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Publicado: Dom 03 Oct 2004 9:31 pm
por Paco Cabo
A lo mejor Ricardo no habla por boca de otros y resulta que es una destacada voz del Colegio.
Es como un niño, ¡todavía le tiene miedo al coco!
Publicado: Dom 03 Oct 2004 11:18 pm
por Carlos Valiña
Creeme Paco, que conozco bien el paño.
Si miras atras y comparas el mensaje de quien dijo ser "Lorena" y los mensajes de Ricardo veras que hay una diferencia importante entre ambos en beneficio de Ricardo y justo es reconocerselo.
Una diferencia de igual calibre es la que tendria que existir entre los mensajes de un colegiado de a pie y una "voz destacada" del Colegio.
Ademas mira una cosa, el que esta seguro de lo que hace, sabe que lo hace bien y que hace todo lo que esta en su mano, y con el unico norte de servir al colectivo no tiene miedo de que surja ninguna otra organizacion que le pueda hacer sombra. Si trabaja en esa misma sintonia ambas organizaciones podran actuar unidas y si se rige por otros principios, la nueva organizacion se hundira poco hasta desaparecer.
Si hay miedo, solo puede ser a que la gente no este dispuesta a seguir impasible, y miedo a tener que adaptarse y luchar al maximo por el cuerpo o desaparecer.
Ese, mientras no hagais las cosas mal, no sera vuestro problema.
Saludos.
Publicado: Dom 24 Oct 2004 9:42 pm
por Paco Cabo
El pasado día 20 de octubre se celebró la asamblea constituyente del SINDICATO DE SECRETARIOS JUDICIALES, en la que se aprobaron los estatutos del mismo y se nombró una comisión gestora compuesta por tres compañeros. La única misión de dicha comisión gestora es la de efectuar los trámites necesarios para el depósito de los estatutos en el Ministerio de Trabajo, y una vez se adquiera personalidad jurídica convocar un Congreso en el que se elegirá la primera Comisión Ejecutiva, se marcará la linea de actuación del Sindicato y si se cree conveniente se modificarán los estatutos confeccionados por la Asamblea Constituyente.
Por ello, los estatutos que hemos aprobado se han limitado a recoger las cuestiones esenciales que marca la ley para poder constituirse como sindicato. Siguiendo la sugerencia de Carlos, os transcribo dichos estatutos:
ESTATUTOS DEL SINDICATO DE SECRETARIOS JUDICIALES
Artículo1.- DENOMINACIÓN
Al amparo de la Ley Orgánica 11/85 de 2 de agosto, reguladora del derecho de Libertad Sindical, se constituye la Organización Sindical denominada: Sindicato de Secretarios Judiciales.
Artículo 2.- PERSONALIDAD JURÍDICA
Esta organización gozará de personalidad jurídica y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines.
Artículo 3.- ÁMBITO TERRITORIAL
El ámbito territorial de esta organización se extiende a todo el Estado Español.
Artículo 4.- ÁMBITO PERSONAL
Esta organización está integrada por funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Secretarios Judiciales regulado en la Ley Orgánica del Poder Judicial, cualquiera que sea su situación administrativa.
También podrán afiliarse, aquellas personas que desempeñen temporalmente el cargo sin pertenecer al mencionado cuerpo.
Artículo 5.- DOMICILIO
Se fija el domicilio del sindicato en Avd. del Saler nº 14 de Valencia .
Artículo 6.- ÁMBITO TEMPORAL
Este Sindicato se constituye por tiempo indefinido.
Artículo 7.- FINES
Constituyen los fines de este Sindicato:
a) El Sindicato tiene por objeto la defensa de los derechos de los Secretarios Judiciales y la reivindicación de constantes mejoras en las condiciones de trabajo de los mismos, mediante la participación en todos aquellos ámbitos de negociación en los que se traten aspectos que incidan en su profesión.
b) Constituye igualmente un objetivo fundamental del Sindicato, el contribuir a la mejora de la Administración de Justicia como servicio público básico de un estado social y democrático de derecho, para lo cual intervendrá en todos aquellos foros públicos y privados que tengan relación con dicho objetivo.
Artículo 8.- AFILIADOS
Podrán estar afiliados al Sindicato, todos los Secretarios Judiciales cualquiera que sea la situación administrativa en que se encuentre, así como aquellas personas que estén desempeñando temporalmente la función de Secretario Judicial.
