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UNA REFLEXIÓN
Publicado: Jue 23 Mar 2006 12:28 am
por Invitado
No es posible la independencia de la justicia si no son también independientes del poder político los funcionarios que auxilian a los jueces y tribunales: secretarios, oficiales, auxiliares y agentes –yo prefiero usar los nombres clásicos, las denominaciones “modernas” me parecen una auténtica memez-. La idea de que solamente han de ser independientes los jueces, mientras que los funcionarios que les auxilian tienen que ser controlados por el poder ejecutivo es una auténtica trampa para la independencia de la justicia. ¿Cómo podrán ser independientes los jueces si son auxiliados en su función por “sicarios” del poder político de turno? ¿Un juez puede ser verdaderamente independiente rodeado de funcionarios que en realidad están controlados y sirven a otro poder? Es fundamental que en nuestra función solamente debamos obediencia y “lealtad” al órgano jurisdiccional para el cual trabajamos, de otro modo se compromete gravemente la independencia de la justicia. La independencia de la justicia la hacemos todos los que trabajamos para ella, no solamente los señores jueces, aunque a ellos corresponda la parte principal, por supuesto, que eso nadie lo puede discutir.
La evolución de los últimos tiempos ha ido, desgraciadamente, por ese camino del control del ejecutivo sobre los funcionarios de justicia. Antes el Ministerio se limitaba a establecer los reglamentos y convocar las oposiciones; ahora, el Ministerio y, lo que es aun peor, algunas totalitarias administraciones autonómicas, han pasado a controlar los horarios e incluso hacen reiteradas tentativas por inmiscuirse en la diaria realización de nuestro trabajo, hurtando ese control directo que siempre correspondió a los secretarios, como jefes de personal, e incluso a los jueces, como superiores máximos de cada órgano jurisdiccional
Publicado: Jue 23 Mar 2006 3:55 pm
por k
1)La administración pública (funcionarios, entre los que estás también tú) no es sicario de un poder político de turno. La función pública tiene como razón de ser el servicio público con neutralidad y permanencia ante cualquier vaivén político, y esa es una de sus razones de ser.
2)Existe la separación de poderes, como uno de los pilares del Estado democrático. ¿Qué pasaría si te entrometieras en el contenido de las Sentencias? Pues eso.
3) El Estado social y democrático de derecho es incompatible con una organización de los Juzgados como células jerárquicas, militarizadas, con la figura del Juez-führer y del Secretario-asistente personal.
Nota.-El término germano utilizado no va con sentido político. He escogido la palabra con ánimo exclusivo de precisión gramatical.
Publicado: Jue 23 Mar 2006 7:30 pm
por killer
EstoY contigo K . La única razón de ser de la supuesta independencia es el totalitarismo. Lo cierto y verdad es que tanto el ejecutivo como el legislativo se controlan mutuamente, pero ¿ quien controla al Judicial? Se supone que se controlan ellos mismos. Vamos como la zorra que investiga el robo de las gallinas
Publicado: Jue 23 Mar 2006 9:59 pm
por Invitado
El proponente ha inventado la pólvora. Sigue reflexionando
Publicado: Vie 24 Mar 2006 12:33 pm
por Magistrado Granollers
Técnicamente hablando, desde las famosas Sentencias del TC acerca de la administración de la administración de justicia, conviven en un mismo lugar dos poderes, el ejecutivo (Funcionarios de Secretario para abajo) y el judicial (El Juez o Tribunal).
Creo que existe un problema que no todo el mundo identifica bien, y que es resultado de la lamentable (A mi juicio) configuración de nuestra democracia.
Me explico:
Para bregar con la transición y los dificiles años que se avecinaban tras la Constitución, el modelo elegido fue uno que crea un ejecutivo muy fuerte. En otros modelos o países en que la partitocracia no está planteada de la misma manera (Por ejemplo los anglosajones) es posible conseguir que diputados conservadores voten en contra del presidente conservador si a la circunscripción que les eligió le interesa, y a la inversa, que diputados de izquierdas apoyen una propuesta de un presidente conservador si es de su interés. Es decir, prima el logro de lo que a cada distrito electoral interesa por encima de la política de partido, y el presidente es elegido por separado respecto a las cortes.
