIN PERJUICIO DE QUE PUEDAN SER CONSTITUTIVAS DE OTRAS INFRACCIONES)
El protocolo lleva fecha de abril de 2016.
El acoso se considera delito desde la reforma del código penal de 2010.
En el procedimiento penal iniciado en su día el juez no consideró necesario tomar declaración a la máxima autoridad de entre los denunciados, encargado hoy de la causa de corrupción más grave de las que se siguen en la Audiencia Nacional.
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Texto del escrito dirigido al superior de la Secretaria de Gobierno en Ceuta, que es el Secretario General de la Administración de Justicia, número tres del Ministerio, solo por detrás del Secretario de Estado y del propio Ministro.
El protocolo significa que el Ministerio reconoce, a posteriori, que sus representantes en Ceuta se han estado saltando la ley durante años, sin consecuencias (para ellos;otros lo pagamos con varias bajas laborales, ingreso hospitalario incluido).
Los actuantes siguen libres...