La condición de afiliado se adquirirá por manifestación expresa del nuevo afiliado, mediante la firma de la ficha de afiliación que a tal efecto estará a disposición de los interesados en la sede del Sindicato.
La condición de afiliado se perderá por decisión voluntaria del interesado puesta en conocimiento de la Comisión Ejecutiva o cuando se pierda la condición de Secretario Judicial.
Artículo 9.- DERECHOS Y DEBERES DE LOS AFILIADOS
Derechos:
a) Elegir y ser elegidos como miembros de los órganos de representación y dirección del Sindicato.
b) Participar en la elaboración de los programas y planes que lleve a cabo el Sindicato, de acuerdo con las normas estatutarias vigentes.
c) Asistir e intervenir, sin derecho a voto, en cualquier órgano del Sindicato cuando no perteneciera a él.
d) Estar informado puntual y verazmente de cuantas gestiones y decisiones se lleven a cabo por los órganos del Sindicato.
e) Expresar libremente sus opiniones en materia y asuntos propios de la Organización, así como formular propuestas y peticiones a sus representantes, de acuerdo con las normas legales y estatutarias vigentes.
f) Tener información veraz de la situación económica del sindicato. A tal fin la Comisión Ejecutiva saliente deberá presentar un informe de dicha situación al celebrarse el Congreso en el que expire su mandato.
Obligaciones:
a) Cumplir los estatutos del Sindicato y los acuerdos válidamente adoptados por sus órganos de gobierno, dentro de sus respectivas competencias.
b) Respetar las decisiones democráticamente adoptadas en cada uno de los órganos del Sindicato.
c) Estar al corriente en el pago de las cuotas que se establezcan.
Artículo 10.- ÓRGANOS DEL SINDICATO
Los órganos del Sindicato son el Congreso y la Comisión Ejecutiva.
Artículo 11.- EL CONGRESO
El Congreso es el máximo órgano del Sindicato y estará integrado por todos los afiliados al mismo. Sus acuerdos, que se adoptarán por mayoría de los asistentes, serán de obligado cumplimiento para la Comisión Ejecutiva y el conjunto de afiliados.
El Congreso podrá ser ordinario o extraordinario. El ordinario se reunirá una vez al año. El extraordinario se celebrará cuando lo convoque la Comisión Ejecutiva por iniciativa propia o a petición de un tercio de los afiliados.
Son funciones y competencias del Congreso :
- Aprobar o reformar los Estatutos del Sindicato.
- Aprobar los ejes fundamentales de Acción Sindical.
- Aprobar los criterios de funcionamiento económico y supervisar el control financiero.
- Acordar la adhesión a Federaciones o Confederaciones que se estimen pertinentes, o la participación del Sindicato en la creación de las mismas, así como la fusión con otras entidades, en Congreso Extraordinario convocado a tal efecto.
- Elegir a las personas componentes de la Comisión Ejecutiva.
- Evaluar la gestión de los distintos órganos del Sindicato.
Artículo 12.- LA COMISIÓN EJECUTIVA
La Comisión Ejecutiva es el órgano permanente de coordinación, representación, administración y gestión del Sindicato y actuará de forma colegiada.
Se reunirá ordinariamente al menos una vez al mes y sus decisiones se tomarán por mayoría.
Sus miembros, en número no menor a cinco, serán elegidos por sufragio libre y secreto en el Congreso, mediante el sistema de listas abiertas, resultando elegidos aquellos miembros que más votos obtengan. El mandato de la Comisión Ejecutiva será por un año. Asimismo el Congreso elegirá cual de dichos miembros ostentará la condición de Portavoz de la Comisión Ejecutiva, Secretario y Tesorero.
Son funciones y competencias de la Comisión Ejecutiva :
- Ejecutar los acuerdos de los Congresos.
- Representar al Sindicato en todos los ámbitos.
- Gestionar los bienes y recursos del Sindicato.
- Convocar los Congresos cuando proceda y elaborar el orden del día de los mismos.
Artículo 13.- REGIMEN ECONOMICO
Las actividades del sindicato se financiarán con las cuotas de los afiliados y las subvenciones que legalmente se puedan obtener.