En España no sucede esto, como todos sabemos, sino que se elige a las cortes, y éstas comisionan al gobierno. Pero esto produce una peligrosa confusión entre legislativo y ejecutivo, porque es mas que evidente que con una disciplina de partido tan fuerte como tenemos, el que sea elegido presidente (Que por cierto es el centro de la campaña electoral previa, a pesar de que nadie le vota a él directamente excepto cuando se presenta como diputado o senador en una circunscripción, y entonces son sólo los votantes de ésta lso que realmente le eligen, y no como presidente) no va a caer salvo en casos de pactos con terceros partidos que se rompan (Lo que es muy dificil, pues se hacen pactos para la legislatura completa).
Y así, en España, si uno se pone a preguntar en la calle, pocos o ninguno saben la diferencia que existe entre legislativo y ejecutivo, porque en la práctica vienen a ser una sola cosa. Aquí empieza el primer problema para la justicia: Aunque debe existir un control recíproco, técnicamente es el legislativo el que controla a la justicia, pues si no le gusta lo que ésta viene haciendo, cambia la ley y punto (Recordad la famosa frase de "Una linea en el BOE puede convertir en papel mojado bibliotecas enteras de jurisprudencia"). Pero lo que no es lógico ni está legalmente previsto es que sea el ejecutivo el que controle al poder judicial, sino al revés (Tribunales de lo Contencioso-Advo). Por eso el resultado final es que el poder judicial está aislado y demasiado separado de los dos restantes, al fundirse estos en un solo bloque. Para acabar de empeorar las cosas, el legislativo solo es controlado por el Tribunal Constitucional (Ningun juez ordinario puede cargarse el producto del legislativo: La ley), que a su vez es nombrado por el propio legislativo en gran parte, y por el ejecutivo en otra, cuando ya sabemos que son lo mismo.
Y aquí es donde aparece el que, a mi juicio, es el mas aberrante e interesado error conceptual cometido por el TC en relación a la administración de justicia: Cuando se habla de participación de las CCAAs en la "administración de la administración de justicia" se está olvidando flagrantemente que esa administración, sea del estado o de la CCAA es en realidad parte del poder EJECUTIVO y no del legislativo. Es decir, que se entrega una esfera de acción que afecta al poder judicial, pero no al legislativo de las CCAA o del estado (Que sería razonable) sino al ejecutivo, y esto sí es un problema, porque el ejecutivo es directamente controlado por el judicial y porque además el ejecutivo en nuestro sistema NO representa a la soberanía nacional, en contra de lo que mucha genrte cree. El ejecutivo es un poder derivado o comisionado por el soberano (El pueblo a través del legislativo), pero no representa en sí mismo la soberanía. Su legitimación para actuar nace del encargo de las cortes, pero esta legitimación para sujetar con la acción administrativa a los ciudadanos a sus directrices NO es ni puede ser de ninguna manera legitimación para presionar o modular el actuar de los Tribunales. Esa legitimación es EXCLUSIVA de las cortes mediante la ley (los jueces sólo se sujetan al imperio de la ley art. 117 CE, y pueden ignorar la acción del ejecutivo, que es el reglamento, cuando sea ilegal "inaplicarlo de oficio cuando sea ilegal ex. art. 6 LOPJ ")
RESUMIENDO MI POSTURA:
1.- El control entre poderes NO es recíproco en nuestro sistema ni tiene por qué serlo:
- El ejecutivo no tiene legitimación para controlar al judicial de manera directa (Sí puede promover la acción ante los tribunales a través del Fiscal o del Abogado del Estado, pero esto es otra cosa).
- El legislativo controla al judicial con la ley, y al ejecutivo con la retirada/mantenimiento de su confianza
- El judicial controla al ejecutivo cuando éste aplica las leyes del legislativo sobre los ciudadanos
- El legislativo sólo es controlado por el Constitucional y por el pueblo en las elecciones
2.- Entregar el control de la administración instrumental de la administración de la administración de justicia a un ejecutivo cualquiera (De la CA o del estado) es un error conceptual. Como ejemplo de que esto no sucede en otros casos, las cortes tienen su propia administración de funcionarios que depende sólo del presidente de las cortes, y no del gobierno del estado o de la comunidad autónoma de Madrid.
