Aquí una pregunta tonta de un LAJ de un mixto a puntito de empezar con la Justicia Digital. Esta pregunta iba dirigida a los informáticos que nos dan la formación:
-En una información de derechos y declaración al investigado o en un poder apud acta el Juez y LAJ en lo primero y el LAJ en lo segundo tienen que firmar digitalmente, pero el investigado y el poder dante y Procurador en papel. ¿Cómo lo hacemos?
-Buenoooo...no está previsto aún y como el manual de aplicación tampoco va a estar para cuando empecemos (pasado mañana como quien dice y aún no está hecho ni llegarán a tiempo) no se sabe qué solución se adoptará. Pero imagino que ese documento habrá que escanearlo para que lo firmen digitalmente Juez y LAJ.
-Ya, pero eso es doble trabajo.
-Sí.
_Vale, muy bien. Otra preguntita. El documento con las firmas manuscritas es un original, pero en los autos estará escaneado. Pero ¿qué hacemos con el original?
-Bueno, habrá que abrir una carpetilla con cada procedimiento e ir metiendo allí lo que aún irá en papel o lo que tiene que ser escaneado pero conservando el original en algún sitio: oficios, acuses de recibo, poderes, escrituras, declaraciones firmadas, comparecencias varias, entregas de mandamientos de devolución...
-¿Y dónde está el papel cero y dónde está el ahorro de trabajo si seguirá habiendo papel y ahora hay doble trabajo por la necesidad de escanear muchas cosas?
-Bueno, a ver, es que no estamos hablando de papel cero, sino de reducción de papel. En cuanto a lo del doble trabajo, pues es cierto. Esto de momento necesita un rodaje y el trabajo se va a triplicar en algunos casos, pero es como lo ha determinado el Ministerio y se va a hacer así sí o sí.
-Ya ¿ se lo dices tú a los funcionarios o se lo tengo que decir yo?
Sin comentarios. Yo ya sólo pido que después de la parada técnica para instalar portafirmas, visor HORUS y actualización Minerva lleguemos al Juzgado, encendamos los ordenadores y funcionen!