La cuota de afiliación será de 5 euros mensuales y se actualizará anualmente a partir del año 2006, en la misma proporción en que se incremente el salario de los Secretarios Judiciales.
Artículo 14.- REGIMEN DE FUSION Y DISOLUCION DEL SINDICATO
El Sindicato podrá fusionarse con otras organizaciones sindicales, cuando así se acuerde en un Congreso Extraordinario convocado al efecto, por las 2/3 parte de los asistentes a dicho Congreso.
El Sindicato quedará disuelto cuando así se acuerde en un Congreso Extraordinario convocado al efecto por el setenta y cinco por ciento de los asistentes a dicho Congreso.
Disposición Transitoria
Estos Estatutos podrán ser modificados por mayoría simple de los miembros que asistan al primer Congreso que se celebre después de aprobados los mismos, y una vez haya adquirido personalidad jurídica el Sindicato, convocado por la Comisión Gestora que se nombre en el Acta Fundacional. En los siguientes Congresos el proceso se hará conforme a lo establecido en estos Estatutos
Carlos, como podrás comprobar, la cuota sindical está lejísimos de los 60 € que proponías. Yo propuse que fuesen 10 € mensuales y no lo conseguí. No obstante espero que con el tiempo aumentemos la misma. Por otro lado, y dado que te preocupaba la linea ideológica que apuntábamos en el manifiesto, comprobarás que en los estatutos no hemos hecho especial mención a los mismos, dado que creemos que la linea la debe marcar el primer Congreso que celebremos, aunque si que te puedo adelantar que todos los que llevamos adelante el proyecto nos identificamos plenamente con las ideas contenidas en dicho manfiesto.
Los compañeros que asistimos a la asamblea y por lo tanto los promotores del Sindicato somos 13 (alguno pensará que es mal número), aunque en realidad hay compañeros que no pudieron asistir ese día pero que están plenamente embarcados en el proyecto y otros que están esperando a que quede legalmente constituido para subirse al carro. La idea es empezar cuanto antes a emprender iniciativas e ir informando a los compañeros/as de las mismas, para que poco a poco se vayan "apuntando" .
Os seguiré informando
Publicación en el BOE del depósito de estatutos del SISEJ
Publicado: Lun 24 Ene 2005 9:47 pm
por Paco Cabo
En el
B.O.E. de hoy se publica la Resolución de la Dirección General de Trabajo por la que se anuncia el depósito de los Estatutos del Sindicato de Secretarios Judiciales (Depósito número 8330)
Una vez transcurran 20 días hábiles, el SISEJ adquirirá personalidad jurídica y capacidad de obrar.
Publicado: Lun 24 Ene 2005 11:09 pm
por Magistrado Granollers
Enhorabuena por el nacimiento de la nueva criatura!
Os deseo lo mejor en esta nueva etapa de la andadura, y seguiré con atención y gusto vuestro progreso.
Ánimo!

Publicado: Mar 25 Ene 2005 11:55 am
por vctrob
Me alegra enormemente que por fin el Sindicato vaya a entrar en funcionamiento efectivo, por lo cual felicito a Paco, como principal promotor de la idea, y a los demás compañeros de Valencia. Espero que el Ministerio de Justicia, en este momento tan crucial, os tenga en cuenta en las negociaciones pendientes dandoos tralado de los anteproyectos o proyectos en tramitación, y os convoque a las mesas de negociación. Creo que ahora, que el objeto de las asociaciones ha quedado prácticamente vacío, debéis llenar el hueco que dejen tirando del carro de los descontentos, los aburridos, y sobre todo de los que tienen ilusión en que algo cambie en esta luna del planeta judicial.
ÁNIMO.
Publicado: Mar 25 Ene 2005 12:45 pm
por PILAR Gª.- GALAN MOLINA
Enhorabuena a todos los promotores y, por lo que nos toca, a todos los que estamos a favor del Sindicato
Publicado: Mar 25 Ene 2005 10:18 pm
por Paco Cabo
Gracias por las felicitaciones, aunque en realidad nos debemos felicitar todos como bien dice Pilar, pues el debate y las opiniones que durante estos meses se han suscitado en este magnífico foro, también han contribuido a que el SISEJ ya sea una realidad (o casi).