3.- A mi entender la administración de la administración de justicia debería depender por completo del CGPJ. Otra cosa es que cada CCAA o el estado a través de sus parlamentos dicten leyes que, en los aspectos que no afectan a la independencia judicial limiten y controlen la acción de los tribunales y su administración. Por poner unos ejemplos: Que el parlamento de Cataluña pueda dictar una ley obligatoria para esos funcionarios y jueces obligando a atender en catalán cuando se solicite, que el estado y las CCAA dicten leyes declarando inembargables sus bienes, etc. Hay muchas maneras en las que se puede legislativamente controlar la acción de los tribunales y asegurarse de que éstos se sujetan al marco legal establecido por la soberanía popular. Pero desde luego, tratar de presionar a través de la acción directa jerárquica sobre los funcionarios por vía del ejecutivo es inadmisible a mi entender, porque significa cometer un fraude a los propios ciudadanos y al sistema legal, al tratar de conseguir de los tribunales mediante la presión fáctica lo que se les debe imponer legislativamente.
Saludos
Publicado: Vie 24 Mar 2006 2:09 pm
por Invitado
Como habitualmente, todo un gusto leerte, Magistrado.
No obstante, algunas dudas que se me plantean en tu escrito:
Aunque debe existir un control recíproco, técnicamente es el legislativo el que controla a la justicia, pues si no le gusta lo que ésta viene haciendo, cambia la ley y punto (Recordad la famosa frase de "Una linea en el BOE puede convertir en papel mojado bibliotecas enteras de jurisprudencia").
No estoy seguro de que un cambio en la legislación -que lógicamente afecta siempre a la jurisprudencia- sea sinónimo de "controlar a la justicia". Ese es el terreno de juego: el legislativo legisla (produce leyes) y el judicial aplica. Puede distorsionar su trabajo, sí, pero no veo porqué eso conlleva para ti un control de uno sobre el otro.
El ejecutivo es un poder derivado o comisionado por el soberano (El pueblo a través del legislativo), pero no representa en sí mismo la soberanía. Su legitimación para actuar nace del encargo de las cortes, pero esta legitimación para sujetar con la acción administrativa a los ciudadanos a sus directrices NO es ni puede ser de ninguna manera legitimación para presionar o modular el actuar de los Tribunales. Esa legitimación es EXCLUSIVA de las cortes mediante la ley.
De acuerdo en la formulación y atribución de legitimidades. Pero quizá no en lo que seguidamente infieres y en el camino que tomas para llegar a lo siguiente.
3.- A mi entender la administración de la administración de justicia debería depender por completo del CGPJ.
Con las actuales reglas de juego, ni pensarlo. Un CGPJ que también sufre perversiones-dislexias de identidad (igual que el ejecutivo y legislativo), fuertemente politizado como está... no es ni el mejor ni siquiera un buen órgano para administrar nada.
Lo que me parece subyace en todo el tema es una pregunta más simple: ¿debe el poder judicial ser totalmente autónomo en su administración, en sentido amplio, gobernando su propia evolución a lo largo del tiempo?
Por un lado, el riesgo de endogamia es importante. Y ya sabemos qué ocurre cuando un órgano fundamental como es la justicia se "esclerotiza".
Por otro, mientras ejecutivo y legislativo sigan estando tan imbricados como bien describes, no sé qué sentido tiene aislar a uno de los poderes, posiblemente crearía una fuerte distorsión en el conjunto del sistema. O vamos a una mayor separación de poderes (de todos) mejor los dejamos en una razonable ensalada.
Quizá deberíamos echar un vistazo al funcionamiento de la empresa privada. Como sistema no sufre de estos problemas y sus necesidades conceptuales son similares: eficacia en la gestión, vocación de perdurar, consistencia en la actuación a lo largo del tiempo, etc..
Las empresas tienen un ejecutivo (la dirección), un "legislativo" que marca tendencias (el consejo de administración) y también órganos y mecanismos de seguimiento y control (auditorías internas/externas, calidad, etc...), gestionados por la dirección pero que reportan al consejo. Normalmente conviven en razonable armonía, y el resultado suele ser eficaz.
