Publicado: Jue 13 Nov 2008 11:13 pm
Desde mi experiencia, hay de todo como en botica: conozco seis juzgados de primera instancia y unos cuantos más de lo social.Pues eso de que señalan los funcionarios o el secre.....habrá casos pero en la mayoría de juzgados que he conocido, la agenda en la mesa de su reverendísima y que nadie se la tocara, todos y cada uno se os señalban ellos....y tal día no señalo que no me apetece ir a trabajar ese día, o me voy a la pelu, o al ginecólogo
En social señala el secretario siguiendo el criterio del juez y teniendo en cuenta cuándo va a dignarse en aparecer el abogado del Estado o el de la Seguridad Social.
En primera instancia, en los seis, el juez decía qué había que señalar a primera o segunda hora y el tiempo genérico para cada tipo de asunto y directamente los funcionarios a señalar en la agenda. En mi caso concreto en un determinado juzgado, la primera hora estaba para juicios verbales cada diez minutos (desahucios cada 5 minutos). La segunda hora señalar tres audiencias previas cada 15 minutos. Los juicios en el caso de ordinarios era lo único que señalaba el juez (básicamente porque lo hacía en la A. Prev.).
Por lo tanto, mucha relevancia no tiene la tarea de señalar. Otra cosa es que al Ministerio le interese controlarla para asfixiar a los jueces.
Pero en realidad, qué es lo que hay que hacer en ejecución. Resolver, resolver, no se resuelve nada. En el caso de una oposición a la ejecución en título judicial, el meollo está resuelto y las oposiciones sólo pueden ser resueltas por el juez, porque el que tiene que velar porque se ejecute lo juzgado tendrá que ser el que diga, en caso de conflicto si se está cumpliendo lo juzgado. Que resuelva otro, no parece muy constitucional. Pero esto que sería lo más interesante y parece problemático topa luego con la realidad de la práctica: hay poquísimas oposiciones a la ejecución. Por lo tanto, lo que queda es el resto de trámites de una ejecución: embargos, medidas de garantía y realización de bienes. La verdad es que chicha jurídica no hay ninguna. Para el que quiera chicha, claro. Habrá quien no quiera nada de complicaciones ni de resolver.neguemos la mayor.: la ejecución no es terreno vedado constitucionalmente solo para los jueces, si no más bien al contrario...