De paso hago público, que más de un asiduo/a a este foro, con destino bastante alejado de Valencia, ya nos han mandado su ficha de afiliación. Esperamos que cuando empecemos a funcionar de verdad y la gente conozca cuales son nuestras inquietudes y sobretodo, la forma en que queremos llevar adelante las mismas, se siga apuntando gente.
Quisiera aprovechar la ocasión, para volver a incidir en el tema de la oportunidad de un sindicato de secretarios judiciales. Supongo que todos habréis leído el informe de la UPSJ sobre las "retribuciones variables para el Cuerpo de secretarios judiciales" que consta colgado en su web, y me gustaría llamar la atención sobre el siguiente párrafo de dicho informe:
"Con carácter previo a entrar en el fondo del objeto de este informe, no queremos dejar de poner de manifiesto nuestra más profunda decepción por el hecho de que perdure la previsión de negociación de las cuestiones que afectan a la Carrera del Secretariado Judicial en general, y las relativas a los conceptos y cuantías retributivas en este caso particular, con las organizaciones sindicales más representativas, o, en la dicción del documento trasladado, con las “centrales sindicales más representativas” . El derecho a la negociación reconocido a los funcionarios públicos no se ejercita exclusivamente a través de las mesas de negociación, y si los órganos legislativos han decidido libremente reconocer a todos los funcionarios el derecho a la negociación colectiva a través de la Ley 7/1990, tal derecho a la negociación queda integrado en el ámbito del derecho fundamental a la libertad sindical. La situación actual en la que únicamente se viene reconociendo el ejercicio de la negociación colectiva del Secretario Judicial a través de las mesas de negociación o a través de los sindicatos más representativos, implica una constante violación del derecho fundamental a la libertad sindical del Secretario Judicial. Si el art. 9.2 de la Constitución impone a los poderes públicos el deber de promover las condiciones y remover los obstáculos para que la igualdad del individuo y los grupos sean reales y efectivas, sólo cabe concluir que el ejecutivo está facultado (e incluso obligado) a proveer al Secretario Judicial, de un medio real y efectivo para acceder a la negociación colectiva en condiciones de igualdad con el resto de funcionarios públicos, medio que no es otro que reconocer la capacidad negociadora de las Asociaciones de Secretarios Judiciales."
¿No resulta paradójico y contradictorio? ¿No es más lógico que usemos los cauces legales y constitucionales para defender nuestros derechos? Yo creo que sólo por este motivo ya tendría sentido el SISEJ, pero también quiero dejar claro que yo sería el primero que nunca estaría afiliado a un sindicato cuyo único interés fuese el económico de sus afiliados o representados.
Saludos
Publicado: Mié 26 Ene 2005 2:13 am
por Carlos Valiña
Tras la derrota de la L.O.P.J. en efecto la formula del Colegio y la U.P.S.J, que ya eran recibidas en el MInisterio por pura beneficencia, han quedado completamente periclitadas. Se dejo perder la baza de un Colegio de Secretarios equivalente al Notarial y pasamos a la beneficencia.
Con la nueva ley, como ya se hablo en otro tema, la pelea sera intentar que no sean los Sindicatos de Funcionarios los que negocien por nosotros, no por que sean de Funcionarios, sino porque hasta ahora nunca han atendido en lo esencial nuestros intereses y nada hace presumir que vayan a cambiar de posicion.
Esa es una de las razones por las que he puesto que me produce sonrojo el tema que leo en el informe de la productividad de la UPSJ.
La constitucion del Sindicato es un hito importante y no solo lo es en si misma, sino lo es porque ha surgido de un movimiento de base, no de una escision de las organizaciones existentes o de una parte de Unidad de Accion. Tiene legitimidad de nacimiento ahora necesita tener legitimidad de accion.
He leido nuevamente dos veces los Estatutos, me parecen bien, sanos, y serenos. Echo de menos algunos temas menores como temas disciplinarios y demas aunque supongo que en una organizacion que nace con este talante no seran necesarios.
Quiza no me convence mucho el tema ese de los Congresos. Se podria haber estudiado una formula de ponencias sobre determinados temas y pasarlas a los afiliados y luego votaciones por correo, internet, etc. Dando una simple clave a cada afiliado, es posible votar facilmente.