Publicado: Vie 24 Mar 2006 3:51 pm
por Magistrado Granollers
Hola invitado y gracias por el cumplido
No estoy seguro de que un cambio en la legislación -que lógicamente afecta siempre a la jurisprudencia- sea sinónimo de "controlar a la justicia". Ese es el terreno de juego: el legislativo legisla (produce leyes) y el judicial aplica. Puede distorsionar su trabajo, sí, pero no veo porqué eso conlleva para ti un control de uno sobre el otro.
Cuando digo controlar me refiero a hacerlo en el sentido leal de la división de poderes, no en el político-negativo-totalitario. No me refiero a decir en casos concretos la solución que se debe aplicar al juez, sino en canalizar y dirigir sus decisiones en conjunto hacia lo que la ciudadanía pide. En este sentido, y por poner un ejemplo reciente, ahí está el problema creado por la refundición de penas del Código Penal y el criterio empleado por el TS al respecto -que cambió hace poco-, asi que en manos del legislador está quitar por ejemplo ese márgen al Juez mediante una modificación del artículo en cuestión del Código Penal, eliminando cualquier duda. Esto me parece control super-lícito del legislativo sobre el judicial, y así debe de ser.
Lo que no me parece lógico es un control político que, para obtener el mismo resultado utilice la misma mayoría que sirve para reformar el Código Penal para nombrar jueces proclives a una u otra interpretación, por ejemplo. Esto no tiene sentido alguno para mí, y enturbia mucho el conjunto porque supone ejercer un tipo de control (político) extraño al sistema, que es legal.
Con las actuales reglas de juego, ni pensarlo. Un CGPJ que también sufre perversiones-dislexias de identidad (igual que el ejecutivo y legislativo), fuertemente politizado como está... no es ni el mejor ni siquiera un buen órgano para administrar nada.
Es que eso es lo gracioso del asunto

¿Para qué quieren el control sobre la administración de la administración de justicia si ya tienen el de la cúpula del poder judicial? Pensemos un poco sobre esto: Si yo soy el legislativo y quiero que los jueces trabajen mas -pongan mas Sentencias- ¿Que es lo más lógico que debo hacer? ¿Crear una ley de rendimiento mínimo de los jueces, o entregarle al ejecutivo el control de la oficina para que le señalen mas vistas a los jueces? Si quiero que se hable catalán en las oficinas ¿Que es lo más lógico que debo hacer? ¿Crear una ley autonómica que lo imponga, o entregarle al ejecutivo autonómico el control de la oficina para que seleccione y ubique a los funcionarios que hablan catalán con preferencia?
Si el CGPJ fuera de verdad controlado por las cortes y los parlamentos autonómicos mediante las leyes, como se debería hacer, nadie se preocuparía de que la administración de la administración de justicia dependiera del mismo. Como nadie se preocupa de que el Tribunal Constitucional o las Cortes tengan su propio cuerpo de funcionarios, dependientes sólo de ellos mismos.
Pero el problema es que se quiere hacer mediante juego subterráneo y presiones lo que debería hacerse a la luz y vista de todo el mundo, por el medio oportuno, que es la ley.
Quizá deberíamos echar un vistazo al funcionamiento de la empresa privada. Como sistema no sufre de estos problemas y sus necesidades conceptuales son similares: eficacia en la gestión, vocación de perdurar, consistencia en la actuación a lo largo del tiempo, etc..
Las empresas tienen un ejecutivo (la dirección), un "legislativo" que marca tendencias (el consejo de administración) y también órganos y mecanismos de seguimiento y control (auditorías internas/externas, calidad, etc...), gestionados por la dirección pero que reportan al consejo. Normalmente conviven en razonable armonía, y el resultado suele ser eficaz.
Hay muchas cosas buenas que se pueden aprender de la empresa privada, de eso no me cabe ninguna duda, pero me temo que el aspecto de la relación "política" no es extrapolable, puesto que en una empresa coexisten grupos con un mismo fin, que es hacer dinero, y en el parlamento hay desde independentistas republicanos de izquierdas a monárquicos conservadores acérrimos.
Lo que me parece subyace en todo el tema es una pregunta más simple: ¿debe el poder judicial ser totalmente autónomo en su administración, en sentido amplio, gobernando su propia evolución a lo largo del tiempo?
