Se me ha planteado la siguiente cuestión. Una ejecución en la que se embargo un inmueble y se anotó en el Registro de la Propiedad. Una vez satisfecho el principal, intereses y costas entregué al ejecutado los mandamientos de cancelación para que los presenteara en el Registro de la Propiedad, ya que el ejecutado no gozaba del beneficio de justicia gratuita.
Un año despues aparece un tercero que me dice que en una subasta de la Agencia Tributaria adquirío el bien y que puesto que en el Registro sigue anotado mi embargo que le entregue mandamiento para su cancelación
Mi pregunta es, ¿le entregarías a un tercero un mandamiento por duplicado para que se cancele la anotación del embargo que el ejecutado obviamente no hizo?. No veo claro entregar a un tercero que no es nadie en mi ejecución una mandamiento con datos de las parte de la ejecución?
Cancelación de carga registral
Moderadores: Top Secre, Terminatrix
Re: cancelacion de carga registral
Entiendo que el tercero tendrá el documento administrativo de adjudicación del bien.
a nosotros nos paso pero con vehículos dos veces, una nos adjunto el documento y le reexpedimos los mandamientos de cancelación para que lo cancelara a su costa. En el otro caso, al decirle que tendría que pagar la cancelación, comento que su "asesor" le habia recomendado que si tenia que pagar, que mejor se esperara a que caducara la anotación de embargo por no renovación que estaba próxima.
a nosotros nos paso pero con vehículos dos veces, una nos adjunto el documento y le reexpedimos los mandamientos de cancelación para que lo cancelara a su costa. En el otro caso, al decirle que tendría que pagar la cancelación, comento que su "asesor" le habia recomendado que si tenia que pagar, que mejor se esperara a que caducara la anotación de embargo por no renovación que estaba próxima.