Ya vimos como la UPSJ termino copiando el modelito de Congresos del Colegio y no seria bueno caer en la misma musica. Bueno esta un congreso constituyente y otros extraordinarios, pero yo huiria de los anuales como de la peste.
¿Cuando y donde celebrareis vuestro primer congreso?
Saludos y animo.
Publicado: Mié 26 Ene 2005 1:26 pm
por PILAR Gª.- GALAN MOLINA
¿ Se duda aún sobre la necesidad de un Sindicato que nos represente y acceda a las mesas de negociación por el Cuerpo de Secretarios Judiciales extrictamente?. Supongo no hay dudas.
Publicado: Mié 26 Ene 2005 10:23 pm
por Paco Cabo
El tema de los Congresos, por supuesto que no va a tener nada que ver con los que hacen el Colegio y la UPS, sino que van a estar dedicados exclusivamente al debate de las cuestiones que nos afectan, para establecer las directrices que deberán seguir los órganos de representación del Sindicato. Asimismo servirán para rendir cuentas (de gestión y económicas) por parte de los que hayan ostentado la representación durante el anterior periodo y elegir a los que van a ostentarla durante el siguiente. La periodicidad anual a mi me parece muy corta, pero fue la propuesta que salió adelante. En todo caso vaya por delante que ni contaremos con financiación privada para su celebración (bancos, editoriales, colegios profesionales, etc), ni organizaremos visitas turístico-culturales paralelas, sino que se dedicará todo el tiempo a debatir y conocernos.
La idea que apunta Carlos de establecer debate a traves de internet y correo electrónico, e incluso efectuar e-votaciones, también la tenemos en mente y va a ser uno de los ejes sobre los que vamos a intentar vertebrar la participación y la recepción de información.
De todas formas, y como ya comenté hace tiempo, en estos primeros estatutos se trataba de recoger lo básico para poder constituirnos y no marcar unas ideas muy ajustadas a lo que pensamos exclusivamente los promotores, sino que más adelante serían los afiliados los que pudiesen dar una orientación u otra a la forma de organizarse el SISEJ.
De momento hemos creado cuatro comisiones (programa, código deontológico, estatutos y organización del congreso) con tres o cuatro miembros cada una para ir elaborando unos documentos o ponencias-base sobre los que debatir en el Congreso. Conforme vayamos avanzando en esos documentos, nos los iremos pasando a traves de la lista de correos de afiliados para ir mejorándolos, y que cuando lleguen al Congreso ya se encuentren bastantes pulidos, centrándonos sólo en aquellos aspectos en los que haya mayor discrepencia.
Pensábamos celebrar el congreso en Valencia simplemente porque aquí estamos la práctica totalidad, porque aquí ha nacido al fín y al cabo y sobretodo porque nos resulta mucho más barato. Espero que en el siguiente congreso ya contemos con gente de otras partes del Estado que nos hagan plantearnos juntarnos en otro sitio.
Respecto a las fechas, la idea era celebrarlo en Marzo, aunque teniendo en cuenta que en Valencia a partir de la primera semana a la gente se le pone el cuerpo "fallero" y que nada más terminar las fallas viene la Semana Santa, igual nos tenemos que esperar al mes de Abril, aunque dada la situación en que nos encontramos (reglamento, IRPTs, productividad, sustituciones) nuestra idea es poder empezar a funcionar cuanto antes, por lo que si podemos hacerlo en Marzo mucho mejor.
Una vez elegida la primera comisión ejecutiva, tenemos intención de convocar reuniones informativas (y por supuesto de captación de afiliados) en las principales ciudades de España.
Saludos
Publicado: Mié 26 Ene 2005 10:31 pm
por Magistrado Granollers
Pensábamos celebrar el congreso en Valencia simplemente porque aquí estamos la práctica totalidad, porque aquí ha nacido al fín y al cabo y sobretodo porque nos resulta mucho más barato.
y porque es una ciudad preciosa y que merece la pena visitar, qué cojones!
Teneis previsto crear alguna página web, foros públicos, etc.?
Si es así, os visitaré de vez en cuando, si no os importa

Publicado: Mié 26 Ene 2005 11:13 pm
por Paco Cabo
Hola Magistrado.