Por un lado, el riesgo de endogamia es importante. Y ya sabemos qué ocurre cuando un órgano fundamental como es la justicia se "esclerotiza".
Por otro, mientras ejecutivo y legislativo sigan estando tan imbricados como bien describes, no sé qué sentido tiene aislar a uno de los poderes, posiblemente crearía una fuerte distorsión en el conjunto del sistema. O vamos a una mayor separación de poderes (de todos) mejor los dejamos en una razonable ensalada.
He dejado esta para el final, porque es la mas importante. ¿Debe el poder judicial ser totalmente autónomo en su administración, en sentido amplio, gobernando su propia evolución a lo largo del tiempo? Para nada. Pero una cosa es eso, y otra muy distinta es que se pertreche adecuadamente contra las presiones subterráneas externas. A mi entender el poder judicial debe ser autónomo sólo y hasta el límite máximo de que cualquier cosa que de él quieran los ciudadanos se le pueda pedir o exigir exclusivamente a través de la ley, expresión de la soberanía popular. Pero un poder judicial vulnerable a la presión del ejecutivo estatal o ejecutivos autonómicos lo va a tener muy dificil para desplegar su labor con corrección.
En mi opinión deberían reforzarse y facilitarse los mecanismos de relación del legislativo con el judicial (Me parece impresentable lo que ha hecho el Sr. Hernando plantando a las Cortes...si cree que alguna pregunta ataca a la independencia judicial que lo diga ante ellas y explique sus razones, pero no que les dé con la puerta en las narices), y sobre todo las garantías no de independencia del CGPJ, sino de auténtico consenso en su elección (Basta de reparto por cuotas y votar con un nudo en el estómago al candidato contrario a cambio de que voten al tuyo, que la ley se hizo con la idea de elegir gente tan imparcial que todos esten de acuerdo) pero hay que preservar a la vez la autonomía del judicial frente a presiones del ejecutivo. Ya bastante se excede éste gracias a la confusión con el legislativo, como para que encima le demos mas facilidades. Y por último, integrar en ese poder judicial autónomo -precisamente porque es autónomo para evitar presiones- a los integrantes del mismo, es decir, abrir el CGPJ a Secretarios, Funcionarios y Fiscal general del estado. No creo que un poder judicial sometido a la ley de manera eficaz y compuesto en su cúpula por representantes de tan diferentes colectivos representados adecuadamente y elegidos por las cortes mediante consenso REAL se pudiera enquistar en absoluto.
Saludos
Publicado: Vie 24 Mar 2006 4:38 pm
por k
En ese escenario de Secretarios Judiciales, Jueces, Fiscales y resto de Funcionarios integrados en el CGPJ, os pregunto :
1) ¿La relación entre Juez y Secretario Judicial sería jerárquica?
2) ¿Se cuestionaría entonces la pertenencia de los Secretarios Judiciales al Grupo A de Funcionarios?
3) ¿Seríais partidarios de, ante las dificultades en la gestión de la Administración de la Administración de Justicia,y atendiendo a la referencia al 'modelo' de la empresa privada como paradigma de gestión eficaz,de privatizar dicha administración, al modo en que, por ejemplo, Banesto lleva la cuenta?
NOTA.- Tengo una opinión clara, en sentido negativo, a estas cuestiones. Os hago estas preguntas porque de la lectura de algunas argumentaciones parecen deducirse argumentos que alimentarían dudas al respecto. A pesar de ello, da gusto leeros, y participar en un debate civilizado.
Publicado: Vie 24 Mar 2006 7:00 pm
por Invitado
Magistrado Granollers escribió:Quizá deberíamos echar un vistazo al funcionamiento de la empresa privada. Como sistema no sufre de estos problemas y sus necesidades conceptuales son similares: eficacia en la gestión, vocación de perdurar, consistencia en la actuación a lo largo del tiempo, etc..
Las empresas tienen un ejecutivo (la dirección), un "legislativo" que marca tendencias (el consejo de administración) y también órganos y mecanismos de seguimiento y control (auditorías internas/externas, calidad, etc...), gestionados por la dirección pero que reportan al consejo. Normalmente conviven en razonable armonía, y el resultado suele ser eficaz.
