Publicado: Vie 16 Jul 2004 1:21 am
Pienso que las cosas han cambiado y mucho. De momento en cuestiones de reparto hay que recurrir la decisión del Secretario, antes no tenía ni decisión, simplemente obedecía; que el Decano le retire la razón al Secretario no es distinto a cuando una Audiencia quita la razón al Juez ¿ seguirá siendo importante la sentencia de la primera instancia ? De hecho el Decano no puede resolver nada si no ha decidido antes el Secretario y no hay recurso, vamos que de oficio no puede intervenir. En el caso que cuentas pienso que hay acomodación forzada por las circunstancias y la todavía juventud de la Ley. Eso cambiará.
En los juzgados los jueces no mandan tanto como antes. De momento en los señalamientos se tienen que acoplar a las posibilidades reales de que haya Secretario, porque no pueden poner a cualquiera en su lugar, y su capacidad intimidatoria hacia el Secretario ha disminuido desde el mismo momento que la Sala ya no tiene poder disciplinario sobre nosotros, eso no se puede perder de vista. El problema es que estamos trabajando con una ley nueva pero con una mentalidad antigua. El factor tiempo es fundamental en todo esto, de ahí la importancia de colaborar en todo lo posible en el desarrollo de la ley sin fisuras entre nosotros. Por otra parte, si las cosas ocurren como deben, los juzgados perderán paulatinamente su importancia en favor de las nuevas unidades previstas. Y con esa progresiva pérdida de funciones de los juzgados menor importancia de la figura del juez y mayor relevancia de la figura administrativa del Secretario
En los juzgados los jueces no mandan tanto como antes. De momento en los señalamientos se tienen que acoplar a las posibilidades reales de que haya Secretario, porque no pueden poner a cualquiera en su lugar, y su capacidad intimidatoria hacia el Secretario ha disminuido desde el mismo momento que la Sala ya no tiene poder disciplinario sobre nosotros, eso no se puede perder de vista. El problema es que estamos trabajando con una ley nueva pero con una mentalidad antigua. El factor tiempo es fundamental en todo esto, de ahí la importancia de colaborar en todo lo posible en el desarrollo de la ley sin fisuras entre nosotros. Por otra parte, si las cosas ocurren como deben, los juzgados perderán paulatinamente su importancia en favor de las nuevas unidades previstas. Y con esa progresiva pérdida de funciones de los juzgados menor importancia de la figura del juez y mayor relevancia de la figura administrativa del Secretario