Sí que tenemos web (somos modernos) e incluso foro público, y además estaremos encantados de que participes en el mismo, la dirección es la siguiente:
Sindicato Secretarios Judiciales
Saludos
Publicado: Jue 27 Ene 2005 4:20 pm
por Magistrado Granollers
Agregada a "Favoritos" en el explorer, Paco.
Un abrazo
Publicado: Vie 25 Mar 2005 10:26 pm
por Paco Cabo
Sigo con el compromiso adquirido en su día, y os informo de que en la WEB del SiSeJ hemos colgado el Programa y el Código de Conducta aprobados en el Iº Congreso, así como los nuevos estatutos (practicamente son los mismos que habían) y la composición de la primera Comisión Ejecutiva del Sindicato.
En cuanto pasen las vacaciones de Semana Santa, vamos a solicitar una entrevista con el Secretario de Estado o el Director General, para presentarnos y hacerles llegar nuestras reivindicaciones.
Si se me permite hacer un poco de proselitismo del sindicato, me gustaría aprovechar este foro para pedir a los compañeros que crean que la idea que llevamos adelante es buena, y que estén de acuerdo con el programa que hemos aprobado, que se animen a participar en el proyecto ya que si no lo intentamos nunca lo conseguerimos.
De momento ya somos más de 60 afiliados, y aunque la mayoría somos de la Comunidad Valenciana, también hay afiliados del País Vasco, Cataluña, Andalucía , Baleares y Canarias.
Saludos
Publicado: Sab 02 Abr 2005 7:44 pm
por Carlos Valiña
Paco, no acierto a encontrar la direccion web del Sindicato, a ver si la puedes poner aqui otra vez para ver como quedó el tema.
Saludos.
Publicado: Sab 02 Abr 2005 7:55 pm
por Paco Cabo
Aquí la tienes:
Sindicato de Secretarios Judiciales
Yo esperaba que ya la tuvieses en Favoritos.
De todas formas espero que dentro de poco podamos alojarnos en un servidor de pago y por lo tanto cambiaremos de dirección.
Espero ansioso tus valiosas opiniones sobre nuestro programa y código de conducta.
Saludos
Publicado: Sab 02 Abr 2005 8:09 pm
por Carlos Valiña
Pues efectivamente lo tenia en favoritos
pero no me acordaba y como revisando este tema no lo veia....
Le he echado un primer vistazo, tiene buena pinta, pero me llevan al Corte Ingles a desvalijarme...
vere de darle otra vuelta....
Saludos y gracias.
Publicado: Mié 13 Abr 2005 9:55 pm
por Invitado
tengo entendido que el nuevo sindicato de Secretarios admite como miembros a los de provisión temporal ¿es cierto? ¿hay afiliados de provisión temporal ya? ¿que mejoras se reivindican para estos?
Publicado: Jue 14 Abr 2005 7:37 pm
por Invitado
Efectivamente, el art. 8 de nuestros estatutos dice:
"Podrán estar afiliados al Sindicato, todos los Secretarios Judiciales cualquiera que sea la situación administrativa en que se encuentre, así como aquellas personas que estén desempeñando temporalmente la función de Secretario Judicial, o en expectativa de destino.
La idea es que nosostros lo que pretendemos reivindicar y defender básicamente es la FUNCIÓN del Secretario Judicial, como parte importantísima del servicio público de la Administración de Justicia, así como la mejora de las condiciones laborales de los mismos.
Sí que tenemos afiliados de provisión temporal y de hecho algunos de ellos ya asistieron al primer Congreso del SiseJ.
Respecto a cuestiones concretas que se reivindican para el colectivo, todavía no se nos ha planteado la necesidad de adoptar alguna postura oficial respecto a ningún tema en concreto, por lo que tampoco se ha hecho para este, pero la idea es formar grupos de trabajo sobre distintos temas y seguramente en alguno de ellos se debata el asunto.
Lo que si que te puedo asegurar, es que cualquier postura que se adopte en cualquier tema, se hará con la participación de TODOS los afiliados.
Saludos
Publicado: Jue 14 Abr 2005 7:39 pm
por Paco Cabo
El anterior invitado era yo.
Publicado: Jue 14 Dic 2006 4:22 pm
por ¿UBI SUNT?
up
Publicado: Mar 27 Mar 2007 7:14 pm
por ¿UBI SUNT?
UP