Hay muchas cosas buenas que se pueden aprender de la empresa privada, de eso no me cabe ninguna duda, pero me temo que el aspecto de la relación "política" no es extrapolable, puesto que en una empresa coexisten grupos con un mismo fin, que es hacer dinero, y en el parlamento hay desde independentistas republicanos de izquierdas a monárquicos conservadores acérrimos.
No proponía un clonaje de su funcionamiento, los objetivos son (deberían ser) netamente distintos: las empresas pretenden hacer dinero y la justicia debe pretender garantizar la seguridad e igualdad en la sociedad, el estado de derecho y el imperio de la ley.
En las empresas también hay política, y mucha. Además de los intereses y ambiciones particulares, existen grupos de presión cuyo objetivo es el poder, igual que en la escenificación de la democracia que vivimos. La diferencia quizá esté en que las luchas entre grupos en el seno de una empresa jamás se trasladan a la calle: se cargarían la empresa. Esa lucha es más... constructiva, está basada más en demostrar que se pueden hacer otras cosas o las mismas de mejor manera. No en poner palos en las ruedas y en demostrar que el adversario lo hace todo mal.
Estableciendo un paralelismo con la justicia, publicar morbosamente las luchas, utilizando (y siendo utilizados por) los medios, no constituye necesariamente una garantía de transparencia, sino que a menudo lo único que logra es minar la confianza pública e impedir la tranquilidad suficiente para abordar y resolver los problemas de calado.
Visto más claramente a qué te referías con un CGPJ... estoy de acuerdo.
k escribió:3) ¿Seríais partidarios de, ante las dificultades en la gestión de la Administración de la Administración de Justicia,y atendiendo a la referencia al 'modelo' de la empresa privada como paradigma de gestión eficaz,de privatizar dicha administración, al modo en que, por ejemplo, Banesto lleva la cuenta?
En mi opinión, no. Pero es evidente que algo hay que hacer porque su eficacia y, sobre todo, su eficiencia alcanza niveles de escándalo. Por más que nos quejemos de falta de recursos materiales y de falta de condiciones laborales (que es cierto), no creo que los costes y plazos en la resolución de asuntos que arroja el sistema resistan el menor análisis sin causar sonrojo.
k escribió:1) ¿La relación entre Juez y Secretario Judicial sería jerárquica?
Es que, en tal caso, posiblemente el papel del Secretario cambiaría mucho. No me atrevo a decir cómo ni hacia dónde, pero diez años de un CGPJ como apunta Magistrado le darían tal tiento a la administración de la administración de justicia que no la iba a conocer ni la madre que la parió. Dotaciones de fondos aparte, claro.
k escribió:2) ¿Se cuestionaría entonces la pertenencia de los Secretarios Judiciales al Grupo A de Funcionarios?
Idem.
Un saludo.
Publicado: Vie 24 Mar 2006 7:03 pm
por Invitado
Perdón, el anterior era yo, el mismo que respondió anteriormente a Magistrado.
Publicado: Sab 25 Mar 2006 7:52 pm
por Invitado
A propósito de la metafísica politico-judicial (ojo, no de política judicial) que se desprende la intervención del Magistrado Granollers me gustaría saber si, además del control del legislativo al judicial a través de la elaboración de las leyes o modificación de las existentes en función de la ideología de la mayoría parlamentaria o del Gobierno -que en nuestro caso viene a ser igual- cabría también un control político del órgano político de gobierno de los jueces, debiendo el Presidente o los Consejeros del CGPJ, ir al Parlamento a dar cuenta de la actuación política de los mismos.
Queda claro, me imagino, que no me refiero a la actividad jurisdiccional de los jueces.
En su contestación al lo mejor le echa una mano a los estudiosos que seguro estarán elaborando la respuesta que el Presidente del CGPJ tendrá que dar al Presidente de las Cortes en relación a su tercera convocatoria de comparecencia.
Publicado: Sab 25 Mar 2006 8:18 pm
por Invitado
Dice el refrán. "Quien paga, manda".
Que yo sepa, las nóminas de los Magistrados y Jueces vienen del Ministerio de Justicia, no del CGPJ.
