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Guardias

Publicado: Vie 18 Dic 2015 9:27 pm
por Sustituto nuevo
Buenas tardes soy nuevo y en unas semanas entro de guardia y estoy perdido y con mucho temor.En la guardia además del SIRAJ para registrar medidas cautelares de VIDO ,para las notas de condena y las requisitorias ¿qué otros registros debo tener en cuenta?Agradezco de antemano a quien buenamente pueda ayudarme.Un saludo

Re: Guardias

Publicado: Dom 20 Dic 2015 12:39 pm
por Top Secre
Hola, Sustituto nuevo.

Ante todo, mucha calma. Seguramente la oficina sabe muy bien lo que tiene que hacer, y el Juez también, así que tú observa y estáte tranquilo que todo va a ir muy bien.

Respecto del derecho sustantivo y procesal, leete la reforma del Código Penal y la Ley del Estatuto de la Víctima, porque en la información de derechos y ofrecimiento de acciones a las víctimas hay alguna novedad.

Como dices, lo fundamental es SIRAJ, que estés dado de alta en la Consulta Integrada que une la de medidas cautelares, violencia doméstica y penados y rebeldes. La oficina también tendrá sus claves,pero tú tienes que validar lo que hacen, así que si no estás dado de alta cuanto antes, hazlo y habla con los informáticos para que te den un curso express cuanto antes, porque necesitas tener cuatro cosas claras para moverte rápido y no aturullarte.

De los registros que necesitas, no sé si ahí tenéis agenda rápida de señalamientos, habla con los informáticos, porque normalmente son los funcionarios las que la gestionan, pero no viene mal que tú la tengas.

No sé tampoco si ahí lleváis presentación telemática de escritos. Te lo digo porque está implantándose en instrucción en estos días, espero que no tengáis incidencias.

Tienes también que controlar que en Aino@ estés dado de alta con tu perfil de LAJ. Cuando pasen dos o tres días de la guardia tienes que certificar que el Juzgado la ha hecho y quiénes de la plantilla han entrado en el turno. Es muy fácil, aunque es hacerle el trabajo a Gerencia son cuatro clicks.

Recuerda que si te toca ir a trabajar en domingo o festivo tienes derecho a disfrutar el saliente de guardia, el día inmediatamente posterior a aquel en que termines la guardia.

Ese mismo día que finalizas la guardia es cuando se celebran los juicios rápidos. Es un día muy movidito sobre todo para el Juez y el Fiscal y la oficina, pero tú tendrás que estar supervisando el trabajo y coordinándolo todo y con el SIRAJ abierto toda la mañana para ir registrando las notas de condena.

Si se me ocurre algo más ya te voy diciendo. Ánimo y calma. Para los principiantes las guardias son terribles por los nervios y la tensión, pero vas cogiendo seguridad y dejándote llevar por los funcionarios y el Juez y verás que todo sale bien.

Cualquier cosa que necesites, nos dices :wink: