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Responsable civil ilocalizable

Publicado: Mié 16 Mar 2016 7:15 pm
por GonlaO
Tengo en unas DIP a la responsable civil directa ilocalizable, y el subsidiario, es decir, la cia de seguros me dice que tampoco sabe nada de ella. me preguntan si pueden citarla por edictos, bien pero cuando pasemos a PA como hacemos el tema del escrito de defensa ¿? no es que pueda declararla en rebeldia

Re: Responsable civil ilocalizable

Publicado: Vie 18 Mar 2016 4:19 pm
por Xoán
GonlaO escribió:Tengo en unas DIP a la responsable civil directa ilocalizable, y el subsidiario, es decir, la cia de seguros
¿No será al revés? Los responsables civiles directos son los criminalmente responsables y las compañías de seguros. ¿Tu caso no será el de un responsable civil subsidiario, por ejemplo el propietario del coche?

Si es ese el caso, lo más correcto es: emplazarlo por edictos, y una vez transcurrido el plazo, designarle abogado y procurador de oficio, emplazarlos para escrito de defensa y elevar.

Los edictos no se suelen emplear en penal, aunque es totalmente factible para un responsable civil, por la remisión del art. 166 LECRIM a la LEC.

Ahora bien, a efectos prácticos, te aseguro que son más solventes las compañías de seguros que los responsables ilocalizable, así que nos da un poco igual poder condenarlo, de ahí que puedas hacer lo incorrecto que es:

Salvar el expediente haciendo intentos suficientes para localizarlo (consulta domiciliaria punto neutro) y poniendo una diligencia de constancia de que no se pudo localizar y elevar.

Así ahorras también al erario público tener que pagar a un abogado y un procurador de oficio.

Saludos.

Re: Responsable civil ilocalizable

Publicado: Jue 07 Abr 2016 11:03 am
por GonlaO
muchas gracias Xoan, siento no haber contestado antes! tienes toda la razon, así lo hare!