Hasta que no consigan la independencia económica para administrar los dineros que se pagan a los jueces, lo que es distinto del Presupuesto que ahora maneja el CGPJ, no se puede decir que hay un poder judicial independiente, ya que para cobro de su nómina los jueces dependen, como todos los FUNCIONARIOS, del Ministerio de Economía y Hacienda -ejecutivo- que es el que maneja el Presupuesto anual que es aprobado por el legislativo.
No sé, si acaso, en la discusión del Presupuesto en las Cortes tienen la cortesía de oir al CGPJ sobre la cuestión.
Pueden establecer criterios de reparto..etc.., véase productividad (que por cierto, eso sí, en ejercicicio de la independencia judicial la Sala Tercera se acaba de cargar) pero para su efectividad tienen que someterse al perigrinaje ante el Ministerio de Hacienda...
Publicado: Sab 25 Mar 2006 10:02 pm
por k
Creo que el inciso "dotaciones de fondos aparte" da en la clave:
-La falta de dinero puede hacer fracasar cualquier modelo organizativo.
-La Administración de Justicia es una de las hermanas pobres del Estado (sin ir más lejos, compárese con la Tributaria).
¿Estaremos condenados?
Publicado: Jue 30 Mar 2006 1:35 pm
por Magistrado Granollers
En ese escenario de Secretarios Judiciales, Jueces, Fiscales y resto de Funcionarios integrados en el CGPJ, os pregunto :
1) ¿La relación entre Juez y Secretario Judicial sería jerárquica?
2) ¿Se cuestionaría entonces la pertenencia de los Secretarios Judiciales al Grupo A de Funcionarios?
3) ¿Seríais partidarios de, ante las dificultades en la gestión de la Administración de la Administración de Justicia,y atendiendo a la referencia al 'modelo' de la empresa privada como paradigma de gestión eficaz,de privatizar dicha administración, al modo en que, por ejemplo, Banesto lleva la cuenta?
A la 1): No tiene por qué, creo que es mejor y sobre todo mas eficaz distribuirla por competencias.
A la 2) En base a la respuesta anterior, creo justificado que un Secretario que se reparte competencialmente el proceso y la dirección de la oficina con el juez debe ser igualmente un profesional de calidad contrastada y grupo A.
A la 3) No en general. Sí en aspectos puntuales.
me gustaría saber si, además del control del legislativo al judicial a través de la elaboración de las leyes o modificación de las existentes en función de la ideología de la mayoría parlamentaria o del Gobierno -que en nuestro caso viene a ser igual- cabría también un control político del órgano político de gobierno de los jueces, debiendo el Presidente o los Consejeros del CGPJ, ir al Parlamento a dar cuenta de la actuación política de los mismos.
Ya he comentado eso antes, creo que sí debe acudir a responder de la gestión del CGPJ en general, aunque desde luego no debe contestar a las preguntas que tengan que ver con la aplicación jurisdiccional del derecho (Sentencias y demás resoluciones, asi como justificación jurídica de los criterios empleados), principalmente porque los jueces que establecen esos criterios y dictan esas resoluciones no dependen jerárquicamente del presidente del CGPJ al elaborarlos. Asi que nada puede hacer por cambiarlos o justificarlos, ni dependen de él, ni por eso se pueden controlar política, legal o judicialmente a través suyo. Vamos, es como si preguntan en el congreso al presidente del gobierno por qué en la frutería de la esquina han dejado de vender Kiwis y ahora venden Mangos.
Hasta que no consigan la independencia económica para administrar los dineros que se pagan a los jueces, lo que es distinto del Presupuesto que ahora maneja el CGPJ, no se puede decir que hay un poder judicial independiente, ya que para cobro de su nómina los jueces dependen, como todos los FUNCIONARIOS, del Ministerio de Economía y Hacienda -ejecutivo- que es el que maneja el Presupuesto anual que es aprobado por el legislativo.
Totalmente de acuerdo. Por eso creo que es preciso que exista independencia económica plena, como la tiene el TC, el CGPJ respecto al personal a su servicio (No los jueces ni funcionarios), la Casa Real, o las mismas Cortes Generales (Y por supuesto el Gobierno, al que las Cortes le aprueban el presupuesto, pero que lo gasta él después). Por eso, también totalmente de acuerdo con el último mensaje de "k".